jueves, 30 de septiembre de 2010

De lobos y caperucitas

POR: ROLANDO BREÑA PANTOJA

Aconsejaron a Lourdes, probablemente asesores al borde del colapso nervioso, mostrar fuerza y firmeza en la actitud y en el lenguaje para recuperar terreno. Sin embargo, la estrategia derivó en autoritarismo, intolerancia, adjetivación excesiva, exasperante e inútil.

Podría, con ligereza, opinarse que Lourdes fue la ganadora, si se toma en cuenta tan sólo el verbo beligerante a raudales, la teatralidad gestual, las frases picantes y provocadoras, los desplantes, las miradas desafiantes y casi de furia.

Lourdes no fue a una confrontación de programas, planes o proyectos. Fue para aniquilar a la oponente. Aplicó la estrategia de tierra arrasada de los manuales de guerra no convencional de la potencia EE.UU. y sus servicios secretos.

Fue una polémica entre su desesperación versus la tranquilidad de Susana. Su ofuscación versus la serenidad. Su cercanía segura a la derrota versus la cercanía cierta a la victoria de Susana.

Fue un debate entre el llamado a la concertación frente a la exacerbación del odio, del divisionismo, de las exclusiones de Lourdes.

Lourdes confundió el escenario de un debate municipal con la tribuna de un mitin de plazuela. Con estentórea voz, demostró ser una brillante agitadora, estilista extrema de la provocación y el cuestionamiento agudos. Lamentablemente, esas virtudes no son suficientes ni necesarias para gobernar Lima. Estuvo muy bien para perder, no para ganar.

Confundió la candidatura edil con una presidencial. Despotricó de presuntas políticas estatistas y socialistas, cuando la municipalidad no tiene atribuciones para tales cosas. Peroró con exaltación sobre política internacional, como si quisiera llegar a la Cancillería, no a la alcaldía.

Predicó con vehemencia contra la violencia, y fue su discurso violento y destructivo.

Su seguridad de ganar se vio forzada, postiza, ilusoria, carcomida por las termitas de una derrota anticipada.

En fin, no cabe duda de que Lourdes Flores es la mejor figura de la derecha. Tiene cualidades y calidades. Pero este proceso municipal no fue su escenario. No debió incursionar en él. No debió hacer caso a los sopladores de oídos que la lanzaron al ruedo a pesar de sus reticencias. ¿De veras la querían de alcaldesa o deseaban apartarla de otros destinos? Quién sabe.

miércoles, 29 de septiembre de 2010

Más que guerra sucia

Por Augusto Álvarez Rodrich
alvarezrodrich@larepublica.com.pe

Degradación de fondo y forma en la política peruana.

La política peruana nunca ha sido un lecho de rosas, pero una constatación lamentable que nos deja esta campaña electoral es un deterioro aun mayor, en forma y fondo, que constituye una advertencia de que la próxima competencia presidencial será el despiporre.

Por el lado de la forma, se ha extendido peligrosamente la convicción de que la mentira constituye un instrumento válido al que se puede recurrir para superar cualquier adversidad política o ante el miedo por el triunfo –democrático– de quien se discrepa o se considera ‘perjudicial’ para el país.

Hoy proliferan en la política peruana los ‘iluminados’ que sienten que tiene el derecho divino de acribillar a todo aquel que interfiera con sus creencias y visión del futuro.

En el periodismo, esto implica creer que ‘la verdad nunca debe interferir con un buen titular’ con tal de avanzar posiciones políticas, derrotar al ‘enemigo’ o respaldar al ‘amigo’.

En los políticos, esto significa traspasar –sin ruborizarse– cualquier barrera ética. Por ejemplo, la generación de corrientes de opinión para afianzar la idea de que la llegada de Susana Villarán a la alcaldía de Lima significará el colapso económico.

Al respecto, es increíble que incluso varias personas que hasta no hace mucho eran severos críticos del periodismo por traer esas ‘malas noticias’ que perjudican, en su opinión, la perspectiva futura, hoy no tengan el menor reparo en actuar como agoreros del desastre y en estar dispuestos a petardear la estabilidad económica con tal de derrotar al adversario.

Son, además, los que no se hacen ningún problema con que llegue un corrupto comprobado al poder, pero se suben en una silla a gritar hasta de un izquierdista liberal.

Todo eso en cuanto a la forma. Sobre el fondo, otra constatación lamentable de esta campaña electoral es el retroceso en el espectro democrático de la derecha liberal, varios de cuyos integrantes no han tenido ningún reparo en descender a un macartismo impresionante que, por momentos, prácticamente los inscribe en el selecto club de políticos al que pertenecen Rafael Rey o el vicepresidente Luis Giampietri o, también, dentro de los preferidos por el cardenal Juan Luis Cipriani.

Hasta alguien con sólidas credenciales democráticas y estilo tolerante como Lourdes Flores también se ha deslizado, por momentos, por ese sector debido a las angustias propias de una campaña electoral que se le ha complicado.

A estas cosas le llaman ‘guerra sucia’ pero, en realidad ,es bastante más que eso. Es un problema de forma y de fondo que, con frecuencia, se mezclan, confunden y retroalimentan, degradando de ese modo, aún más, la muy precaria política peruana.

Yunus: Hay dos tipos de negocios


Por Humberto Campodónico

En el marco teórico de los economistas, negocio significa hacer dinero y no existe ningún otro tipo de negocio. Sin embargo, si vemos a los seres humanos, ellos no son máquinas productoras de dinero, a pesar de que la teoría económica tradicional así los ve. Esa es una muy mala interpretación. En primer lugar, los hombres no son seres de una dimensión. Al contrario, son seres de múltiples dimensiones. El deseo de producir dinero es sólo una, por lo que hay muchas otras que quedan fuera de la estructura económica.

Por eso, es posible pensar en el interés del hombre para su propio beneficio pero, a la vez, en el interés por crear un negocio para ayudar a otros, para cambiar la vida de las personas. Ambos se pueden llevar a cabo: el negocio egoísta, para ganar dinero para sí mismo y el negocio desinteresado, para cambiar el mundo al mismo tiempo.

Los párrafos que anteceden son de Muhamnmad Yunus, el creador del Banco Grameen en Bangladesh, el más exitoso banco en las microfinanzas. En 1976 comenzó el banco y en 1983 se promulgó una ley especial para su desarrollo. En adelante su crecimiento ha sido vertiginoso y, en el 2007, desembolsó US$ 731 millones, tiene 7.4 millones de clientes y más de 25,000 empleados.
Yunus presta a los pobres sin que tengan el título de propiedad porque cree en ellos y, por eso, a diferencia de Soto, dicho título no es lo más importante. Tenerlo ayuda, ciertamente, pero lo principal es que el Grameen Bank cree en los “negocios sociales”.

La creación de redes de personas pobres permite la regeneración de créditos, lo que es una forma de utilizar las redes sociales (ahora se les llama “capital social”). Se crean grupos moralmente solidarios, ya que se guarda la ganancia para que otros puedan recibir el crédito. Es, además, una forma de “crecimiento propobre”, ya que crecen más los que menos tienen, con la propia inversión de los pobres y se van acortando las brechas en la distribución del ingreso.

No sucede lo mismo con el concepto del crecimiento “en general”, porque se basa en el crecimiento promedio de toda la población, lo que, en países como los nuestros, esconde las profundas desigualdades en la distribución del ingreso.

Yunus afirma que las mujeres administran mejor los recursos escasos, pues quieren la seguridad a largo plazo para que sus hijos crezcan y estudien. Pero en Bangladesh ni el 1% de las mujeres era sujetos de crédito. Por eso propuso la meta del 50%, la que quedó corta. Hoy las mujeres reciben más del 97% de los créditos del Grameen Bank y los morosos solo llegan al 3%, una de las tasas más bajas en el mundo.

En el Perú el desarrollo de las microfinanzas también ha sido notable, aunque bajo otros conceptos. Recordemos que éramos uno de los países con mayor desarrollo de las mutuales y cooperativas, las que fueron seriamente golpeadas por la hiperinflación de fines de los 80 y completamente abolidas en 1991. Un grave error.

A pesar del crecimiento de las microfinanzas peruanas, las tasas de interés siguen siendo demasiado altas (40% anual) y los grandes bancos están comenzando a absorber a estas entidades para evitar “pérdidas de clientes”. Por eso, la experiencia de Yunus puede ayudar a mejorarlas, usando los caminos ya recorridos por el Grameen Bank.

A diferencia de lo que piensan algunos fundamentalistas económicos, las enseñanzas de Yunus, que nos visitó brevemente este lunes pasado, reafirman que no hay “una sola teoría económica”. Nos dice que es posible pensar en el interés del hombre para su propio beneficio pero, a la vez, y éste es su gran aporte, en el interés de los hombres por crear un negocio para ayudar a otros, para cambiar la vida de las personas.

martes, 28 de septiembre de 2010

Referéndum sobre el Fonavi: ¿Cuántos votos son necesarios?


El 3 de octubre se realizará la consulta popular para la devolución de los aportes del Fonavi y Carlomagno Salcedo, representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la ONPE, explicó lo que sucederá con los resultados.

“Para que gane el Sí, debe de obtener la mitad más uno de los votos válidos. La otra condición es que el Sí sea por lo menos el 30% del total de votantes”, informó Salcedo.

Asimismo, indicó que si el proyecto es aprobado, se publicaría inmediatamente en el diario oficial “El Peruano” y, al día siguiente, entraría en vigencia y no podría ser modificado por dos años. Por el contrario, si esto no ocurre, el documento sería archivado.

Yunus, neoliberalismo y elecciones municipales


Por PEDRO FRANCKE


Mohamed Yunus pasó raudamente ayer por Lima.

Yunus recibió el Premio Nobel de la Paz por su aporte a la lucha contra la pobreza. ¿Qué tiene que ver la pobreza con la paz? ¿Ha habido en este caso una gran equivocación? No, claro que no: el primer fundamento de la paz es la justicia social y no las balas. Yunus tiene bien merecido su Premio.

Yunus es conocido como el inventor de las microfinanzas. En su Bangladesh natal creó el Grameen Bank para dar crédito a los pobres, de tal manera que éstos puedan mejorar sus comercios, producciones agropecuarias, artesanías, etc. Su innovación consistió en otorgar créditos no de manera individual sino a grupos solidarios en los que las personas se avalan unas a otras. Es decir, si uno no paga, los demás deben hacerlo. De esa manera se logra reducir la morosidad, permitiendo así que el sistema de financiamiento sea sostenible y vaya llegando a cada vez más personas.

En el caso del crédito a los pobres, el “libre mercado” había fracasado completamente. Los bancos no le daban préstamos a los pobres, porque asegurar el repago de los préstamos era difícil y los costos muy altos. Pero al negarles el crédito a los más necesitados se frenan sus posibilidades de progreso económico. Por eso era absurdo seguir con esa fe ciega en el mercado, había que buscar una alternativa.

Es ante esa situación que Yunus desarrolla esta alternativa de grupos solidarios, que se basa en los vínculos comunitarios, muy distante de la ideología neoliberal que considera como lo único importante al individuo que persigue sus propios intereses. Ha sido justamente el confiar en la organización social, en las comunidades, lo que ha permitido el éxito de esta alternativa revolucionaria de Mohamed Yunus.

En nuestro país ha habido en la última década un gran crecimiento de las microfinanzas, operando con fuerte base en el esquema comunitarista de Yunus. Pero hay otro elemento en el desarrollo de las microfinanzas en el Perú que contradice la ideología neoliberal. Resulta que entre las empresas más importantes en el campo de las microfinanzas están las Cajas Municipales, que no son empresas privadas sino empresas públicas, de propiedad del Estado, aunque no dependen del gobierno central sino de los gobiernos locales.

La propuesta de Yunus es una propuesta innovadora, que se basa en los lazos comunitarios para corregir lo que el libre mercado y el individualismo no logra. Se orienta a promover el progreso económico de los que tienen menos emparejando así la enorme desigualdad existente. Merece por eso, sin reservas, el apoyo de una izquierda renovadora y social. No es de extrañar, por eso, que el plan de gobierno para Lima de Susana Villarán plantee incrementar el crédito a las pequeñas y microempresas desde la Caja de Lima Metropolitana.

La inestabilidad y el gobierno de los ricos

Por Humberto Campodónico

Todo planteamiento de cambio en la política económica para reducir la desigualdad en la distribución del ingreso, así como las brechas sociales que acompañan a este modelo económico excluyente, ha sido desestimado, con bastante desdén y aún más soberbia, por los “técnicos” gubernamentales y, también, por buena parte de la clase política nacional.

Así, ahora que la población comienza a orientar su voto hacia candidatos que no son los cachorros de la derecha, inmediatamente se dice que “traen inestabilidad”. Ni por asomo se les escucha ensayar alguna autocrítica para tratar de explicar la gran insatisfacción de la población con el modelo económico, a pesar de los 9 años de crecimiento.

Recordemos que en el CADE de noviembre del 2006 se planteó el problema de la desigualdad (el lema fue “no existe nosotros con alguien afuera”), concebido como una de las principales razones explicativas del altísimo voto de Ollanta Humala ese año. Pero una golondrina no hace verano, y esa tentativa de plantear –aunque sea mínimas– modificaciones redistributivas al programa económico quedó en nada.

Pero la desigualdad sí siguió avanzando, lo que también es percibido claramente por analistas internacionales, como The Economist: “si el voto de la izquierda aumentara en las próximas elecciones presidenciales, esto se deberá a las fallas de la derecha, así como a las virtudes de la izquierda. El Sr. García ha fracasado en erradicar la corrupción rampante en su partido y su gobierno no ha hecho lo que hubiera podido en aumentar los ingresos tributarios para que los programas sociales sean más efectivos. Los peruanos siguen buscando al político que pueda combinar el crecimiento económico con un gobierno limpio, justo y efectivo” (23/9/10).

Cierto. La presión tributaria en el Perú es 14.5% del PBI (una de las más bajas de América Latina), pero el gobierno se niega a cobrarles un impuesto a las ganancias extraordinarias de las mineras y petroleras debido a los altos precios. Y tampoco es “efectivo”, sobre todo cuando permite la exportación del gas del Lote 88, aun sabiendo que está desabastecido el mercado interno.

Hay muchos ejemplos de cambios para tener un gobierno “limpio”, comenzando por botar al tacho al “perro del hortelano” y no dar leyes al caballazo, como los Decretos Legislativos de Bagua o la buena pro del Consorcio Majes-Siguas, adelantada con una “viveza criolla” digna de mejor causa por Proinversión, lo que ha levantado a todo el Cusco. A lo que se suma el aumento del salario mínimo, establecido por ley, pero que el gobierno no cumple. O la regulación en el cobro de las comisiones de las AFP (una parte fija y la otra variable, de acuerdo a la rentabilidad).

Todas estas “pequeñas cosas” poco a poco cambian la cantidad en calidad y, al final, pareciera que es solo la última gota de agua la que rebasa el vaso. No, pues. Existen muchos antecedentes del malestar de la población, como lo demostró Jürgen Schuldt en su libro “Bonanza macroeconómica y malestar macroeconómico”, ya en el 2004.

Por las razones anotadas (y muchas más que se quedan en el tablero), la población percibe que éste es un gobierno de los ricos. Según una encuesta de la CEPAL (1), solo el 9% de la población peruana cree que “la distribución del ingreso es muy justa o justa”. Por debajo de nosotros solo está Paraguay con el 6%, mientras que 22% es el promedio de la Región (2.5 veces más que en el Perú).

Que no nos digan, entonces, que “los candidatos traen inestabilidad”, cuando ésta es generada por el propio modelo económico.

Su lema ha sido “no cambiar nada para que nada cambie”, para que los beneficios se queden en pocas manos. Es de allí que proviene la inestabilidad y es lo que hay que cambiar para que ésta desaparezca.

(1) Panorama Social de América Latina 2009, www.cepal.org, página 43. Encuesta a 18 países de la Región.

viernes, 24 de septiembre de 2010

NO MAS MENTIRAS SOBRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

A cada momento, en estos tiempos de elecciones, se escuchan mentiras en propagandas y comentarios de algunos candidatos provinciales respecto a la Universidad Nacional de Cañete. Pocos días atrás mencioné en un artículo que debíamos PONER EL HOMBRO Y NO MANIPULAR ELECTORERAMENTE A NUESTRA UNIVERSIDAD, si bien es época de elecciones y es derecho de todos los candidatos de consignar en sus propuestas que es lo que van hacer respecto a la Universidad, tambien es cierto que tenemos derecho a que no nos mientan descaradamente, pues el único fín es engañar a los jóvenes para ganar sus votos.

HABLEMOS CON LA VERDAD Y NO CON LA MENTIRA

PRIMERO, ya se nombró a la Comisión Organizadora, a través de la Resolución Ministerial N. 0070-2010-ED de fecha 23 de marzo 2010, siendo nombrados las siguientes personas

-Fernando Quevedo Ganoza, quien la preside.
-Augusto Hidalgo Sánchez, Vicepresidente Administrativo.
-Aquiles Nicolas Vera Hurtado, Vicepresidente Académico.

Posteriormente, renuncia el señor Aquiles Nicolás Vera Hurtado el 20 de Abril 2010, siendo aceptada su renuncia y se nombra en su reemplazo al Señor Daniel Florencio Lovera Dávila, a través de la Resolución Ministerial N. 0132-2010-ED del 07 de Mayo 2010.

Esta Comisión Organizadora fue la que se nos presentó a los cañetanos en nuestras fiestas de Agosto.

SEGUNDO, en estos momentos está entrampado su funcionamiento porque el Tribunal Constitucional en la SENTENCIA del Exp. 0017-2008 PI TC, de fecha 15 de junio 2010, ha establecido la inconstitucionalidad, por conexidad, del artículo 2º de la Ley N.º 26439, en cuanto asigna competencias al CONAFU en materia de autorización de funcionamiento de universidades, además de cuestionar en los fundamentos 107 al 127 la labor desempeñada por CONAFU, dice el TC que de lo analizado “permiten concluir con razonable objetividad que el CONAFU no ha ejercido constitucionalmente la competencia para autorizar el funcionamiento de universidades”.

Pero también es cierto que el CONAFU solicitó una aclaración el 22 de Junio(en realidad no era una aclaración sino mas bien un cuestionamiento a la sentencia del TC quien lo declaró IMPROCEDENTE), a través del cual el TC en el fundamento 10 de la ACLARACIÓN de la Sentencia, emitida el 1 de Julio del 2010, dijo que “hasta que el Congreso, conforme a los criterios de la sentencia, dicte la normativa que cree, regule y otorgue competencias a la nueva entidad encargada de denegar o autorizar el funcionamiento de universidades y de controlar constitucionalmente la calidad de la educación universitaria en el país, el CONAFU puede continuar ejerciendo, provisionalmente” sus funciones, siendo una de ellas el reconocer a los miembros de comisiones organizadoras.

Por consiguiente, el CONAFU debe de una buena vez reconocer a la Comisión Organizadora, aquí está el papel preponderante de nuestro Alcalde Provincial y no permitir criolladas de que hay un vacío legal.

TERCERO, la Sra. Rufina Lévano ha dicho que no se reconoce a la Comisión Organizadora “porque la Universidad Nacional de Cañete no tiene plata, que la Universidad del Callao no da ni un centavo y que tampoco tiene la Sánchez Carrión”, es lamentable que la Sra. candidata no se informe bien del asunto y se contraponga a una Universidad con otra. Es falso lo que dice la Sra. candidata, pues al ser creada la Universidad Nacional de Cañete por Ley, el Ministerio de Economía y Finanzas debe de establecer los índices de Distribución por Regalía Minera, así como los índices de Distribución por Camisea, y estos índices ya han sido establecidos por lo tanto nuestra Universidad ya tiene el dinero suficiente para continuar ejerciendo sus funciones.(Ver más adelante lo que ya tiene la Universidad de Cañete)

Y si se quiere traer a la Universidad Nacional del Callao para competir con la nuestra, bienvenida sea, pero debe crear su filial y no comportarse como un ente privado, que solo busca el lucro económico beneficiándose de las arcas y bienes de la provincia, aunque es complicado que lo traigan por los efectos de la Sentencia del Tribunal. DESARROLLEMOS LO NUESTRO Y NO QUERAMOS MATARLA ANTES DE DAR SUS PRIMEROS PASOS.

CUARTO, ya se dijo del Proyecto de Ley del Grupo Fujimorista que busca el funcionamiento inmediato de la Comisión Organizadora, particularmente es un buen propósito, pero adolece de deficiencias pues si se quiere una buena Universidad no nos saltemos con garrocha la normatividad vigente, respetemos los procesos y no manipulemos electoreramente, fundamentando la modificación con situaciones que no son ciertas como el decir que se perjudica a los alumnos de las Universidades del Callao y Sánchez Carrión en el desarrollo de sus estudios universitarios cuando la Tercera Disposición Transitoria de la Ley 29488 determina que ellos continuarán estudiando y egresando de sus sedes respectivas.

Señores candidatos, apoyemos a la Universidad Nacional de Cañete, pongamos el hombro, pero no manipulemos electoreramente con mentiras y medias verdades, mucho menos debemos permitir que se busque contraponerla con otras. APOSTEMOS POR EL IMPULSO Y DESARROLLO DE NUESTRA UNIVERSIDAD.


REGALIA CAMISEA PARA UNIVERSIDAD DE CAÑETE

REGALIA MINERA PARA UNIVERSIDAD DE CAÑETE

La tutela del proyecto de vida


Por: Francisco Miró Quesada C.


En la revista italiana “Il Commento”, una de las publicaciones más prestigiosas sobre cuestiones de derecho en Italia, el distinguido jurista y jusfilósofo Carlos Fernández Sessarego ha publicado los artículos: “El daño a la libertad fenoménica” o daño al proyecto de vida en el escenario jurídico contemporáneo (junio del 2008) y “El resarcimiento del daño al proyecto de vida” (2009). Nos limitamos a comentar el primero, pues la exposición de los artículos es sumamente prolija y ocuparía demasiado espacio. Como muy bien sabe el lector, el espacio, en un diario, impone un límite que no puede de ninguna manera rebasarse.

Su exposición comienza refiriéndose al escenario jurídico contemporáneo. En él se ocupa de la interacción entre las nociones cardinales de derecho, libertad y justicia, en términos en los que estas nociones intervienen en la definición de “libertad fenoménica” o “proyecto de vida”.Hasta la primera mitad del siglo XX, los juristas no habían reflexionado sobre la importancia, respecto del ser humano, de la frustración, el daño o el impedimento en el cumplimiento de su proyecto de vida, en que este último es la expresión fenoménica de su libertad, es decir, directamente aprehensible en la experiencia humana. Este cambio se debe a los trabajos de un grupo de investigadores dedicados al esclarecimiento de lo que es el ser humano. A la luz de dichas investigaciones, ya no se le ve solo como un “animal racional”, sino que resulta un ser libre y temporal, inmerso en la sociedad. Este cambio se debe a la influencia de pensadores existencialistas, como Jaspers, Heideger, Sartre y otros.

Fernández Sessarego parte de estos antecedentes y nos habla luego de lo que es el derecho. El derecho, nos dice, debe proteger, favorecer y lograr que cada persona logre alcanzar sus propias metas y aspiraciones o, en otras palabras, hacer que la realidad existencial de una persona corresponda a aquello que ha decidido ser y hacer. De esta función del derecho se deriva que la vida y la libertad constituyen un todo, una unidad inseparable.

La libertad ontológica nos permite ser lo que somos (la palabra ontológica debe entenderse como lo que constituye nuestro propio ser). La libertad, en cuanto decisión, se desarrolla en términos de un continuo proyectar de acuerdo con nuestros propios valores. Para traducir el acto de la decisión, la libertad debe utilizar la estructura psicosomática del hombre y las opciones que ofrece el mundo circundante. Por psicosomático, debe entenderse que lo psíquico y lo corporal, constituyen una unidad.

Ahora bien, la libertad sería inconcebible sin el derecho. Ni habría una razón que justificara la existencia de este último, si no existiesen personas humanas que, en cuanto seres libres, exigen la presencia del derecho para poder realizarse en la sociedad, en cuanto tales.

A continuación el autor, después de una exposición profunda y rigurosa, llega a la conclusión de que el proyecto de vida debe ser tutelado jurídicamente. Por eso también, llega a la conclusión de que el proyecto de vida es fundamental, pues de su realización depende el propio destino de la persona. Por eso el daño al proyecto de vida es una acción que debe ser cautelada por el derecho.

El daño al proyecto de vida fue concebido por Fernández Sessarego con anticipación a los juristas italianos, lo que puede ser considerado como un aporte fundamental del autor. En la actualidad, la teoría del daño al proyecto de vida está incorporada en una serie creciente de códigos civiles, en diversos países del mundo.

En el artículo que comentamos, el creador del daño al proyecto de vida trata otros temas de gran interés, como la crítica al formalismo jurídico de Kelsen y la teoría tridimesional del derecho, creada por el jurista brasileño Miguel Reale, a la cual, también se anticipó. Pero, como dijimos al comienzo del presente artículo, la tiranía del espacio nos obligó a limitarnos a tratar del daño al proyecto de vida que, según nuestro concepto, es su aporte fundamental al derecho. Esta creación lo ha colocado en un sitial de honor en la jurisprudencia mundial.

miércoles, 22 de septiembre de 2010

SE CAYÓ EL CANDIDATO DEL PADIN EN MALA

RESOLUCIÓN 2440-2010-JNE

PPK y los tres motivos del oidor

Por Humberto Campodónico

Las declaraciones de Pedro Pablo Kuczynski, citando al Barclays Bank, acerca del “sacudón que sufriría el Perú en los mercados financieros internacionales porque andan preocupados por el alza en las encuestas de la candidatura de Susana Villarán a la alcaldía de Lima”, no tuvieron un correlato en los diferentes mercados financieros.

Ayer, los rendimientos de los bonos peruanos en el exterior se mantuvieron estables, de la misma manera que las acciones que cotizan en el exterior (ADR) de dos empresas peruanas: el BCP (subió de US$ 116.39 a 116.47) y Buenaventura (subió de US$ 41.65 a 41.70). En el plano interno, los boletines del Banco de Crédito no informaron sobre la noticia y la Bolsa de Valores continuó su tendencia alcista de las últimas semanas y ayer subió 1.48%, mientras que el tipo de cambio se mantuvo estable en S/. 2.79 por dólar.

Comentando a PPK, la propia Villarán dijo ayer: “Una candidatura vecinal nada tiene que ver con el manejo económico del país y en consecuencia no puede poner nerviosos a los inversionistas”.

Si esto es así –y lo es– entonces, ¿qué busca PPK, quien no es un ingenuo, al “levantar” el informe del Barclays Bank? Para nosotros, sucede que a PPK, y a un buen sector de la derecha económica, lo que le molesta es que el alza de Villarán revela que un sector importante de la población limeña está buscando nuevas alternativas, no haciéndoles caso a los “psicosociales” que tratan, por todos los medios, que esto no suceda.

No les gusta, por ejemplo, que Susana Villarán diga que “no tiene nada que ver con los lobbies”. Una expresión de este planteamiento es este: “no permitiré que hayan restaurantes, ni hoteles, ni nada en la Costa Verde, pues es de todos y no solo para el que pueda pagar. Eso es discriminación. Sí puede haber inversión en las partes altas, pero la orilla del mar es intocable. La playa es de todos” (El Comercio, 19/9/10).

Lo que temen es que el monopolio de 20 años del poder político, que está íntimamente ligado al poder económico, pueda verse cuestionado –no en estas elecciones vecinales– pero sí en las presidenciales del 2011. Por tanto, se trata de que esa alternativa “muera antes de que salga del huevo” (“il faut la tuer dans l’oeuf”, dicen los franceses), propiciando el triunfo de candidatos apoyados por ellos.

Para eso, todo vale, incluso las declaraciones de PPK que debieran considerarse como “terrorismo financiero” y ya dieron la vuelta al mundo. Frente a esto, ¿qué dicen las autoridades gubernamentales? El ministro de Economía debiera salir al frente y decir qué ha sucedido con los bonos del gobierno en el mercado internacional, así como en el mercado nacional.

Asimismo, el presidente del BCR debiera decirnos que el ente emisor va a seguir propiciando que “no haya volatilidad” en los mercados cambiarios y que nos va a defender de cualquier ataque especulativo internacional, ya que para eso sirven las reservas internacionales, que ya superan los US$ 34,000 millones.

En síntesis, PPK y el Barclays Bank quieren que nos comportemos como el Oidor Zárate, quien hacía todo lo que le decía el “Demonio de los Andes”, Francisco de Carbajal, por tres razones: por miedo, por miedo y por miedo. Habrá que demostrarles, en las urnas, que esos tiempos “ya fueron” y que ahora los limeños –y todos los peruanos– van a votar por los candidatos que ellos elijan, de acuerdo con sus programas y sus preferencias. Llegó la hora de levantar cabeza.

SISMO DE 5.7 GRADOS DE INTENSIDAD VIVIÓ EL SUR MEDIO PERUANO

Fuerte sismo ocurrió a las 3 horas con once segundos del día de hoy en el sur-medio del Perú.

El fuerte sismo se sintió desde Palpa hasta Lima, generándose en Chincha y Pisco el corte de la energía eléctrica así como la caída de las líneas celulares.


A CONTINUACIÓN EL REPORTE DEL IGP

ÚLTIMO SISMO SENTIDO
Instituto Geofísico del Perú
Servicio Sismológico

Fecha GMT: 22-09-2010
Hora GMT: 08h 00m 11s
Latitud: -13.52 grados
Longitud: -76.53 grados
Profundidad: 65 km
Magnitud: 5.7 Richter (ML)
Intensidad (MM): IV Tambo de Mora, III Lima
Referencia:
39 km al Oeste de Tambo de Mora (Dpto. Ica)

martes, 21 de septiembre de 2010

PONER EL HOMBRO Y NO MANIPULAR A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

Hace semanas atras dijimos en el Programa Dialogando de Radio Activa que no se utilize a la Universidad Nacional de Cañete para manipularla electoreramente, que se deje actuar a las autoridades competentes pero si demandando agilidad en este proceso por que su demora tiene consecuencias con aquellos jóvenes que desean postular.

Pero hubo personas, [cuyo interés personal y electorero les hace perder la brújula, la dirección de las necesidades del pueblo] que comenzaron a manipular cuestionando la conformación de la Comisión Organizadora de la Universidad , el reconocimiento hecho por la Municipalidad Provincial, y todo con el objetivo de desacreditar a contendientes electoreros para aumentar los de su agrupación, además de buscar enturbiar y entrampar los procesos.

Hoy aparece en el portal del Congreso un Proyecto de Ley N. o4293, que busca modificar la ley 29488, ley de creación de la Universidad Nacional de Cañete, presentado por la Congresista Keyko Fujimori y firmada por el bloque fujimorista.

El mencionado Proyecto de Ley utiliza una necesidad del pueblo cañetano, como es el funcionamiento inmediato de la Universidad, y manipula electoreramente la ley, pues señala erróneamente en el tercer párrafo de su Exposición de motivos que se busca modificar la ley para impedir que los alumnos de las filiales de las Universidades Nacionales del Callao y José Faustino Sáncez Carrión se vean perjudicados en el desarrollo de sus estudios universitarios, cuando la ley señala que ellos continuarán recibiendo clases en sus sedes y egresarán de las universidades señaladas.

Siendo una necesidad que su funcionamiento sea lo más pronto posible, se requiere que nuestras actuales autoridades acudan al CONAFU para que otorgue el reconocimiento respectivo, si bien es cierto el Tribunal Constitucional en el Exp. 0017-2008 PI TC ha establecido la inconstitucionalidad, por conexidad, del artículo 2º de la Ley N.º 26439, en cuanto asigna competencias al CONAFU en materia de autorización de funcionamiento de universidades, también es cierto que en el fundamento 10 de la Aclaración de la sentencia, emitida el 1 de Julio del 2010, dijo que mientras el Congreso no resuelva esto, el CONAFU provisionalmente puede asumir sus funciones, siendo una de ellas el reconocer a los miembros de comisiones organizadoras.

Por consiguiente podemos concluir que se debe apoyar todo lo que sea para el funcionamiento de la Universidad, pero no permitir el tráfico electorero de algunos candidatos y sus allegados comunicadores, que incluso hasta violan la autonomía universitaria con el claro fin de ganar votos.
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Resolucion Ministerial Que Nombra a La Comision Organizadora de La Universidad



PROYECTO DE LEY 04293

Miembros de la PUCP demandan al TC ante CIDH en Washington

Pepi Patrón (vicerrectora de Investigación) y Marcial Rubio (rector de la PUCP) durante la reunión que sostuvieron con Santiago Cantón (secretario ejecutivo de la CIDH). Los acompañan Juan Méndez (asesor legal de la PUCP) y Francisco Eguiguren (abogado de la PUCP).



El día de hoy, el rector de la PUCP, Dr. Marcial Rubio, y la vicerrectora de Investigación, Dra. Pepi Patrón; acompañados por los abogados, Dr. Francisco Eguiguren y Dr. Juan Méndez; presentaron personalmente ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en Washington, una demanda de un grupo de integrantes de nuestra comunidad con la cual se busca que se anule la resolución “irregular y arbitraria” dictada por el Tribunal Constitucional en marzo des este año en el contexto de la controversia legal que enfrenta nuestra casa de estudios con el Arzobispado de Lima.

La petición, firmada por el rector, los vicerrectores, autoridades y representantes estudiantiles —en su calidad de miembros de la comunidad universitaria— busca, de esta manera, protección ante la amenaza contra la autonomía universitaria y el derecho de propiedad que representan las exigencias indebidas del Sr. Walter Muñoz Cho (persona designada por el Arzobispado de Lima para integrar la Junta Administradora de los bienes heredados de José de la Riva-Agüero).

En la demanda se plantea que el Tribunal Constitucional transgredió reglas del debido proceso al interpretar los testamentos de su benefactor Don José de la Riva-Agüero y que su sentencia afecta los derechos de nuestra comunidad universitaria a la libertad de asociación, y a la libertad de pensamiento y expresión, consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Se sostiene, además, que perjudica el derecho a la educación, contemplado en el Artículo 13° del Protocolo Adicional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en especial los incisos referidos a “la relación entre la educación y la participación efectiva en una sociedad pluralista y democrática y la promoción de la tolerancia”, “el derecho a seleccionar libremente el tipo de educación a recibir” y ”el derecho a establecer y dirigir instituciones educativas conforme a las leyes en vigencia”.

Por ello, los miembros de la PUCP solicitan a la CIDH que declare que el Tribunal Constitucional del Perú ha violado disposiciones de la Convención y del Protocolo de San Salvador y que, por lo tanto, se recomiende al Estado peruano reparar las violaciones, declarando sin eficacia jurídica las resoluciones del Expediente 03347-2009-PA/TC.

PUNTO EDU-PUCP

lunes, 20 de septiembre de 2010

CAÑETE ES SEDE REGIONAL POR SU SÓLIDA FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA, QUE HUAURA NO PUDO CUESTIONAR.

Para analizar el contenido de la Resolución de la Sala Civil de Huaura, debemos tener presente el proceso seguido:


1) Se interpone Proceso de Cumplimiento para que el Gobierno Regional de Lima (GRL) aplique el art. 32 de la Ley de Bases de la Descentralización y traslade la Sede Regional a Cañete.

2) El Juez Dr. Jacinto Cama Quispe declara fundada la demanda, el 8 de junio de 2009. El Gobierno Regional de Lima apela la sentencia.

3) La Sala Civil de Cañete confirma la resolución de Primera Instancia, el 2 de Setiembre de 2009.

4) El Gobierno Regional de Lima interpone un Proceso de Amparo contra la Resolución de la Sala Civil de Cañete, invocando violación al derecho a la tutela procesal efectiva:
-Omitir observancia de precedente establecido por el Tribunal Constitucional, y
-por no motivar su resolución.

5) El Juez Especializado Jara de Huaura, declara fundada el amparo del GRL, declarando nula la resolución de la Sala Civil de Cañete y nula la Resolución del Dr. Jacinto Cama.

6) La Sala Civil de Huaura confirma la nulidad de la resolución de la Sala Civil de Cañete (por falta de suficiente motivación) y declara nula la parte que declara nula la resolución del Dr. Cama (porque el Juez Jara de Huaura se fue más allá del pedido del GRL).

Hasta aquí lo que dice la Resolución de la Sala Civil de Huaura es que SIGUE INTACTA LA SÓLIDA FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DEL DR. JACINTO CAMA QUISPE QUE DECLARA QUE CAÑETE ES LA SEDE REGIONAL, y devuelve a la Sala Civil de Cañete para que emita una nueva resolución “con arreglo a ley”.

Pero teniendo a la mano la Sentencia de la Sala Civil de Cañete, vemos que lo que pidió el Gobierno Regional de Lima en su recurso de apelación contra la Sentencia del Dr. Cama es que la declare nula por los siguientes agravios:

• La sentencia pretende integrar una norma que presente laguna normativa.
• El mandato del art. 32 de la Ley de Bases de Descentralización está supeditada a la existencia de una norma que regule el procedimiento de cambio de sede regional.
• La norma, dada por el Congreso, no ha previsto cambio de sede por variación de número de habitantes de las provincias.
• El proceso de cumplimiento es improcedente por que la norma está condicionada a una norma que regule el procedimiento de cambio de sede.
• Existe imposibilidad material de cambio de sede de manera abrupta (15 días).

Y ES SOBRE ESTOS AGRAVIOS QUE SE PRONUNCIÓ LA SALA CIVIL DE CAÑETE en el numeral 7 de la Parte B del Punto IV ABSOLUCIÓN DEL GRADO (FUNDAMENTOS), motivando coherentemente su resolución de acuerdo a lo establecido en los artículos 364, 366 del código Procesal Civil y por el Principio de Congruencia.

¿Pudo la Sala Civil de Cañete pronunciarse sobre otros aspectos más allá de los agravios señalados por el apelante?, en un proceso constitucional si puede hacerlo pero no está obligado (tenemos dos casos para ilustrar: a) en la queja de Zurita, el Tribunal Constitucional – TC – lo declaró improcedente, pudiendo haber visto el fondo y resuelto el problema de la sede pero no lo hizo; b) en el conflicto Universidad Católica vs. Monseñor Cipriani, la PUCP presentó un amparo para que no se atente contra la autonomía universitaria pero el TC yendo más allá fue al fondo del asunto y vió el tema de la herencia de Riva Agüero, cuestión que no fue planteada en el petitorio del amparo), por consiguiente es inaudito que la Sala Civil de Huaura anule la resolución de su par cañetano aduciendo insuficiente motivación de algo que no está obligado a hacerlo y no dice nada de la coherente motivación para declarar infundados los agravios presentados por el GRL.

Es más la resolución de la Sala de Huaura cuestiona que no se fundamente el requisito de incondicionalidad de la norma como lo pide el TC, pero la mencionada Sala (conformada por un Titular y 2 provisionales) no dice que el TC manifiesta que como excepción la norma puede ser condicional siempre y cuando su satisfacción no sea compleja y no requiera de actividad probatoria, Veamos la norma:

“Artículo 32.- Sede regional
La sede del gobierno regional es la capital del departamento respectivo. En el caso del departamento de Lima, la sede del gobierno regional es la capital de la provincia de mayor población.”

La norma en cuestión es ineludiblemente condicional y esa condición se resuelve fácilmente con el Censo Poblacional del INEI.

Podemos concluir que la Sala Civil de Huaura, NO PUDO REBATIR LOS SÓLIDOS FUNDAMENTOS QUE CAÑETE ES SEDE REGIONAL y a través de una resolución insuficientemente motivada anuló la resolución de la Sala Civil de Cañete (conformada por 3 magistrados titulares). pesando en él la presión mediática y no la fuerza del derecho.

Consideramos que los Magistrados de la Sala Civil de Cañete harán valer sus sólidos argumentos y denunciar ante la OCMA por falta grave a los magistrados de la Sala Civil de Huaura por no motivar suficientemente su resolución.

Y ante la contradicción que magistrados de diferentes distritos judiciales tengan diferentes fallos, se hace necesario que el TC resuelva esta situación, cambie su precedente constitucional recaída en el expediente 4853-2004-PA/TC y que una de las reglas sustanciales del “amparo contra el amparo” sea que quien vea en primera instancia la causa sea la Sala Civil, de manera que si no hay conformidad sería el TC quien resolvería en última instancia, como bien apunta el Dr. Jacinto Cama en uno de sus escritos.

Lo que nos corresponde a nosotros los cañetanos es cerrar filas con nuestros magistrados, por su sólida fundamentación jurídica que CAÑETE ES SEDE REGIONAL DE LA REGIÓN LIMA, fundamentación que no ha sido rebatido por su par de Huaura.


sábado, 18 de septiembre de 2010

LA SEDE ES CAÑETE HASTA QUE NOS DEMUESTREN LO CONTRARIO.

Para nuestros amigos lectores y para la comunidad en general, les hacemos llegar la Sentencia de la Corte Civil de Huaura que declaró nula la Sentencia emitida por la Sala Civil de Cañete (que confirmó la sentencia del Dr. Jacinto Cama) y anuló la declaratoria de nulidad que hiciera el Juez Huachano Jara a la sentencia de Primera Instancia.

¿Esto que quiere decir?, Que está vivito y coleando la sentencia emitida por el Dr. Jacinto Cama en el Proceso de Cumplimiento en el que se dispuso el traslado de la Sede Regional a Cañete, por consiguiente es mentira y llena de falsedades que se confirmó a Huacho como la Sede Regional.

La Sentencia de la Sala Civil de Huaura cuestiona la resolución de su par cañetano, señalando que no está suficientemente motivada y por esa razón la anula y la devuelve para que se emita una nueva resolución.

Asimismo anuló el extremo que el Juez Civil de Huaura anulara la sentencia del Dr. Jacinto Cama, pues no se ajusta al petitum del Gobierno Regional de Lima; pues este solo pidió que se anule la sentencia de la Sala Civil. Aquí reside la médula de las falsedades de los medios de comunicación huachanos, por lo tanto LA SEDE ES CAÑETE HASTA QUE NO SE DEMUESTRE LO CONTRARIO.

Queda aún por hacerse el análisis jurídico respèctivo, el cual nos comprometemos a hacerlo en el menor plazo posible.



Sentencia de La Corte Civil de Huaura

miércoles, 15 de septiembre de 2010

CORTE DE HUAURA SE LAVA LAS MANOS EN EL TEMA DE LA SEDE

El día de ayer se ha sido notificado de la Sentencia del Proceso de Amparo seguido por el Gobierno Regional de Lima contra la sentencia que sanciona el traslado de la sede regional.

Aún no tenemos la sentencia, solamente lo que aparece colgado en el portal del Poder Judicial. Vamos a esperar leer la sentencia en su integridad para dar una opinión al respecto, lo que sí podemos opinar de primera línea es que es una sentencia que no dice ni si ni no, y tira la pelota a la cancha cañetana donde otro juez será el que determine la situación y así por los siglos de los siglos. Pero ojo Huacho ya tiene un punto a favor LA CONSTRUCCIÓN DEL LOCAL DE LA SEDE REGIONAL, sea donde fuere, ya lo tiene construído y eso va a pesar en la decisión final. Espero equivocarme.


Sentencia Proceso de Amparo

martes, 14 de septiembre de 2010

La nulidad del DL 1097 y no la derogación.

Por Heriberto Benítez

El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N° 1097 que demuestra, claramente, la voluntad del gobierno para impulsar la impunidad de violadores a los derechos humanos que se encuentran sometidos a pesquisas del ministerio Público y a procesos judiciales, utilizándose el pretexto del plazo razonable o la existencia de cierta norma internacional; la comunidad jurídica ha rechazado esta norma legal, pero sólo proponen la derogación, lo cual resultaría peligroso, ya que eso implicaría el reconocimiento de la existencia de una norma aberrante. No olvidemos que su vigencia, aunque sea por un día, permitiría que soliciten su aplicación ante cualquier juez, ya que como todos sabemos la derogatoria surte efectos desde su aprobación. Por eso, el mecanismo indicado y correcto sería declarar la nulidad del DL 1097, situación que no está prohibida; pero, algunos teóricos consideran que dicha posibilidad no está regulada, ni legislada. En todo caso, el Tribunal Constitucional (TC) debería dejarlo sin efecto jurídico y legal, tomando como base la histórica sentencia dictada el 21 de julio del 2005 en el caso referido a la inconstitucionalidad de la Ley N° 28568, que modificó el artículo 47° del Código Penal e ilegalmente computaba un día de arresto domiciliario con uno de prisión efectiva.

Ahora bien, otro tema es la Resolución Legislativa N° 27998 que aprueba la adhesión del Perú a la Convención sobre la Imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de noviembre de 1968, con una extraña declaración impulsada por la Célula Parlamentaria Aprista (CPA) con la finalidad de proteger a los responsables de la matanza ocurrida en la isla penal “El Frontón” (1986), entre los que figuran Alan García y Agustín Mantilla y donde hoy en día pretenden colgarse otros sujetos.

El ex presidente del Congreso (2003), Carlos Ferrero, puso en debate el mencionado proyecto de Resolución Legislativa y el vocero del grupo parlamentario aprista sustentó la inclusión del párrafo de la impunidad, contrario al ordenamiento jurídico vigente. Los legisladores guardaron un silencio sepulcral, los congresistas de Perú Posible (PP) y Unidad Nacional (UN) permanecieron mudos, nadie respaldó la observación que hicimos de aquella sospechosa declaración referida a la aplicación de la Convención, con posterioridad a su entrada en vigor. Inmediatamente, planteamos la modificación del texto aprobado y que se deje sin efecto aquella vergonzosa declaración, pero rechazaron la propuesta; sin embargo, ahora observamos un comunicado de Perú Posible (PP) que señala el país debe estar alerta y que el DL 1097 “tiene como propósito dejar libres a procesados por asesinar, torturar y desparecer a miles de compatriotas”. Parece que recién se dieron cuenta de ello; tuvieron una reacción retardada y lenta. Ahora hablan hasta de amnistía encubierta. En ese sentido seria recomendable que el Parlamento haga pública la votación efectuada para aprobar la Resolución Legislativa N° 27998.

Por último, insistimos en la nulidad del DL 1097 y esa figura le corresponde determinarla al Tribunal Constitucional (TC); es indispensable extirpar dicho nefasto dispositivo legal, no podemos dejarle ni un segundo de vida. La derogación dejaría envenenado el ordenamiento jurídico vigente y los violadores a los derechos humanos podrían resultar favorecidos con alguna sospechosa decisión jurisdiccional, lo cual significaría el triunfo de la impunidad.

lunes, 13 de septiembre de 2010

SE CAYÓ D. LEG. 1097, TRIUNFÓ LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD


Se veía venir, hoy el Ejecutivo presentó un Proyecto de Ley con el carácter de urgente para que se derogue el decreto legislativo 1097, norma que buscaba la impunidad de los delitos de lesa humanidad.

Han sido diversas instituciones de la Sociedad Civil quienes con su pronunciamiento han traído abajo no solo a la norma sino también al Consejo de Ministros en pleno - que Velasquez Quesquén lo quiera tapar es otra cosa - así como la renuncia de Vargas Llosa a la presidencia de la comisión del Lugar de la Memoria.
A continuación el citado Proyecto de Ley, véase la “interesante” Exposición de Motivos.

Proyecto Ley Que Deroga D. Leg. 1097

domingo, 12 de septiembre de 2010

Susana Villarán está primera con 33% a dos puntos de Lourdes Flores, según la última encuesta de Apoyo


A 21 días de las elecciones municipales, la aspirante de Fuerza Social desplazó del liderato en los sondeos a su rival del PPC-Unidad Nacional que obtuvo 31%

La candidata a la Alcaldía de Lima por el movimiento Fuerza Social, Susana Villarán, pasó al primer lugar en la intención de voto con el 33%, según un sondeo realizado por la empresa Ipsos Apoyo Opinión y Mercado S.A.

Se trata de la primera vez, en lo que va de la campaña, que un postulante edil desplaza de la primera ubicación a la aspirante de PPC-Unidad Nacional, Lourdes Flores Nano.

La caída al segundo lugar de la representante pepecista con el 31% de intención de voto refleja el repunte que la candidatura de Villarán De la Puente ha experimentado durante el último mes en desmedro de las aspiraciones de su contendora.

Detrás de ellas se encuentran Humberto Lay (Restauración Nacional), con 8%; el postulante de Somos Perú, Fernando Andrade, con 3%; y Fernán Altuve (Cambio Radical) con 2%.

Cierran el listado Luis Iberico (Alianza por el Progreso), con 2%, y Gonzalo Alegría (Acción Popular), con 1%.

La encuesta se realizó entre el 9 y el 11 de setiembre a 490 personas de todos los niveles socioeconómicos, cuyas edades van de los 18 años en adelante.

Gobierno le solicitaría al Congreso que derogue DL 1097, indicó García Toma


Nota de Redacción:
Plan apro-fujimorista al descubierto, veamos el siguiente comentario de García Toma que nos releva de pruebas.


El Comercio
El hasta ahora ministro de Justicia señaló también que se deben tomar acciones para garantizar que se cumplan los plazos de los juicios contra policías y militares acusados de delitos de lesa humanidad, pero sin caer en la impunidad.

En el interior del saliente Gabinete ministerial se estaría analizando un proyecto de ley para solicitar al Congreso la derogación del polémico Decreto Legislativo 1097.

Así lo informó el hasta ahora titular de Justicia, Víctor García Toma, quien sostuvo que el Consejo de Ministros solo tiene potestad para legislar, pero no para anular o retirar una ley que está en vigencia.

PUNTOS DE DIFERENCIA
García Toma explicó a RPP cuáles eran las diferencias que tenía el ministro de Defensa, Rafael Rey, con el resto de miembros del Gabinete Ministerial.

“En el caso del Mindef se plantea, porque Rafael Rey aún lo sostiene, que existe la prescribilidad de los delitos de lesa humanidad; en cambio, el Gabinete en su conjunto dijo que la norma se debía amparar en la convención de Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), que indican que estos delitos no prescriben”, sostuvo.

El segundo punto era la aplicación automática del sobreseimiento. Mientras que Rey pedía que los casos deban ser archivados cuando se extralimita el tiempo de los juicios, el Consejo de Ministros planteó que primero se investigue la razón de la demora del proceso.

García Toma precisó que el Mindef quería que los jueces se rijan por la norma y el resto del Ejecutivo tenía la tesis de que el DL 1097 tenía que ser concordado con los tratados internacionales, las normas de la CIDH, el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial.

“El cuarto tema era el sobreseimiento en cualquier etapa del proceso. El Ministerio de Defensa decía que se podía dar incluso en el juicio oral, falso porque esto solo se puede hacer en la etapa de instrucción, sino se nos escapaban los Colina”, refirió.

El último punto con el que no estuvieron de acuerdo, expresó García Toma, fue que el Mindef planteó la aplicación retroactiva que hubiera aplicado para los condenados.

“NO PODEMOS CAER EN LA IMPUNIDAD”
García Toma indicó que el Gobierno no puede cerrar “los ojos ante una realidad” porque existen procesos de 8 ó 10 años contra militares y policías que han sido acusados por “delitos muy graves”.

“Hay que tomar acciones, la norma tenía esa meta, corregir el problema de la infracción a las garantías del debido proceso para aquellos policías y militares que están siendo procesados por delitos graves, pero que tienen una larga etapa de instrucción e incluso no terminan”, agregó.

Para finalizar, el hasta ahora ministro de Justicia dijo que ya hubo dos intentos del Tribunal Constitucional para corregir estos casos. Uno fue en el proceso contra el general Walter Chacón y el otro fue el juicio contra Julio Salazar Monroe


¿SE VA?
De otro lado, el ministro Rafael Rey, quien admitió haber consultado a César Nakazaki sobre la norma, indicó que renunciará al cargo si el DL 1097 es derogado. “Sería un retroceso que me parecería profundamente injusto”, expresó esta mañana en CPN Radio.

viernes, 10 de septiembre de 2010

Sobre el DL-1097 y el olvido de los derechos humanos


Michael Werz

Ph. D. en filosofía y experto en sociología de la Universidad de Georgetown. Senior Fellow en el Center for American Progress


El controvertido decreto legislativo DL-1097, sobre la prescripción de los delitos contra la humanidad y los derechos humanos, pone en riesgo la salvaguardia de los derechos humanos en el Perú. Sobre este tema y otros ligados al VI Encuentro de Derechos Humanos de IDEHPUCP, conversamos con el filósofo alemán Michael Werz. El especialista llegó al Peru gracias al Goethe-Institut Lima, el CEF e IDEHPUCP.

La semana pasada el presidente peruano emitió cuatro decretos legislativos, que el Congreso está revisando, los que permitirían cancelar los procesos judiciales que involucran a personas investigadas en crímenes de lesa humanidad y casos de violaciones a derechos humanos. ¿Por qué esto se considera como un retroceso para el respeto de los derechos humanos?

En términos generales, creo que cualquier país que quiera establecer una sociedad moderna y próspera debe asegurarse que la ley, no solamente se cumpla, sino que también respete su sistema judicial. En Alemania por ejemplo, los juicios duraron 20, 30 ó 35 años después de la Segunda Guerra Mundial, hasta que se inició un debate más intenso. Es cierto que los procesos toman mucho tiempo, pero es más importante no perder de vista los crímenes que han sucedido. Si eso no se trata no habrá ni justicia ni paz.


La actuación del gobierno peruano va en contra de la Convención sobre imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de lesa humanidad, y del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Las reglas de la ley internacional existen por buenas razones y muchos países, como el Perú aceptaron respetarlas. Sin embargo, ¿hasta qué punto las instituciones internacionales pueden y deben intervenir en asuntos domésticos? Confío que todo se arregle aquí, pues esos serían los próximos pasos hacia una democratización profunda del Perú. Cualquier decisión de trascendencia tiene que estar fundada y apoyada por la sociedad civil.


Con la promulgación de estos decretos legislativos, pareciera que el gobierno quiere hacernos olvidar ciertos episodios de nuestra historia y el intenso esfuerzo de la Comisión de la Verdad y de la Reconciliación (CVR) ¿Qué diferencia hay entre el olvido y el perdón?

Primero, perdonar no es legítimo porque nosotros no podemos perdonar en nombre de las víctimas que hubo. Segundo, perdonar es una categoría moral y aquí nos movemos en un ámbito político y jurídico. Perdonar en el sentido de insinuar que los crímenes perpetuados no fueron tan graves o hacer que las personas que los cometieron no asuman completamente su responsabilidad, no lleva a ninguna solución. Por el contrario, es necesario establecer instituciones y mecanismos para no olvidar lo que pasó.

En el Perú, se han dado pasos importantes bajo el liderazgo de Salomón Lerner. Hay que preservar la memoria para futuras generaciones e informar a la población sobre lo sucedido. Esto funcionó por ejemplo en la Alemania de los años cincuenta y sesenta, para establecer una democracia verdadera y estable. Lo mismo en países como Sudáfrica, donde la guerra civil fue muy sangrienta y costosa.


¿Por qué crees que en el Perú los derechos humanos se perciben como negativos? Muchas veces a los defensores de los derechos humanos se les relaciona con la izquierda extrema.

De hecho, es interesante observar que durante casi toda la guerra fría el argumento fue al revés. La categoría de los derechos humanos se utilizó mucho en contra del socialismo real de los países comunistas, para criticarlos por la falta de transparencia y participación democrática. Es curioso que ahora muchos conservadores, que apoyaron esta noción de derechos humanos, cambien. Creo en el siguiente contraargumento: cualquier persona que critica una noción de derechos humanos se está dañando a sí misma. Una sociedad donde no se establecen esos derechos, como individuales, no es una sociedad completa. Si se le hace daño a una parte de la población, se daña al resto.


Entonces el tema de los derechos humanos y la diversidad cultural debe plantearse desde la educación.

Hablar de los derechos humanos de una manera idealista es fácil, lo difícil es hablar sobre lo específico y cotidiano. Creo que el razonamiento tiene que ser diferente en una sociedad diversa. No deberíamos tratar de integrar la sociedad y hacerla más homogénea, sino abrazar la diversidad y entender que es una tremenda potencialidad para lograr el avance económico y político. Ese es un paso que lleva al éxito en el siglo XXI.


Sostienes que existen tres momentos históricos que marcaron el paso de los derechos humanos. Cuéntanos un poco.

Mi idea fue pensar acerca del contexto en que se dieron los debates que hoy en día son tan importantes. Leyendo sobre la época colonial en Latinoamérica, me pareció interesante que en el siglo XVI se discutieran cuestiones jurídicas muy similares a las de hoy. Mi argumento en tres pasos apunta a que en realidad Europa no inventó el discurso de derechos humanos.Realmente el debate se desarrolló con la conquista de Latinoamérica y con la pregunta clave ¿son los indígenas seres humanos con derechos? Se argumentó que siendo sobre todo, Perú y México, sociedades teocráticas muy avanzadas, esta complejidad era suficiente razón para sustentar que los indígenas tenían el derecho de propiedad de su tierra. Ese fue un paso involuntario, pero muy importante para la secularización del discurso político y para establecer un argumento universalista, en que cualquier persona del mundo tenía una herencia de derechos.

Luego, con la revolución francesa, se da una ambigüedad con respecto a los discursos de la España del siglo XVI. Se gestó la Declaración de los Derechos del Hombre, pero al mismo tiempo Francia dependía económicamente de sus colonias y de la esclavitud. Como dijo el Conde de Mirabeau en la Asamblea Nacional francesa, se estaba confundiendo al Hombre con el ciudadano francés. Aquellos ciudadanos garantizaban una convicción universalista pero para un Estado concreto.

Finalmente, en los Estados Unidos de la primera parte del siglo XX, la separación entre derechos humanos y del ciudadano no funcionó. El argumento del movimiento por los derechos civiles, como el de Martin Luther King, fue que las personas se podían realizar no sólo como ciudadanos sino como dueños de los derechos humanos en un sentido muy completo y universal.


Entrevista: Florence Couillaud
Foto: Yanina Patricio

"La derogatoria del DL 1097 es lo más saludable para el país"


Tras el pronunciamiento de la Conferencia Episcopal y de diveros sectores de la sociedad en contra del DL 1097, ¿considera también que éste debe derogarse?

Es una gran cosa que se pronuncie la Conferencia Episcopal, pero los fiscales han ofrecido intervenir en esto para declarar la inconstitucionalidad del decreto. También se ha pronunciado en el mismo sentido la Defensoría del Pueblo. Nadie desea que alguien esté preso, pero tampoco que injustamente esté libre. Por ejemplo, (José Enrique) Crousillat aparecería en Buenos Aires tranquilamente mientras aquí fingía enfermedad. ¿Cuánta gente pobre no tiene la posibilidad de contar con la debida atención procesal? Que la justicia sea para todos.

¿Cree que el DL 1097 es una nueva versión de la Ley de Amnistía dada por Fujimori?

Parece que sí, por lo menos por las declaraciones del ministro (Rafael) Rey, esa es la intencionalidad.

¿No cree que esta norma debió haber sido debatida en el Congreso en vez de ser emitida por el Ejecutivo en virtud a las facultades que se le dio?

He escuchado a los políticos y muchos coinciden en la derogatoria de la polémica norma. Me gustó la posición del ministro de Justicia que incluso amenazó con su renuncia. Por lo pronto, él ha sido claro en que no va a favorecer al grupo Colina. ¿Cómo este grupo que ha cometido tantas muertes se va a acoger al decreto? Este es un decreto con nombre propio, de ninguna manera.

¿El DL 1097 es un retroceso en la lucha contra la impunidad?

Por supuesto. Es una inconstitucionalidad encubierta.

¿Cuál es el mensaje de la Conferencia Episcopal?

Está en la misma línea de la defensa de la vida.

¿En qué situación moral queda el país si se aplica el decreto?

Sería un golpe muy duro para las víctimas del terrorismo, especialmente porque han venido reivindicando las reparaciones por excesos de los militares. Es cierto que los militares se han jugado la vida por defender al país del terrorismo, pero también ha habido excesos como los cometidos por el Grupo (paramilitar) Colina.

Entre el derecho del agresor y el de la víctima, ¿cuál prevalece?

El de la víctima, por supuesto, pero con justicia. Es la justicia la que debe prevalecer. No podemos dar prioridad a unos delincuentes sobre otros que a lo mejor son inocentes pero que están en la cárcel y son pobres. La justicia debe llegar a todos por igual.

¿Qué llamado les haría a los jueces para responder con justicia ante el reclamo de las víctimas y los militares procesados?

El clamor que se ha manifestado públicamente es que este decreto no puede aplicarse de la manera como está planteado, sumamente cuestionado. Pido al Poder Judicial, al presidente de la Corte Suprema, que tomen una posición.

¿Cuál es la posición que se debe adoptar respecto a este controvertido decreto?

Indefectiblemente, la derogatoria. Soy muy claro en eso.

¿Es el único camino?

Es lo más saludable para el país y para todos, sin atropellar los derechos de nadie. Que se haga justicia para todos por igual, que se derogue este decreto.

Reacciones

"Mi percepción de un clima de impunidad, que ya existe, se ha reforzado mediante el DL 1097 que parecería someter a prescripción los procesos penales contra perpetradores de delitos de lesa humanidad cometidos en Perú”.

Martin Scheinin
relator de ONU para protección de DDHH

"Este decreto es una tarjeta para ‘salir de la cárcel gratis‘ para individuos que han cometido atrocidades sistemáticas en contra de civiles. Es un mensaje equivocado para las fuerzas de seguridad, por eso le enviamos una carta al presidente García”.

Coletta Youngers
Investigadora afiliada a Wola

"Una declaración interpretativa no puede modificar una cláusula de la Convención sobre imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra, no tiene el peso ni la entidad jurídica para hacerlo. Todas las violaciones de los Derechos Humanos deben ser juzgadas”.

Hugo Relva
Coordinador del Programa Justicia Internacional de Amnistía Internacional

"Hace 42 años se estableció la imprescriptibilidad para el crimen de genocidio y los crímenes de guerra. Al ratificar un tratado, lo que hace el Perú no es crear una nueva ley sino reconocer una norma internacional ya existente”.

José Zalaquett
Ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

No esperen racionalidad del electorado


Por Juan Garrido Koechlin, Columnista de Correo

Quien especule que el electorado local es un grupo de individuos con ideales y objetivos definidos, capaz de articular la viabilidad -en un ambiente de responsabilidad y visión de largo plazo- de las promesas ofrecidas, está profundamente equivocado. En el Perú, al igual que en el resto del mundo, no existe tal cosa como el elector racional.

¿Qué hay, entonces, detrás del mismo? Ante todo, es necesario partir por entender que los electores están, masivamente, sesgados hacia ciertos valores preexistentes: políticas públicas y económicas, derechos individuales, tendencia a sobrestimar los aspectos negativos, entre otros. Todo ello, podríamos decir, constituye las teorías intuitivas, que no son otra cosa que el sistema de conceptos relacionados que guían la inferencia en un proceso específico, en este caso el electoral. Hasta aquí, todo parecería muy racional: los electores están predeterminados hacia ciertas ofertas que coinciden o no con sus ideales y valores.

El problema surge cuando empieza la toma de decisión. Lo que se constituiría como algo racional a nivel de lo normativo -es decir, los ideales- y de lo positivo -es decir, el cómo lograrlos- da paso rápidamente a los factores emocionales, nublando éstos a los primeros, en mayor o menor grado.

A través de diversos estudios neurocognitivos, sabemos que el principal vector en la toma de decisión electoral se ubica en el plano emocional. ¿Cuánta simpatía siento por el candidato? ¿En qué medida ese candidato sabe lo que siento y necesito? ¿Cuánto puede ese candidato aportar a mi desarrollo? ¿Es sincero y confiable? Ésas son algunas de las tantas preguntas que se hacen al momento de decidir el voto.

Dependiendo del grado de desarrollo -cultural, económico y social-, los electores podrán transitar de éste al segundo paso, que es analizar y contrastar los ideales del candidato frente a los que poseemos. En tercer y último lugar, el elector cuestionará si las promesas ofrecidas son viables o no. Dudo mucho que los electores locales transitemos del primer escalón -el emotivo- al segundo -el normativo-, mucho menos al tercero -el positivo.

Dicho esto, no debe sorprendernos el actual brote de doña Susana Villarán, como tampoco debería sorprender que capte votos en el NSE A/B, donde -finalmente- predominan las emociones. Lo curioso, en todo caso, es el fenómeno que ocurre justamente en el último NSE (D/E), donde las personas parecieran más racionales, quienes le corren -por ahora, al menos- al populismo y la verborrea; mi intuición es que no lo son. Sencillamente, mientras que al NSE A/B doña Susana les parece una villamariana con denodado sentido social, a los del NSE D/E les parece falsa, pituca y, por lo tanto, alejada.

El origen y evolución de los municipios


El gobierno de las ciudades

Por: Francisco Miró Quesada Rada

El concepto de municipio data de tiempos romanos. Cuando Roma se expandió a través de las guerras, fue anexándose diversos territorios hasta abarcar toda la cuenca del Mediterráneo. W. Kunkel, en su “Historia del Derecho Romano”, refiere que “su estructura se llevó a cabo bajo un sistema de alianzas y de situaciones de dependencia muy diversa, dentro y fuera de la península”. Quienes combatieron a los romanos fueron castigados con la pérdida de su territorio, quedando en situación precaria dentro del ordenamiento político. Aquellos que se sometieron al yugo invasor tuvieron una cierta autonomía en su gobierno interior. La situación de alejamiento físico entre estas ciudades y Roma llevó a que se empezara a gestar la noción de municipio. Diversos autores coinciden en que etimológicamente la palabra deriva de ‘manus’ (carga, oficio, misión) y ‘capio’ (tomar, coger a la fuerza), esto vendría a ser el desempeño de una función que se asume o que se recibe de otro que la ejercía y está vinculada con la anexión de los pueblos. Para la literatura jurídica de aquellos tiempos, tiene un triple significado: población amurallada, autoridad sobre dicha población o los habitantes de estas poblaciones.

Para el autor Fernando de Albi, sin embargo, los municipios nacieron más bien por las luchas entre los patricios y plebeyos de la Antigua Roma. Aparecieron los procuradores del pueblo que se convertirían en los aediles plebis (ediles plebeyos) y los ediles curules (que representaron la existencia de los primeros municipios). El investigador Munro sostiene que Roma fue durante siglos la ciudad más poblada y mejor gobernada del mundo.

LA DUDA
Algunos dudan de que los municipios modernos desciendan directamente del romano pues a la caída del imperio los visigodos al controlar el poder implantaron sus propias instituciones y costumbres. Entre estas figuraba la asamblea germana o ‘sippen’: un conjunto de familias unidas por consanguinidad. Las ‘sippen’ reunidas formaban el ‘gau’, cuyo gobierno estaba constituido por las asambleas de hombres libres, llamadas ‘stamme’ –tribu–, gobernada por un concejo de los jefes de distrito. Los miembros del ‘stamme’ actuaban como magistrados y tribunales de justicia, según los casos. Se cree que estas instituciones fueron la base del municipio medieval, antes de la formación del Imperio Romano-Germánico fundado por Carlomagno. Pero siempre quedó la duda de este segundo origen, porque a la caída del imperio subsistieron algunos municipios romanos en el sur de Francia y en el norte de Italia. Cabe recordar que ciertas ciudades de Italia recibieron la capacidad entera de civitas, con derecho a voto (civitas cum suffragio) en cambio otras carecieron de tal derecho (civitas sine suffragio) ciudades sin derecho a votar.

Hay una tercera tesis además de la Asamblea Germánica y la remota herencia romana, aquella de las revoluciones comunales que originaron los municipios.

POBLADORES DEL BURGO
Como fuere, para el año 800 d.C. ya había municipios en la Edad Media producto del desarrollo de los burgos. Los burgos –palabra de origen alemán– eran ciudades que se iban formando en distintos feudos con un gobierno local donde los notables elegían un concejo para que atendiera los requerimientos de los pobladores (a los vecinos de los burgos con el tiempo se les empezó a llamar burgueses). Los burgueses tenían autonomía, cierto poder económico y ejercían profesiones liberales. Elegían al concejo y nombraban al mayor de los regidores para que dirigiese los debates (por eso en inglés se llama ‘major’ y en francés ‘maire’, al alcalde (que viene de algadí, palabra del árabe que significa juez.

LOS MUNICIPIOS EN ESPAÑA
Los municipios castellanos y leoneses florecieron durante los siglos X y XIII, fueron democráticos porque se autogobernaban. Si bien a la máxima autoridad del concejo de regidores se le llama hasta ahora alcalde, no lo fue en todos los casos. Los gallegos lo llamaron justicia y también hubo un magistrado, el merino, funcionario subalterno nombrado por el rey.

En su clásica obra sobre Derecho Municipal, Mario Alzamora Valdez, siguiendo la información del municipalista Schwert Ferrer, señala que los municipios castellanos y leoneses pasaron por cuatro etapas. El origen, cuando nacen de un concejo entre los siglos VIII y X. El período del concejo abierto, que es la reunión de todos los vecinos, en los siglos X y XIII. Luego entre los siglos XII y XIV surgen los concejos representativos elegidos por los vecinos, y finalmente el debilitamiento de la autonomía municipal por la intervención del poder real al crearse la figura de un corregidor encargado de la inspección de los ayuntamientos. Pero antes de esta intervención real, como indica Alzamora Valdez, los municipios se caracterizaron por su diversidad, autonomía y sentido democrático.

LOS MUNICIPIOS EN EL PERÚ
Los españoles implantaron los municipios desde la conquista, estableciéndose durante el virreinato. En la cultura andina existió la institución del ayllu, llamada camay chicuy, que los españoles denominaron camachico: asamblea de hombres y mujeres que elegían al curaca. Este tenía que consultar a la asamblea antes de tomar decisiones, como si fuera un referéndum, según explica Luis E. Valcárcel en el primer tomo de su obra sobre el Perú precolombino. La práctica del camachico todavía continúa en algunas comunidades de la sierra y de la selva.

Resulta curioso saber que en un momento el municipio limeño tuvo dos alcaldes. Es decir que fue una diarquía (dos en el gobierno), una organización idéntica a la ateniense que contaba con dos arcontes y a la romana, con dos cónsules. Esta modalidad concluyó en 1839, en pleno período republicano. Nicolás de Rivera ‘El Viejo’, designado alcalde de Lima por Francisco Pizarro, compartió sus funciones con otro alcalde que se llamó Juan Tello. El ejercicio del cargo duraba un año como el de los arcontes atenienses. Sucedieron a De Rivera y a Tello, en 1536, Francisco de Godoy y Juan Mogrovejo de Quiñones.

Fue recién con la Ley Orgánica de Municipalidades del 29 de noviembre de 1856, tal como estableció el artículo 21, que los alcaldes se redujeron a uno y se creó el cargo de teniente alcalde. El primer alcalde solitario limeño fue Francisco González de Prada y su teniente alcalde Felipe Barreda, pero como ambos no asistían a cumplir sus funciones, la alcaldía la ejerció Miguel Prado, quien fue primer regidor.

DE ALCALDES A PRESIDENTES
El alcalde que por primera vez expuso su programa de gobierno –aunque luego de asumir el cargo– fue Manuel Pardo y Lavalle, más tarde presidente de la República. Pardo fue nombrado por José Balta el 16 de marzo de 1869 alcalde de Lima.

Guillermo Billinghurst fue otro alcalde que llegó a presidente. Estos hechos inspiraban al arquitecto Belaunde cuando decía que el camino a Palacio de Gobierno era la alcaldía, cosa que en el siglo XX no sucedió.

Hasta 1963 los alcaldes eran nombrados por el presidente de turno o por una junta de vecinos notables, era una especie de elección aristocrática. Así el alcalde se convertía en un primus inter pares, primero entre sus iguales. No hubo voto popular.

Fue justamente en ese año, 1963, que el presidente Fernando Belaunde Terry convocó a los pueblos del Perú para elegir a sus autoridades locales, implantando la democracia municipal. Un hecho inédito en nuestra historia política.

Se dice que el siglo XXI será el de la mujer en todos los ámbitos del quehacer humano. Como están las encuestas ocurriría un hecho histórico: Lima tendrá a la primera alcaldesa elegida por el pueblo. Ya una mujer gobernó Lima, Anita Fernandini de Naranjo, nombrada por la Junta Militar de Ricardo Pérez Godoy. No concluyó su período y tomó la posta José Jacinto Rada Benavides el teniente alcalde

Cuatro enfoques teóricos

Por Humberto Campodónico

Ha habido cuatro enfoques teóricos desde la década del 50 del siglo pasado. El primero es el primario-exportador, que prevaleció durante los gobiernos de Odría y Prado. Este enfoque considera que el Perú es una pequeña economía abierta al mundo, cuyo crecimiento depende de la explotación de sus recursos naturales, sobre todo, minería y petróleo. En el modelo primario-exportador el rol del Estado en la economía es bastante reducido, pues se considera que las inversiones privadas dirigidas al sector primario son el eje de acumulación.

El segundo enfoque comenzó a fines de los 50 y se denomina Industrialización por Sustitución de Importaciones (ISI) y fue impulsado por la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), con el economista argentino Raúl Prebisch a la cabeza. Se afirma que existe una tendencia al deterioro de los precios de las materias primas que exporta América Latina mientras que, por el contrario, aumentan los precios de los bienes industriales que se importan de los países del “centro”.

Para contrarrestar estas dos tendencias negativas, se debe fomentar la industrialización y el Estado tiene que jugar un rol importante, tanto en la promoción de este nuevo modelo (nuevo esquema de precios relativos), como en su participación activa, por ejemplo a través de los bancos de fomento (industrial, hipotecario, minero y agrario) o con la intervención directa a través de empresas estatales.

Durante el gobierno militar de Juan Velasco la ISI alcanza su punto más alto, pues estas medidas de política aumentan en magnitud e intensidad. Así, por ejemplo, se crean las empresas públicas Petroperú, Electroperú, Minero Perú, Induperú, entre otras.

Pero durante el gobierno militar se va más allá del modelo ISI, pues se adopta, en parte, el enfoque de la “teoría de la dependencia”. Este tiene un componente más radical que el ISI, pues afirma que el desarrollo no es posible si no se enfrentan los problemas estructurales que aquejan la formación económica y social de los países. Así, los problemas de la región se originan en la relación de dependencia con los países del centro, relación que debe romperse para pasar al nuevo estadio de crecimiento.

El tercer enfoque, el Consenso de Washington, surgió a principios de los 90, como consecuencia de la crisis de la deuda externa. Este enfoque, también llamado “políticas de ajuste estructural”, consiste en la apertura, liberalización y desregulación de todos los mercados, así como en el retiro del Estado de toda actividad empresarial, privatizando las empresas públicas. Como se aprecia, estas “reformas estructurales” tienen un contenido claramente opuesto a las reformas implementadas 25 años atrás (el péndulo se corrió al otro extremo). Uno de los elementos centrales de esta propuesta es que los problemas de los países en desarrollo no tienen que ver con causas externas (alzas de tasas de interés internacionales, baja de los precios de las materias primas, medidas proteccionistas en los países industrializados), sino que corresponden a problemas internos: intervencionismo estatal e ineficiente asignación de los factores de producción.

Desde principios del nuevo milenio, los principales “centros de pensamiento” convinieron que había que dejar atrás el enfoque “economicista” del Consenso de Washington, debido a sus magros resultados en términos de crecimiento y al agravamiento de las desigualdades en la distribución del ingreso.

Los nuevos enfoques (no hay un “modelo único”) plantean la importancia del rol de las instituciones y la necesidad de una nueva redefinición de los roles del mercado, el Estado y la sociedad civil. Si bien cada vez más queda claro que es necesario avanzar en esa dirección, en el Perú seguimos con el péndulo neoliberal al tope del asta, pensando que “las inversiones y el mercado lo resuelven todo”, dejando de lado los nuevos enfoques. Pareciera que la consigna es: “no cambiar nada para que nada cambie”. ¿Hasta cuándo?

COMUNICADO DE PRENSA No 90/10. CIDH EXPRESA PREOCUPACIÓN POR DECRETO 1097 EN PERÚ


Washington, D.C., 9 de septiembre de 2010.


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por la adopción en Perú del Decreto Legislativo No. 1097.

De acuerdo con la información recibida, el decreto, adoptado el 31 de agosto de 2010, regula la aplicación de normas procesales por delitos que implican violación de derechos humanos. El artículo 6 contempla la posibilidad de que el Poder Judicial dicte una “resolución de sobreseimiento parcial en favor de todos los encausados que hayan sufrido el exceso de plazo de la investigación”. La información disponible sugiere que estas y otras disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1097 podrían implicar serios obstaculos para la persecución de casos que involucran delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y graves violaciones a derechos humanos, algunos de los cuales han sido objeto de pronunciamientos por parte de la Comisión y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Comisión Interamericana ha señalado reiteradamente que la falta de investigación y sanción en casos de graves violaciones a los derechos humanos es incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Perú es parte desde el 28 de julio de 1978. En el mismo sentido, en la sentencia dictada en 2001 sobre el caso Barrios Altos contra Perú, la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresó que “son inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos”. Por otra parte, la CIDH ha sostenido que la impunidad respecto de casos de delitos de lesa humanidad propicia la repetición de actividades contrarias a la democracia y a los derechos humanos.

En este sentido, preocupa a la CIDH la posibilidad de que en virtud de este decreto queden en la impunidad cientos de casos de violaciones graves a los derechos humanos ocurridos durante el conflicto armado que atravesó Perú en las décadas de 1980 y 1990. En especial, teniendo en cuenta que la sociedad civil y la Defensoría del Pueblo de Perú han planteado reiteradamente que el Poder Ejecutivo ha obstruido el avance de estos juicios. Entre otras cosas, han alegado que el Estado no ha asignado suficientes recursos a las Fiscalías para procesar estos casos, y que órganos vinculados al Poder Ejecutivo, en especial el Ministerio de Defensa, se han negado a entregar información, incluso en casos en que les fue requerida judicialmente.

Por lo anterior, la Comisión Interamericana insta a las autoridades de Perú a adoptar las medidas necesarias para que las violaciones a los derechos humanos no permanezcan en la impunidad, en particular, teniendo en cuenta las obligaciones del Estado a la luz de los tratados internacionales en la materia.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.