A continuación la noticia propalada por el blog Primera Línea:
SEDE REGIONAL SE ACERCA A CAÑETE
Se hizo justicia. El Tribunal Constitucional de la República declaró improcedente el recurso de queja presentado por el Gobierno Regional de Lima contra al fallo judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete que ordenó el traslado de la Sede Regional a la ciudad de San Vicente en cumplimiento con el artículo 32 de la Ley de Bases de la Descentralización.
La información la hizo pública el regidor de la comuna provincial, Percy Alcalá Mateó, tras indicar que se esta a la espera de la notificación oficial para iniciar las acciones correspondientes y se cumpla con el traslado legal de la Sede Regional de Huaura hacía Cañete.
Si bien este un logró importante para los intereses de la provincia de Cañete, dijo, aun esta pendiente resolver la acción de amparo presentado por el Gobierno Regional de Lima en la Corte Superior de Justicia de Huaura, donde se les concedió una medida cautelar que en breve quedaría sin efecto, debido al falló otorgado por el Tribunal Constitucional a favor de Cañete.
“Estamos actuando con calma y sin desesperarse porque siempre supimos que Cañete tenía la razón y lo que se ha logrado en este tema es justicia”, continuó diciendo.
Sobre la edificación de la nueva infraestructura que se viene construyendo en la ciudad de Huacho y cuyo letrero dice “que la sede ya es una realidad a favor de los huachanos”, Alcalá Mateo, manifestó que la gestión Chui Mejía solo le queda cambiar la denominación del proyecto por tres simple palabras “Sub Sede Regional”.
De otro lado, Alcalá Mateó, hizo un llamado especial a la candidata de la agrupación política “La Familia”, Rufina Lévano Quispe, para que luego de conocer este fallo del Tribunal Constitucional promueva durante esta campaña electoral el respeto a la ley y exija el cambio de la Sede Regional hacia la provincia de Cañete y no se conforme simplemente con ser la porta voz de Nelson Chui que quiere la instalación de una Unidad Ejecutora en la ciudad de San Vicente.
“Respetamos la posición de todos, pero como ciudadanos orgullosos de haber nacido en esta hermosa tierra llamada Cañete, sabremos defender nuestros derechos”, acotó.
PISEMOS TIERRA:
En primer lugar, han declarado improcedente un recurso de queja (según dice la noticia, hay que esperar la resolución). Este recurso de queja solo se presenta cuando la Corte Superior declara improcedente un recurso de agravio constitucional; seamos más explícitos: el Gobierno Regional de Lima (Nelson Chui) ante la sentencia confirmatoria de la Corte Superior de Cañete que ratifica que Cañete es la Sede Regional presentó un recurso de agravio constitucional y evidentemente ese recurso es improcedente pues solo procede cuando hay sentencia denegatoria, pero en el caso ambas sentencias (ante Juzgado que despacha el Dr. Jacinto Cama y la Sala Superior) han sido estimatorias y contra ello no procede dicho recurso de agravio.
Ante este traspiés del Gobierno Regional ellos han optado por presentar un recurso de queja ante el Tribunal Constitucional , el cual , como era de esperarse, les ha sido adverso. Evidentemente el Tribunal Constitucional está aplicando lo sancionado en el expediente 03908-2007-PA/TC, del caso Provías.
Con esto, ¿podemos celebrar?, de ninguna manera, hay dos procesos constitucionales en Huacho: uno es el proceso de amparo que aún no ha sido resuelto por el Juez Constitucional de Huacho y que si aceptó la medida cautelar e hizo suspender el traslado de la sede. El otro es un proceso de cumplimiento (Exp. 2009-01722) que fue declarado fundado y estableció que el Gobierno regional de Lima "emita la resolución administrativa correspondiente que establezca que la sede del Gobierno Regional de Lima desde el 01 de enero del 2003 ha sido la ciudad de Huacho", este proceso está en la Sala Mixta Transitoria del distrito judicial de Huaura.
Dicho lo anterior, ¿podemos celebrar?, de ninguna manera, falta mucho pan por rebanar, y será un tema de debate entre los candidatos regionales.
EDGARD CAMA.
NOTA: Como decíamos anoche, y hoy al tener a la vista la Resolución del Tribunal Constitucional del Expediente N° 00269-2009-Q/TC (gracias a la cortesía del Blog Buenos Días Cañete) nos reafirmamos en lo dicho, con la sola salvedad que quien presentó el recurso fue Pedro Zurita y no el Gobierno Regional.
La posición en discordia del magistrado Beaumont Callirgos no es respecto al fondo del asunto sino a un problema de forma, él considera que debería proceder el recurso de queja y el TC debería ver el fondo del asunto por "economía procesal", pues de todas maneras se tendrá que examinarlo a través de otro proceso constitucional, es decir a través de un proceso de amparo (que ya se está viendo en el 1° Juzgado Especializado en lo Civil de Huaura que despacha el Dr. Manuel Jara Chumbes), por esta razón, de la "economía procesal", es que los doctores Baumont y Landa se opusieron al cambio de precedente constitucional en el caso Provías, por tanto Beaumont, én esta resolución de queja, lo que está siendo es ser coherente con su posición ya señalada anteriormente.
A continuación la referida resolución:
TC Improcedencia Del Recurso de Queja