jueves, 11 de agosto de 2011

PRESIDENTE REGIONAL DE LIMA PIDE AL CONGRESO NO SEGUIR DICTANDO NORMAS QUE ENFRENTAN A LOS PUEBLOS



Duras críticas al rol que cumplió el parlamento en la gestión anterior, señaló hoy el Presidente Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, durante la reunión de trabajo entre el Congreso de la República y los Gobiernos Regionales, convocada por el Presidente del Congreso, Daniel Abugattás.

“Tenía 11 años cuando visité el Congreso por primera vez, y entonces me sentí orgulloso e ilusionado del Parlamento, hoy no puedo decir lo mismo, pues los congresistas son los autores intelectuales de las más grandes tragedias sufridas en el país en los últimos años. Sin embargo son impunes y no tienen revocatoria”, señaló.

Explicó que las leyes mal dadas, las componendas con los grupos de poder, la falta de fiscalización y el desdén con que trataron a las regiones, provocaron graves enfrentamientos entre peruanos que dejaron una larga lista de muertos y heridos.

“Invoco a los congresistas del actual Parlamento, les pido por favor, que legislen y fiscalicen con transparencia y responsabilidad. Sólo espero que cuando terminen su mandato, no sean repudiados por el pueblo como ocurrió con el anterior Congreso, que terminó con el 90% de rechazo nacional”, indicó.

Ejemplificó su crítica con la norma aprobada por el Congreso que permite el trasvase del río Cañete a la Región Ica, lo que irremediablemente enfrentará a los pueblos de dos regiones. “Es absurdo desviar las aguas de un río para irrigar otro departamento”, dijo.

También criticó la construcción o ampliación de penales en zonas urbanas como se pretende hacer en la Región Lima.

La reunión de hoy contó con la presencia de 13 presidentes regionales, sin embargo hubo varios momentos en que el Presidente Abugattás se ausentó para presidir la Sesión del Pleno del Congreso, lo que causó malestar entre los presidentes regionales, quienes pidieron mejor criterio en las próximas convocatorias.

TC ratifica sentencia de 25 años de prisión contra Alberto Fujimori por delitos de La cantuta y Barrios Altos




El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por Alberto Fujimori Fujimori, correspondiente al Expediente Nº 4235-2010-PHC/TC (http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2011/04235-2010-HC.html), tras considerar que la Corte Suprema no vulneró su derecho a la pluralidad de la instancia.

Fujimori sostenía que esta vulneración se había producido como consecuencia de no habérsele permitido acceder a una segunda instancia en el incidente de recusación que había planteado contra los Vocales Supremos que confirmaron su sentencia condenatoria. No obstante, el Tribunal Constitucional consideró que el contenido constitucionalmente reconocido del referido derecho no incluye la existencia de una segunda instancia en tales incidentes, a menos que el legislador la haya previsto. En vista de que el legislador no la ha previsto expresamente, ni tampoco la Corte Suprema ha reconocido su existencia por vía interpretativa, a juicio del Tribunal Constitucional, su inexistencia no supone una violación del derecho a la pluralidad de la instancia.

En definitiva, el supremo intérprete de la Constitución, consideró que la opción interpretativa adoptada por la Corte Suprema en el sentido de considerar que no existe una segunda instancia en los incidentes de recusación planteados contra Vocales Supremos, se encuentra constitucionalmente permitida, siendo además compatible con el Principio 20 de los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura, adoptados por el Séptimo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, y habiendo sido adoptada en el marco de un proceso penal que se ha encontrado sometido a un alto nivel de escrutinio institucional y público.

El demandante también consideraba vulnerado su derecho a la igualdad, alegando la existencia de casos en los que, supuestamente, la Corte Suprema sí había reconocido la existencia de la referida segunda instancia. Sin embargo, el Tribunal Constitucional concluyó que los casos que ofrecía Fujimori con términos de comparación, no eran sustancialmente idénticos a aquél en el que su recurso impugnatorio había sido denegado, motivo por el cual no cabía alegar violación alguna del derecho a la igualdad.

En consecuencia, el Tribunal Constitucional encontró plenamente constitucionales las resoluciones supremas cuestionadas a través de la demanda de hábeas corpus, las cuales fueron emitidas en el marco del proceso penal en el que Fujimori fue condenado a 25 años de pena privativa de libertad por los delitos de Barrios Altos y La Cantuta.

Fuerte oleaje inunda varias viviendas en Cerro Azul - Cañete





Un fuerte oleaje ocurrió esta madrugada y ocasionó la inundación de una gran cantidad de viviendas ubicadas en el sector de la playa Cerro Azul, en Cañete.

El oleaje anómalo provocó que el mar se saliera unos 50 a 60 metros formando enormes aniegos, según informó el corresponsal de RPP Noticias en la zona.

Los habitantes del lugar señalaron que el Complejo Pesquero y la Capitanía del Puerto fueron inundados así como diversos negocios, en tanto pescadores indicaron que fueron sorprendidos por el fuerte oleaje ya que lo esperaban mucho más temprano.

Los hombres de mar retiraron sus embarcaciones y lanchas para evitar que estas sean destrozadas por los constantes azotes de las olas.