martes, 31 de julio de 2012

COPA PERÚ: EMPIEZA LA DEPARTAMENTAL



ESTRELLAS DEL DEPORTE: La Voz de los Campeones


Por: Alberto Ramos “Ramitos”

Recién el martes por la noche, en la Liga Departamental de Fútbol de Lima, se logró la programación de los equipos Cañetanos, designándose los estadios en donde se jugarán los partidos de la primera fecha.

Habrá doblete en el estadio Municipal de Mala, a la 1.30 de la tarde San Lorenzo de Porococha de Mala, Sub Campeón de Cañete recibe la visita de River Plate de Canchacalla, Campeón de Huarochirí….. El partido de fondo a las 3.30 de la tarde lo jugará Estudiantes Mina Condestable, enfrentando a Juvetud Santa Ana de Pativilca, Campeón de Barranca.

Finalmente el Campeón cañetano Walter Ormeño debuta en la Etapa Departamental de la Copa Perú primera fecha enfrentando al Deportivo Amauta de Huarochirí. El partido está programado en el Estadio Municipal Solís García de Chosica a las 3.30 de la tarde.

Walter Ormeño, en vía de preparación ha programado un partido de preparación el miércoles en el estadio Oscar Ramos enfrentando al Deportivo Municipal, Campeón de Lima Metropolitana. Este partido servirá a ambos equipos para probar probables jugadores refuerzos para fortalecer sus cuadros. Toda la información de la Etapa Departamental de la Copa Perú la escuchará usted y el mundo entero por radio A-1 con Estrellas del Deporte, La voz de los Campeones, este domingo desde las 3.00 de la tarde. RADIO A-1 EVOLUCIONANDO 88.7 FM y señal en vivo por internet……

MAQUINARIA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA CONTINUA CON TRABAJOS DE MEJORAMIENTO DE CAMINOS RURALES EN CAÑETE



• Consejera Regional Liliana Torres realizó inspección de los trabajos y saludó labor del alcalde del Distrito de Zuñiga.
• Por su parte el burgomaestre de la zona agradeció al presidente Javier Alvarado por el apoyo brindado.

Con la finalidad de apoyar los trabajos que ejecuta la Municipalidad Distrital de Zúñiga, el Gobierno Regional de Lima, que preside Javier Alvarado Gonzales del Valle, a través de la Unidad Ejecutora Lima Sur, realizó labores de mejoramiento de caminos de acceso al Rio Cañete en la zona de Pampa Grande y Chunta.

La Consejera Regional Dra. Liliana Torres Castillo acompañada del Alcalde de Zúñiga Fausto Paucar Manrique, inspeccionaron las tareas de canalización de acequias, embellecimiento de los muros de delimitación o pircas artesanales con el objeto de darle un aspecto atractivo al turismo local y receptivo.

El pool de maquinarias integrado por un cargador frontal, motoniveladora, volquete y cisterna apoyaron en los trabajos de nivelación y perfilado así como el rellenado con afirmado y compactado de un kilometro aproximado de carretera.

“Saludar al alcalde Fausto Paucar Manrique, quien viene trabajando muchísimo por Zúñiga, vemos con mucho entusiasmo como han hecho este acceso, no solamente para las personas que tienen sus terrenos en esta zona, sino también para poder ingresar al rio y darle un valor agregado a su distrito con este circuito turístico, que servirá también como embarcadero para las practicas del canotaje y kayak”, señalo la Consejera Regional.

Por su parte el alcalde de Zúñiga, agradeció al presidente Javier Alvarado y a la consejera regional por la determinación inmediata de trasladar el equipo de maquinarias para culminar las labores que permitirán la transitabilidad de vehículos menores y a los agricultores del lugar sacar sus productos hacia los mercados de la provincia y de ciudad capital

domingo, 29 de julio de 2012

WALTER ORMEÑO CAMPEÓN DE LA ETAPA PROVINCIAL 2012



ESTRELLAS DEL DEPORTE: La Voz de los Campeones

Por: Alberto Ramos “Ramitos” 

La Copa Perú Etapa Provincial ya tiene Campeón…..Walter Ormeño, el campeón Imperialino se coronó Campeón Provincial de la Copa Perú en Cañete, al derrotar en tiros de penal 7 a 6 a San Lorenzo de Porococha, Campeón Distrital de Mala, luego de haber concluido el partido y el tiempo suplementario 1 a 1.

El partido se desarrolló en el estadio Roberto Yáñez de San Vicente ante más de 4,500 espectadores en su mayoría hinchas del Walter Ormeño, que se ubicaron como siempre en las tribunas de Oriente, mientras que la hinchada Maleña se ubicó en las tribunas de occidente.

Aperturó el marcador Walter Ormeño a los 44 minutos del primer tiempo con gol de José Sihueñas y cuando se jugaba el segundo minuto de tiempo adicionado, de los 3 que había ordenado el árbitro Roger Seminario para terminar el partido, con tiro de penal empató San Lorenzo de Porococha gol de Rony Chacón. El tiempo suplementario de 15 y 15 minutos no varió el resultado, dando lugar a los tiro de penal.

De los 9 disparos ejecutados por cada equipo, San Lorenzo falló en 3 oportunidades, mientras que Walter Ormeño el Campeón provincial falló solo en dos oportunidades. El gol del triunfo lo marcó Wilfredo Aparicio que clasificó campeón a Walter Ormeño después de casi dos décadas que esperó este momento, que recordará para siempre la hinchada Ormeñista, muchos de ellos desbordaron la malla olímpica pasando por encima de ella para felicitar a los jugadores de Walter Ormeño, situación incómoda e incontrolada que debe corregirse para el futuro.

La celebración de la hinchada ormeñista se trasladó a través de la Av. Mariscal Benavides rumbo a la Plaza de Armas de Imperial donde se vivió momentos de gran algarabía.

La Próxima semana Walter Ormeño, jugará de visita ante el Deportivo Amauta, Sub Campeón de Huarochirí..... Mientras tanto el sub campeón de Cañete San Lorenzo de Porococha de Mala recibirá la visita del River Plate de Canchacalla, Campeón de Huarochirí.

JAVIER ALVARADO SALUDA ANUNCIO SOBRE LA MODIFICACION DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIONES (SNIP) DURANTE DISCURSO DE HUMALA



El Presidente Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, saludó el anuncio del Presidente de la República Ollanta Humala Tasso de modificación del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) para reducir a la mitad el tiempo del proceso de aprobación de los proyectos.

“La reducción de los plazos en la aprobación de la viabilidad de los proyectos de inversión permitirá realizar más obras en menor tiempo, y con ello se contribuirá a generar un acelerado desarrollo de las regiones y sus pueblos, como lo será en el caso de nuestra región Lima”, dijo.

En su Mensaje de 28 de Julio, Ollanta manifestó que la iniciativa fue atendiendo las demandas y sugerencias de las autoridades regionales y locales.

“Hemos introducido dos mejoras significativas que permitirán primero incluir en la inversión pública aspectos como capacitación, asistencia técnica, asesoría de gestión y adopción de tecnologías y segundo se reducirá a la mitad del tiempo el proceso de aprobación de los proyectos”, señaló.

De otro lado, Alvarado también calificó de positiva la mejora remunerativa de los profesores del país dado que ello redundará en una mejor calidad de la enseñanza y el aprendizaje de los alumnos. Javier Alvarado Gonzales del Valle participó hoy desde muy temprano en la Misa y Te Deum en la Catedral de Lima, y luego de desplazó a pie por la calle Junín hasta el Congreso de la República para asistir de la Sesión Solemne con motivo de conmemorarse el 191 Aniversario de la Independencia Nacional y el Mensaje al Congreso por el Presidente de la República Ollanta Humala Tasso. La autoridad regional estuvo acompañado de sus colegas de los Gobiernos Regional de Huancavelica e Ica, Maciste Díaz Abad y Alfonso Navarro Cabanillas, respectivamente, así como de la alcaldesa de Lima Metropolitana, Susana Villarán.

CON GRAN FERVOR NACIONAL CAÑETANOS PARTICIPARON DE ACTIVIDADES PROTOCOLARES POR FIESTAS PATRIAS



La Consejera Regional Dra. Liliana Torres Castillo en representación del Sr. Presidente del Gobierno Regional de Lima Javier Alvarado Gonzales del Valle, participó de las actividades protocolares del 191º Aniversario de Proclamación de la Independencia Nacional en la provincia de Cañete.

Los actos conmemorativos se iniciaron con la Misa Te Deum en la Catedral de San Vicente. Culminada la acción litúrgica las autoridades realizaron el paseo de la bandera por las principales arterias del Distrito Capital hasta llegar a la plaza San Martin.

En el lugar se procedió con el izamiento del pabellón nacional, la entonación del Himno Patrio y la entrega de ofrendas florales a cargo de las principales instituciones públicas y privadas de la localidad, que a continuación se detalla.

El Gobierno Regional de Lima a través de la Unidad Ejecutora Lima Sur y la Agencia Agraria Cañete estuvo representado por la Consejera Regional Dra. Liliana Torres Castillo y el Ing. Juan Suarez Gómez, la Municipalidad Provincial de Cañete a cargo de la alcaldesa Maria Montoya y el consejo en pleno, la Gobernación de Cañete por el Ing. Armando Samaniego, la Corte Superior de Justicia de Cañete por su presidenta la Dra. Luz Gladys Roque Montesillo, el Ministerio Publico representado por el Dr. Julio Aurelio Manrique Zegarra, la Policía Nacional por el Coronel Leónidas Arribasplata y la UGEL 8 Cañete por la Lic. Amelia García Pérez.

Culminada las actividades en la plaza San Martin, las autoridades, escoltas y batallones se dirigieron a la calle de la peruanidad, la Avenida Los Libertadores para dar inicio al gran desfile cívico escolar militar, donde se aprovechó para premiar a los alumnos del colegio Mixto San Luis y Nuestra Señora del Carmen de Imperial, ganadores del I Concurso Provincial de Canto al Himno Nacional.

Finalmente en la Municipalidad Provincial de Cañete, con la lectura del Acta de la Independencia a cargo de la regidora más joven la docente Jennifer Trigueros, culminó la jornada conmemorativa de nuestra Fiesta Nacional.

740 alcaldes fueron sometidos a consulta popular de revocatoria durante los últimos siete procesos



La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informa que de los 740 alcaldes que fueron sometidos a consulta popular de revocatoria durante los siete procesos realizados a lo largo de nuestra historia electoral, 210 (28%) terminaron siendo revocados, mientras que 530 (72%) fueron ratificados en sus cargos.

La primera vez que se ejerció este derecho de control ciudadano, en 1997, fueron sometidos a consulta 61 alcaldes, resultando revocados 42 y ratificados 19. En la segunda ocasión, en el 2001, los burgomaestres sometidos a consulta fueron 166, de los cuales 11 debieron dejar sus cargos, mientras que 155 fueron confirmados.

En el 2004, durante la tercera consulta popular de revocatoria, los ciudadanos decidieron que de los 187 alcaldes inmersos en la consulta, 29 debían que dejar sus cargos y que 158 continuarían en las alcaldías.

Durante las dos consultas populares de revocatoria que se realizaron en el año 2005, una en julio y otra en octubre, 11 alcaldes fueron revocados y 8 ratificados.

En el 2008, el electorado decidió recortar el mandato de 95 alcaldes y mantener como burgomaestres a 145. Finalmente, en el 2009, de los 67 alcaldes sometidos a la consulta popular de revocatoria, el electorado decidió separar del cargo a 22, mientras que 45 recibieron el respaldo para proseguir en el ejercicio del mandato edil.

La Consulta Popular de Revocatoria (CPR) 2012, que se realizará el 30 de septiembre, es la octava en la historia electoral peruana

miércoles, 25 de julio de 2012

Corte IDH reiterará que en Barrios Altos se cometieron delitos de lesa humanidad

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) reiterará su jurisprudencia respecto a que en la matanza de Barrios Altos se cometieron delitos de lesa humanidad, afirmó hoy Santiago Cantón, ex secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Fue al comentar el fallo de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que señala que en la matanza de Barrios Altos, perpetrada por el grupo Colina el 3 de noviembre de 1991, no se cometieron crímenes de lesa humanidad.

Recordó, incluso, que el caso Barrios Altos todavía no se ha cerrado en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y no descartó que los peticionarios de dicho caso recurran a la Corte IDH a solicitar una audiencia de seguimiento.

Cantón dijo a Ideeleradio que los argumentos del fallo emitido por el tribunal que preside el vocal supremo Javier Villa Stein están muy alejados de lo que señala la jurisprudencia internacional, la cual en las últimas décadas ha indicado claramente que sí se trata de un delito de lesa humanidad.

Consideró sin fundamento que la Sala Penal de la Corte Suprema de Perú argumente que no hubo delito de lesa humanidad por el hecho de que las víctimas de Barrios Altos no eran población civil.

“Inclusive en aquellos casos en que se tratara de personas combatientes, si en el momento de los hechos estaban haciendo otra actividad también es población civil y, por lo tanto, está muy alejado de lo que es la jurisprudencia internacional en esta materia, sentando un precedente grave para Perú y esperemos que no para otros países de la región”, aseveró.

La resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, que ha sido rechazada por diversos sectores de Perú, reduce las penas a los integrantes del grupo Colina.

Manifestó que el caso de la matanza de Barrios Altos dio la vuelta al mundo y sirvió de doctrina para diversos países de América Latina como Argentina, y por eso resulta lamentable que hoy se trate de interpretar de una manera ajena a la jurisprudencia internacional.

“Recordemos que los juicios que tienen lugar en Argentina a todos los civiles y militares responsables por violaciones de derechos humanos se fundamentan en una decisión de la Corte Suprema Argentina, donde el caso Barrios Altos es una de las fuentes principales, si no la fuente principal para la decisión de la Corte Suprema Argentina”, argumentó.

El feriado largo páselo bien con su familia en Canta, Cañete y Huancaya

Provincias de Lima estiman ingreso de 50 mil turistas para este feriado. Otros destinos favoritos son Lunahuaná, Yauyos, Huaral. Paquetes  turísticos por todo un día se ofrecen desde 30 nuevos soles


NOTA DE LA REPÚBLICA.

Este 28 de julio, nuestro país cumple 191 años de independencia y una de las formas favoritas de los peruanos para celebrar el orgullo por la tierra que nos vio nacer es conocerla, explorarla, y en estos tiempos los destinos preferidos son las cálidas y tranquilas provincias en las afueras de la capital.

Por ejemplo, si gustas del cielo azul y tu olfato es capaz de captar la pureza del aire, a solo tres horas de Lima se encuentra el bello y tranquilo pueblito de Canta.

Para llegar hasta ahí solo tienes que ubicar la populosa Av. Túpac Amaru, en el Cono Norte, si estás en Carabayllo a la altura de la cuadra 34 de dicha avenida puedes tomar los buses que salen hasta allá.

De igual manera, a la altura de la cuadra 3 de la avenida Gerardo Unger, cerca a la Universidad Nacional de Ingeniería, diversas empresas ofrecen pasajes desde 25 nuevos soles. También vía Internet se ofrecen los ya conocidos tours full days que van desde S/. 30 (un día) hasta S/. 250 (4 días), los cuales pueden ser separados escribiendo a reservacionesperu@hotmail.com o llamando al 544 4315 – 9932 16776.

En este último caso, la partida será desde el cruce de la avenida Javier Prado con Arequipa. ¿Qué nos ofrece este tour? Campamentos en Canta, Lunahuaná, paseos por Paracas y, encima, puedes optar por ir hasta Paracas e Ica.

COMO EN LA SIERRA
Si decides ir en auto propio recuerda que Canta está a 100 km de Lima y los hospedajes varían desde S/. 10 hasta S/. 100 dependiendo la demanda. En este mágico lugar destacan los atardeceres bellos, la comida tradicional como la patasca, la trucha, etc.

También están poblados atractivos cercanos como Cantamarca, Obrajillo y Santa Rosa de Quives, donde destacan los famosos Petroglifos de Checta, un conjunto de 450 figuras de animales grabadas en piedra.

Lugares que son como la sierra misma, la parte donde se aprecia mejor la naturaleza y los atractivos de la región Lima. No se quedan atrás tampoco los pueblos de Huancaya y Yauyos, afectados por las lluvias en los malos tiempos, pero hoy lucen recuperados y con un clima seco y más amable.

Para ser parte de esta aventura, en Internet se ofrecen diversos paquetes turísticos de cuatro días y tres noches desde S/. 459 con todo incluido. La salida es mañana jueves 26 de julio y dura hasta el domingo 29 de julio, más información y detalles al respecto en la página web www.huancayaperu.com.

La hora de embarque es a las 7:30 am desde el ex cine Orrantia en San Isidro. También puede salir el día 27 y gozar de tres días por S/. 359. Los atractivos que podrás disfrutar son las Cascadas del Amor, laguna Huallhuas, Vilca, laguna Papacocha, Bosque del Amor Cajaure, cascadas el Edén , por mencionar solo algunas.

HUACHO A HUARAL
Otras rutas que no se pueden obviar son las provincias de Huaral y Huaura, donde Don José de San Martín dio el primer grito de nuestra Independencia antes de hacerlo en el corazón de Lima. También cabe precisar lugares atractivos como Huacho, próxima además a la Reserva Nacional Lomas de Lachay.

¿Cómo llegar? Desde Lima, tiene dos opciones conocidas, una es el terminal de Fiori, en el 13,5 km de Alfredo Mendiola, Panamericana Norte; y el terminal de Lima Plaza Norte en la Av. Tomás Valle. Los boletos van de 15 a 30 soles, según las empresas.

CLAVES
Más de diez mil visitantes espera recibir este fin de semana el distrito de Lurín, especialmente en sus playas de San Pedro y Arica, donde, según la comuna, se podrá acampar con tranquilidad, pues se contará con medidas de seguridad.

La región Lima dio a conocer diversas rutas propuestas, como Huaura, Cajatambo, Barranca, Oyón, Huaral, Yauyos, Cañete, Huarochirí y Canta. Más información para los turistas en el 239-1030 anexo 26.

EN CIFRAS
50 mil turistas esperan recibir las provincias de Lima.
S/. 30 es el precio base de tours ofrecidos en Internet.

lunes, 23 de julio de 2012

La sentencia del caso Barrios Altos: el nuevo instrumento de la impunidad


Autor(a): Carlos Rivera Paz

La matanza de Barrios Altos -3 de noviembre de 1991- fue perpetrada por los integrantes del Destacamento Colina como parte de una política sistemática diseñada y alentada por el entonces Presidente de la República Alberto Fujimori Fujimori, hoy condenado por ese mismo crimen. Si bien en 1995 el coraje de la Fiscal Ana Magallanes y de la jueza Antonia Saquicuray lograron que se abriera un proceso penal contra 5 elementos de dicho destacamento, eso fue la principal causa para que, en junio de ese año, se dictaran las leyes de amnistía y con ellas el archivamiento del proceso judicial. Sería la Corte Interamericana de Derechos Humanos la que tras la histórica sentencia del 14 de marzo de 2001, posibilitó reabrir el proceso penal los primeros días del mes de abril de ese a cargo de la jueza Victoria Sánchez Espinoza.

Tras un largo y difícil proceso judicial la Sala Penal Especial anticorrupción –presidida por Inés Villa e integrada por Inés Tello e Hilda Piedra- y tras superar las múltiples estrategias dilatorias de los casi 50 acusados, el 1 de octubre de 2010 dicho tribunal dictó sentencia condenatoria contra Vladimiro Montesinos Torres, Nicolás Hermosa Ríos, Juan Rivero Lazo, Julio Salazar Monroe y todos los oficiales y suboficiales integrantes del Destacamento Especial de Inteligencia “Colina”. Los primeros y los jefes operativos del destacamento fueron, como corresponde, condenados a 25 años de pena, la máxima que la ley penal permitía.

Recién el 13 de junio de este año se pudo realizar la audiencia de informes orales ante la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema después de que este tribunal tuvo que ser reconstituido debido a la recusación de la mayoría de magistrados titulares, como Elbia Barrios, Duberly Rodríguez y Calderón Castillo. Cosa curiosa: el magistrado Vila Stein jamás fue recusado. Este hecho permitió el ingreso a este tribunal de nuevos magistrados, que son los que han firmado la sentencia del caso. En esa audiencia no solo se advirtió la decisión del Tribunal Constitucional de excluir a Julio Salazar Monroe por un supuesto exceso en la tramitación del proceso, sino que los asistentes fuimos testigos de un manejo enteramente parcializado de parte del presidente de la Sala, el magistrado Villa Stein, al punto de sugerir a los acusados como Juan Rivero Lazo estrategias de defensa, no permitir que el Procurador Público hable más de 5 minutos y dejar que Montesinos hable 45 inclusive sobre asuntos no vinculados al proceso y hacer sorna sobre la labor de las organizaciones de derechos humanos.

La sentencia de la Sala Penal Permanente

El viernes último la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia hizo pública la sentencia del caso Barrios Altos luego de una entrevista televisiva del presidente de dicha sala. En términos concretos la sentencia significa un acto de impunidad, porque tiene como evidente objetivo favorecer de manera indebida a los condenados –y también a Alberto Fujimori- por ese crimen horrendo. Para dar sustento a nuestra afirmación creemos que resulta indispensable precisar aquellos aspectos más notales de ilegalidad contenidos en la resolución suscrita de manera unánime por los magistrados Villa Stein, Pariona Pastrana, Salas Arenas, Morales Parragués y Miranda Molina.

1) El primer asunto es el referido a la nulidad de la condena de todos los acusados por el delito de asociación ilícita para delinquir bajo el argumento de que fueron condenados sin que la fiscalía haya presentado denuncia por ese delito. Eso no es cierto, porque la fiscalía sí presentó denuncia luego de que la jueza de la causa readecuara el tipo penal hacia la figura de asociación ilícita como en aquel momento (2001) la ley procesal penal lo permitía. Ello es tan cierto que desde aquel año hasta el fin de la causa judicial ha participado en el proceso judicial el Procurador Público ad hoc porque solo la denuncia por este delito pudo su posibilitar su intervención por ser justamente un delito en agravio del Estado. ¿Cuál es la relevancia de este delito? Una muy relevante. La existencia de una asociación ilícita da cuenta de la existencia de una organización criminal al interior del Estado y si ello no existe, entonces estamos ante eventos criminales aislados y no sistemáticos.

2) Un segundo asunto -capaz el más grave- es que la sentencia desconoce la calificación del crimen de Barrios Altos como crimen de lesa humanidad. Efectivamente, la sentencia de octubre de 2010 emitida por la Sala Penal Especial anticorrupción calificó a este crimen y la desaparición de los campesinos de El Santa y del periodista Pedro Yauri como crímenes de lesa humanidad, pero la Sala Penal Permanente ha señalado que solo se trata de un delito común. ¿Cuál es el fundamento de los magistrados supremos? Si bien la sentencia de la Suprema reconoce que para que una grave violación a los DDHH constituya un crimen de lesa humanidad deben concurrir tres elementos: a) que sea parte de un ataque sistemático o generalizado; b) que sea una política de Estado; y c) que sea un ataque contra la población civil, a continuación señala como argumentos que si bien es posible reconocer que los crímenes del Destacamento Colina fueron parte de una política de Estado, aquella “…política del Estado no era contra la población civil, sino dirigida contra los mandos y delincuentes terroristas, que conforme se señaló líneas arriba no forman parte de la población civil, en consecuencia, los delitos atribuidos a los procesados, tales como asesinatos y lesiones producidas a los agraviados, vulneraron sus derechos humanos, sin embargo, no configuran el crimen de lesa humanidad, por no cumplir tal requisito.” (párrafo 162).

Increíblemente la sentencia –sin señalar evidencia alguna- determina implícitamente que los ciudadanos asesinados en el solar de BBAA eran terroristas y consecuentemente no eran civiles y por ello podían ser ejecutados sumariamente. Ello –además- pareciera otorgarles una condición establecida en el derecho internacional humanitario, la de fuerza beligerante, que jamás se le ha reconocido, simplemente porque jamás la tuvo.

Adicionalmente, la Sala Penal afirma que no sería posible condenar a los integrantes del destacamento Colina como autores de un crimen de lesa humanidad porque –asegura- esta calificación no está señalada ni en la denuncia ni en la acusación del Ministerio Público no señaló tal calificación. Esto es una tremenda mentira porque en la acusación del Fiscal Superior Pablo Sánchez, del 11 de mayo de 2005, se establece muy claramente que “…en autos ha quedado demostrada la comisión de crímenes de lesa humanidad, habiéndose determinado un concurso real de los siguientes delitos tipificados en el código penal: homicidio calificado, asociación ilícita para delinquir, secuestro agravado y desaparición forzada de personas….” Por lo tanto, el Ministro Público si cumplió con su obligación legal.

Pero, además, consideramos que el argumento de la sentencia es maniqueo porque si bien es cierto cuando en 1995 se formuló la denuncia fiscal por el crimen de Barrios Altos no se consignó esta calificación del derecho internacional, pero cuando se reinició la instrucción el 2001 y de una manera más intensa durante el juicio oral iniciado el 2005 la actividad probatoria de la fiscalía y la parte civil y el debate judicial estuvieron esencialmente centrados en los tres elementos constitutivos del crimen de lesa humanidad: la práctica sistemática y generalizada de los crímenes del destacamento Colina, los crímenes como política de Estado y el que tales ilícitos tenían como agraviados a civiles.

Ciertamente nadie puede ser condenado por un delito por el que no fue denunciado o acusado, pero la calificación del delito de asesinato -establecido en la ley penal nacional- como crimen de lesa humanidad no significa la imputación de un nuevo y diferente hecho delictivo, sino de una adecuación de la figura delictiva del derecho penal interno (asesinato) considerad en la denuncia a las disposiciones del derecho internacional y consecuentemente no puede resultar ser una exigencia procesal indispensable para considerarla en la sentencia. Tal calificación se puede establecer en cualquier etapa procesal si es que se ha cumplido con discutir –y sobre todo probar- en el curso del proceso que los hechos cumplen con las exigencias de los delitos de lesa humanidad. Por lo demás, hay que destacar que esta es la práctica de los tribunales nacionales en aquellos casos en los que se ha identificado crímenes de lesa humanidad.

3) Un tercer asunto es la absolución del Coronel EP Alberto Pinto Cárdenas -Jefe del SIE en 1992- quien fue condenado por el tribunal superior por los casos de El Santa y Pedro Yauri y que increíblemente ha sido absuelto por la sentencia de la Suprema bajo el argumento de que él simplemente estaba ejerciendo sus deberes funcionales cumpliendo órdenes superiores –como destacar agentes para integrar el grupo Colina-. La sentencia declara que, “…se advierte que el imputado actuó en cumplimiento a las órdenes emitidas por la DINTE, relacionadas al cese de destaque de personal, -siendo la función de dicha unidad del Ejército, administrar al personal de inteligencia y contrainteligencia, en aquellos procedimientos de personal derivados de los requerimientos de seguridad-, de conformidad con lo regulado en el Manual de Operación y Funciones MOF de la DINTE, de 1991...” (párrafo 314), con lo cual la Suprema interpreta que favorecer el funcionamiento del destacamento Colina, sabiendo perfectamente cuál era su misión (asesinar), ello solo es parte de su “oficio cotidiano” y por lo tanto no es responsable. Ello no es otra cosa que la aplicación en la jurisprudencia interna de la llamada obediencia debida, concepto absolutamente proscrito por del derecho internacional.

4) El cuarto asunto es el referido a la reducción de las penas. La sentencia reduce las condenas de todos los condenados desde Vladimiro Montesinos hasta Juan Sosa “Kerosene” Saavedra sin expresar justificación alguna. Si bien la Suprema Corte tiene la atribución legal de reducir la pena impuesta esto solo puede ocurrir sin concurre algún tipo atenuante, que en el presente caso no existe. Por el contrario existen todos los elementos agravantes de un evento criminal y por ello merecían la máxima sanción. Al respecto es interesante destacar que el viernes 20 Villa Stein argumentó ante Canal N que la reducción se debe a que resultaba ser una forma de compensar a los condenados por el excesivo plazo de duración del proceso, pero no menciona una palabra de las estrategias obstruccionistas y dilatorias de los casi 50 procesados, pero el domingo 22 el mismo Villa Stein –en el canal 4- dijo que la reducción se debía porque se había eliminado el delito de asociación ilícita para delinquir y al haber menos delitos la pena debía ser menor. ¿Cuál es el verdadero argumento? En realidad pareciera que poco importa. El hecho es que se trataba de premiar a los asesinos y así lo hicieron.

5) En quinto lugar, la sentencia abandona la teoría de la autoría mediata por medio de un aparato de poder organizado y solo mantiene la condena de los jefes –Montesinos Torres, Hermosa, Rivero Lazo y Salazar Monroe- en condición de co autores. Si bien solo parece una discusión jurídico penal que no debería tener mayor relevancia porque en ambos se puede aplicar la misma pena, lo cierto es que ese cambio si tiene una particular relevancia en la interpretación judicial de los acontecimientos criminales, porque es solo la autoría mediata la que permite reconocer de mejor manera los llamados crímenes sistemáticos cometidos por un aparato de poder organizado y, sobre todo, ayudar a determinar en su real dimensión la existencia de una mayor responsabilidad penal de los jefes, porque son ellos los que emiten las órdenes superiores para ejecutar los crímenes. Eso no se logra con la co autoría. Así, desconociendo de un aparentemente simple argumento jurídico la sentencia termina desconociendo la naturaleza misma de la organización criminal estatal.

El caso Fujimori

Si bien la condena dictada contra Alberto Fujimori -en abril de 2009- por la Sala Penal Especial presidida por César San Martín, tiene la condición de cosa juzgada, es evidente que la defensa del ex presidente después de la confirmación de la condena ha desarrollado una estrategia esencialmente política y en esa dimensión la Sala Penal de Villa Stein les ha entregado un magnífico instrumento político para cuestionar la sentencia condenatoria y, seguramente, lograr abrir un nuevo debate sobre la necesidad de liberarlo. De hecho –como ya lo han dicho algunos fujimoristas- el argumento es que si la sentencia de abril de 2009 califica a los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad, la sentencia de julio de 2012 dictada en el caso Barrios Altos califica a este crimen como un delito común y –formalmente- ambas tienen el mismo valor. Fujimori necesitaba una palanca y el juez Villa Stein se las dio.

miércoles, 18 de julio de 2012

Congreso de la República distingue a miembros de la Sociedad Civil, dentro de ellos al Pdte. Regional Javier Alvarado


El Congreso de la República distinguió con medalla y diploma de la Orden a más de 50 personas de los departamentos de Tumbes, La Libertad y Lima, por haber cumplido una eficiente labor en bienestar de la sociedad.

El reconocimiento fue hecho en ceremonia realizada en la sala Raúl Porras Barrenechea, que fue presidida por el primer y segundo vicepresidente del Poder Legislativo, Manuel Merino De Lama (AP) y Michael Urtecho Medina (SN), respectivamente.

La niña Alecia Hualpa Cornejo, escolar de diez años de edad del Colegio “Mercedes Indacochea” de Barranco, fue distinguida por haber logrado la medalla de oro en esgrima en el último campeonato sudamericano realizado en Uruguay.

También se impuso la medalla del Congreso a la religiosa brasileña Dilsi Pasini, directora de la Casa Hogar “Santo Toribio de Mogrovejo”, ubicada al costado del Hospital 2 de Mayo, por cumplir una labor social en apoyo de los más necesitados del país.

En reconocimiento a su destacada labor al servicio del país, el presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle, fue condecorado por el Primer Vicepresidente Manuel Merino y el Tercer Vicepresidente del Parlamento, Michael Urtecho.

En esta oportunidad, el Titular de Lima Provincias ha sido la única autoridad regional convocada para recibir dicha distinción de los legisladores, que a través de una medalla y diploma han destacado el trabajo que desarrollan personalidades de diversas partes del país. En el caso de la autoridad regional se debe por su buena labor que viene desarrollando al frente del Gobierno Regional Lima, demostrado por los logros obtenidos por su gestión.

Durante la ceremonia el presidente Javier Alvarado estuvo acompañado por su señora esposa Silvia Blatter y sus dos menores hijos, Neil y Briz, así como los Directores Regionales de Turismo Lic. Humberto Barba, de Educación Prof. Ricardo Dolorier y de Salud Dr. Marco Montoya.

“Es un día muy importante porque estamos reconociendo el esfuerzo y dedicación de muchas personas connotadas que realizan labores de servicio que enaltece al ser humano. Creemos que esta distinción trae seguramente mucha alegría a sus familias y a ustedes mismos, pues son actos que trascenderá en la historia”, señaló el legislador Michael Urtecho, quien se encargó de inaugurar la ceremonia.

Una vez recibido el reconocimiento, el presidente Javier Alvarado dedicó este logro personal a su familia, funcionarios del Gobierno Regional de Lima y a la población que conforman las nueve provincias de nuestra región.

“Hoy recibimos un reconocimiento de parte de uno de los poderes del Estado pues los Congresistas han tenido la gentileza de invitarnos. Estamos muy contentos que se reconozca el trabajo, no sólo de Javier Alvarado sino de todos nuestros funcionarios”, sostuvo muy emocionado el presidente de la región Lima, quien agregó que al recibir la medalla recordó a sus padres por inculcarle el amor al país.

En declaraciones a la prensa el titular de la región, señaló que el reconocimiento del Congreso lo compromete a seguir trabajando con mayor fuerza en beneficio de sus 128 distritos y 9 provincias de la Región Lima.

“Hermanos de la región Lima, este reconocimiento también es para ustedes, porque gracias a su respaldo seguimos avanzando y logrando importantes avances en beneficio de nuestros pueblos”, puntualizó.

IMPORTANTE REUNIÓN DE TRABAJO SOBRE LIMITES TERRITORIALES ENTRE CHINCHA Y CAÑETE



El Sr. Presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales del Valle, participó de una importante jornada de trabajo sobre la problemática de los límites territoriales entre Chincha y Cañete en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Cañete.

Por más de cuatro horas las principales autoridades, sociedad civil, líderes, ciudadanía y hombres de prensa participaron de ésta primera asamblea con la exposición magistral del historiador cañetano Dr. Luciano Correa Pereira y del joven profesional Ing. Jhony Pérez Pacheco de la oficina de acondicionamiento territorial del Gobierno Regional de Lima, tanto en el aspecto histórico, geográfico y jurídico.

“Hoy participamos de una reunión importante por algo que nos preocupa, se trata del expansionismo que pretenden algunos ciudadanos de la provincia de Chincha, hoy los argumentos han sido contundentes y sólidos, no queda la más mínima duda que nuestros límites es hasta la quebrada Topará y reafirmamos esta posición”, manifestó el Presidente Javier Alvarado.

Trascendental reunión que contó con la participación de la alcaldesa de Cañete Maria Montoya Conde, de los señores congresistas Elard Melgar y Wilder Ruiz, la consejera regional Dra. Liliana Torres, el gobernador de Cañete Ing. Armando Samaniego, de los señores alcaldes distritales Hugo Rivas de Cerro Azul, Luis Conislla de Lunahuaná, Zulma Matumay de Nuevo Imperial, Juan Huapaya Ávila de Calango, Delia Solórzano de San Luis, Dr. Pedro Riega de Santa Cruz de Flores y Joaquin Ayala de Nuevo Ayacucho, el gerente regional de planeamiento, presupuesto y acondicionamiento territorial Econ. Manuel Villarán, el gerente de la Unidad Ejecutora Lima Sur Ing. Genaro De Paz Moreno, el presidente del frente de defensa de Cañete Ítalo Maldonado los regidores provinciales Flor de Maria Ramos, Alexander Bazán, José Caico, Raúl Meza, Jennifer Trigueros, Miguel Ángel Zulueta y Fermín Quispe y el comisario de San Vicente Comandante PNP. Rudy León entre otras personalidades.


La consejera regional Dra. Liliana Torres Castillo, destacó el trabajo conjunto que vienen desarrollando las autoridades regionales y de la comuna provincial. “Ahora podemos ver el resultado de las tareas encomendadas, quedando tan solo las labores congresales y en eso todos tenemos que poner el hombro”, señaló

martes, 17 de julio de 2012

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA CONVOCA AL II CONCURSO REGIONAL DE COMPRENSIÓN LECTORA PARA MAESTROS




Este importante certamen busca elevar el nivel de competencia lectora de los docentes.


(Huacho, martes 17 de julio).

Con el objetivo de elevar los niveles de competencia lectora de los maestros y contribuir a la consolidación de una educación de calidad con equidad, a través de una generación de maestros lectores, el Gobierno Regional de Lima lanzó oficialmente el II Concurso Regional de Comprensión Lectora.

La convocatoria está abierta a todos los docentes de las instituciones educativas públicas y privadas de los diferentes niveles y modalidades de la Región Lima. Las inscripciones serán hasta el día 10 de octubre. Se podrá hacer de manera virtual o presencial, en el área de gestión pedagógica de la UGEL respectiva.

Al momento de la inscripción recibirán un módulo de lectura que consta de 3 libros: Educar para Comunicar, del R.P. Manuel Tamayo; Tradiciones Peruanas de Ricardo Palma; y Proyecto Educativo Regional PER CARAL. Los dos últimos libros han sido editados exclusivamente para este concurso por el Gobierno Regional de Lima.

En el caso de Tradiciones Peruanas se ha seleccionado un total de 14 narraciones, entre ellas “Las brujas de Ica”, “De esta capa nadie escapa”, “Ahí viene el cuco”, “El obispo chicheñó”, “El chocolate de los jesuitas”, “De cómo a un intendente le pusieron la ceniza en la frente”, “Los dos sebastianes”, “El obispo retruécanos”, “Un caballero de industria”, y “La excomunión de los alcaldes de Lima”.

Por su parte, la edición PER CARAL es un instrumento que orienta la política y gestión educativa regional de Lima, fruto de un consenso democrático entre la sociedad civil y las autoridades educativas local, regional y nacional; contiene los principios, la visión y los objetivos estratégicos del sector al año 2021.

La evaluación se realizará en octubre, el 13 en la Plaza de Armas de Huacho y el 27 en la Plaza de Armas de San Vicente de Cañete. El jurado calificador estará conformado por destacados profesionales.

Los primeros lugares del Sur chico y del Norte chico se harán acreedores de 5 mil soles en efectivo y de un pasaje a la ciudad de la Habana, Cuba, donde realizarán una pasantía por el sistema educativo del hermano país centroamericano.

El 2do. y 3er. puesto de cada sede obtendrán 3,500 y 2,500 soles, respectivamente

Piden que elección de magistrados del TC sea de manera individual y no en bloque



Lima, jul. 17 (ANDINA).

El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Ernesto Álvarez Miranda, propuso que la elección de los nuevos magistrados de este organismo se realice de manera individual y no por bloque de postulantes, para garantizar su idoneidad y calidad profesional.

“Soy partidario de evitar la votación en bloque, sino que se haga la elección individuo por individuo para que se haga imposible que pase una persona que no tenga ni la trayectoria, ni el perfil, ni las condiciones adecuadas para este cargo”, declaró a la Agencia Andina.

Consideró que en la próxima legislatura ordinaria, a iniciarse el 27 de julio próximo, el Congreso debe tomar en cuenta más la calidad de los magistrados a ser elegidos, que la velocidad y premura en seleccionar a los mejores juristas.

De acuerdo al ordenamiento interno del TC, cada magistrado tiene un mandato de cinco años, sin posibilidad de reelección.

Conforme a esas disposiciones, hasta el momento dos miembros del Tribunal ya se encuentran en un período extemporáneo de mandato: Juan Vergara y Carlos Mesía. A finales de julio también vence el período de Ricardo Beaumont, mientras que en setiembre ocurrirá lo mismo con Gerardo Eto, Fernando Calle y el propio Ernesto Álvarez.

“No se trata de establecer una velocidad o una prioridad para que ingresen al Tribunal personas que no reúnan el perfil adecuado. Hay un proverbio inglés que dice: para ser un juez, primero es necesario ser una buena persona, y si conoce de derecho, mejor”, precisó el titular del TC.

Recordó que el colegiado interpreta la Constitución y resuelve dentro de su marco un sinnúmero de controversias, muchas de ellas de gran consideración e importancia política, social y económica.

Para Álvarez Miranda esa situación llama a que los congresistas sean sumamente reflexivos y, ante todo, depongan cualquier posibilidad o aparente necesidad política de presentar candidatos allegados a su propio partido.

“Se trata de buscar a las mejores personas, que dentro de una ideología común, dentro de un posicionamiento proclive a la democracia, al respeto de los derechos humanos, a las posiciones políticas moderadas, puedan elegir a los académicos y a los profesionales de mayor trayectoria”, comentó.

En tal sentido, alertó que cualquier persona guiada por “un afán negativo podría hacerle muchísimo daño al Tribunal”.

De malas. Universidad de Cañete recién funcionaría el 2013.


Mientras algunos buscan distraer en temas judicializados o en el tráfico político sobre los límites; nuestra Universidad Nacional de Cañete no funcionará el 2012 hasta próximo aviso.

Creada por Ley 29488 del 22 de Diciembre del 2009, en medio de una gran expectativa, la población cañetana esperaba que pronto abriera sus puertas la nueva alma mater de la formación de sus futuros dirigentes, de sus buenos profesionales. Una expectativa anhelada por años que se hacía realidad.

Pero poco a poco, el mal augurio de la “patadita” de Alan García al no firmar su promulgación, comenzaba hacer estragos:

Primero fue el nombramiento de la Comisión Organizadora, la cual CONAFU demoró en reconocer y para colmo no dio su visto bueno a uno de los comisionados. Hoy continuamos teniendo el mismo problema, nos falta un integrante: el Vicepresidente Académico. La ministra de Educación conoce del asunto desde antes del 7 de Mayo 2012 y aún no se resuelve.

Segundo, el Tribunal Constitucional, a través de la Sentencia del Exp. 0017-2008-PI/TC publicada el 17 de Junio de 2010, declaró inconstitucional el art. 2º de la Ley Nº 26439 que asignaba la competencia a CONAFU de autorizar el funcionamiento de universidades. En resolución aclaratoria del 1º de Julio 2010 el TC señaló que “a partir del 18 de Junio de 2010 el CONAFU se encuentra impedido de emitir resoluciones autorizando el funcionamiento provisional o definitivo de una universidad…”

Tercero, ante la situación anterior el Congreso aprobó la Ley Nº 29780 incorporando en las competencias del CONAFU el de autorizar o denegar las solicitudes de autorización provisional de funcionamiento de universidades; y, en su Primera Disposición Complementaria Final se estableció textualmente que la competencia señalada “es por el plazo de un año”. Al haberse publicado la Ley el 27 de Julio del 2011, su plazo de vigencia concluye este 28 de Julio próximo. En este plazo solo dos universidades (de las 16 creadas recientemente, incluida la nuestra) han obtenido autorización de funcionamiento (la de Barranca es una de ellas), 03 con PDI aprobados, 04 con solicitud y 07 no han iniciado sus trámites (acá incluímos la nuestra porque no se ha admitido a trámite su solicitud).

Cuarto, el 17 de mayo 2012, la Comisión de Educación del Congreso aprobó un dictamen por mayoría en el que se establecía una moratoria de tres años en la creación de nuevas universidades, de nuevas facultades; situación que nos afectaba muy seriamente. Pero, felizmente para nosotros, ingresó al debate un dictamen en minoría que cuestionaba al de la mayoría, entrampándose así su aprobación en el Pleno del Congreso.

Quinto, el 12 de Junio último, el congresista Julio Rosas Huaranga presentó el Proyecto de Ley Nº 1236-2011/CR que busca modificar la Primera Disposición Complementaria Final (PDCF) de la Ley Nº 29780 (la del plazo de un año), pidiendo que se incorpore el siguiente texto: “Vencido el plazo antes señalado, el CONAFU continuará ejerciendo la competencia antes descrita solo respecto de los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento que ingresaron antes de cumplido el plazo establecido en la presente disposición”.

Lamentablemente la Comisión de Educación del Congreso no ha debatido el Proyecto de Rosas Huaranga, concluyendo así la vigencia del plazo de un año (este 28 de Julio próximo) que estableció la Ley Nº 29780. La nueva Legislatura recién empieza en Agosto, donde indudablemente el Proyecto de Rosas ya no tendría sentido pues la ley a modificar dejó de surtir efectos. Esto hace que algún congresista o Gobierno Local o Regional presente un nuevo proyecto de ley pidiendo un nuevo plazo de vigencia de la competencia de CONAFU para que autorize el funcionamiento de las nuevas universidades.

Todo un proceso de zancadillas, falta de voluntad, dejadez e incertidumbres, que nos han llevado a que el funcionamiento de nuestra Universidad se posponga hasta el próximo año. Cuesta decirlo pero la Comisión Organizadora de la Universidad de Barranca fue más capaz que la nuestra, toda vez que esa Universidad se creó siete meses después que la de Cañete, presentó su PDI (el 16 de Diciembre 2011) tres días después que nosotros y ya tiene su autorización de funcionamiento provisional.

Exijamos que las autoridades locales y regionales logren aprobar en el Congreso una nueva Ley que fije un nuevo plazo para que CONAFU continúe evaluando las solicitudes de autorización de funcionamiento de las universidades señaladas en la Ley Nº 29780, y exigir que la Ministra de Educación nombre de inmediato al Vicepresidente Académico.

Asimismo exigir al Presidente de la Comisión Organizadora que presione al CONAFU para que este de acuerdo a sus normas evalúe nuestra solicitud, claro está que para hacerla efectiva solo tiene plazo hasta el 28 de Julio, después ya el CONAFU no tiene competencia para hacerlo. Solo una nueva Ley le restituiría dicha facultad.

NOTA:
Nos acaban de comunicar que en Junio 2012, el CONAFU emitió la Resolución Nº 313-2012-CONAFU donde se admite a trámite la solicitud de la UNDC y se nombra a la Comisión Calificadora para evaluar el PDI. Reafirmamos la posición de exigir a CONAFU apruebe el PDI antes del plazo establecido por la Ley 29780; hay una interpretación antojadiza que "como se admitió a trámite por consiguiente nos tienen que dar la autorización provisional de funcionamiento" así sea fuera del plazo; esto no es cierto, la normatividad vigente no lo permite. 

miércoles, 11 de julio de 2012

CONAFU aprueba el PDI de la Universidad Nacional de Barranca


Nota de "Barranca.pe"  (http://barranca.pe/)

El lunes 9 de Julio del 2012, en el auditorio de la Universidad Nacional de Barranca (exUNASAM) el presidente del CONAFU, el Dr. Wilson Rolando Reátegui Chávez, entregó la resolución que aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional de dicha universidad al presidente de la comisión organizadora, el Dr. Napoleón Ramos Chumpitaz.

Entre las autoridades presentes en esta ceremonia estuvieron el alcalde provincial de Barranca, el Dr. Romel Ullilén, el coordinador zonal Ricardo Zender, el presidente del CONAFU el Dr. Wilson Reátegui, y el congresista de la república, el Ing. Manuel Zerillo.

El presidente de la comisión organizadora agradeció la presencia de los docentes , autoridades y público en general, reflexionó sobre las expectativas de la población respecto a la Universidad Nacional de Barranca y que la impaciencia extralimitó a algunas personas en sus adjetivos. El Dr. Napoleón Ramos auguró que dentro de 20 años la UNAB estaría en el "ranking" de las mejores universidades de Latino América (una promesa un tanto demagógica).

Fue lamentable la intervención del Dr. Germán Ostos, asesor legal de la UNAB, quien se encargó de elaborar una reseña histórica de la creación de la UNAB pero en ningún momento hizo referencia al esfuerzo transcendental de la sociedad civil en esta gesta. Todos recordamos que existió un comité de gestión para la creación de la Universidad Nacional de Barranca liderado por Cecilio Tapia, quien junto a sus integrantes tomaron la iniciativa en esta lucha por la creación de la UNAB y por lo tanto don Cecilio Tapia merecía un sitio en la mesa de honor de esta ceremonia, o por lo menos un pequeño homenaje o agradecimiento por su gran aporte, pero la mezquindad de este asesor legal fue colosal, incluso él mismo se consideró como uno de los gestores junto a un grupo de ex - regidores impopulares y otros personajes que la población repudia y de quienes desconfía.

Finalmente el presidente del CONAFU, el Dr. Wilson Reátegui le dijo al presidente de la comisión organizadora que a partir de ahora puede comenzar a funcionar la universidad, "y si lo hace bien lo premiaremos... y si lo hace mal le juzgaremos".

martes, 10 de julio de 2012

NELSON MANRIQUE: De colores



La convocatoria de monseñor Miguel Cabrejos y del padre Gastón Garatea como facilitadores en el conflicto de Conga constituye el primer acierto del gobierno, después de la larga cadena de desaciertos que culminaron con la desgraciada muerte de cinco manifestantes en Celendín y Bambamarca. La represión contra la población no frenó las movilizaciones y al contrario las enconó. El estado de emergencia decretado luego fracasó igualmente, pues las movilizaciones en Cajamarca, Celendín y Hualgayoc han proseguido vigorosamente, desafiándolo. Si el gobierno no está decidido a ahogar la protesta en sangre haría bien en levantarlo, porque un decreto que no es acatado debilita la imagen de autoridad que se quiere transmitir.

Como era de esperar, el nombramiento de los facilitadores ha sido saludado por todos, o casi. Sólo desentonó el cardenal Cipriani, quien deseó suerte a Monseñor Cabrejos pero no pudo disimular sus encontrados sentimientos ante el otro mediador: “Por ahí he escuchado que piden al padre Garatea; de repente tiene mucha gimnasia en el tema del diálogo”. Diálogo para Cipriani es una mala palabra. Se entiende que para él sea un trago amargo que el sacerdote a quien ha prohibido ejercer el sacerdocio en su diócesis sea querido por todo el país. Cipriani afirma que hay demócratas que dicen “a la Iglesia que se calle” pero luego le piden que intervenga cuando hay problemas. Habría que recordarle que cuando se le critica por usar el púlpito para defender su programa político –por ejemplo pidiendo la amnistía para Alberto Fujimori– la crítica se dirige exclusivamente a él y no a toda la iglesia, así como cuando se pide a Miguel Cabrejos y Gastón Garatea que faciliten el diálogo el pedido es personal y no en tanto representantes de la iglesia. Es sintomático que nadie piense en monseñor Cipriani como mediador, lo que podría deberse a que las posiciones que defiende en sus intervenciones radiales se diferencian muy poco de las de los funcionarios de Newmont-Yanacocha. Recuérdese finalmente que sus hermanos en el sacerdocio han puntualizado una y otra vez que él es únicamente arzobispo de Lima, mientras que el vocero autorizado de la iglesia es el presidente de la Asamblea Episcopal. Y como Cipriani fue derrotado las cuatro veces que postuló a este cargo mal puede reclamar una representación que sus hermanos obispos no le han otorgado.

El nombramiento de los facilitadores constituye un saludable viraje con relación a las declaraciones del presidente Humala del 2 de julio –levantadas en primera plana por Perú 21 y El Comercio– amenazando a quienes se oponían a la construcción de los reservorios: “que se atengan a las consecuencias”. Se vuelve así al punto en que se encontraban las cosas el pasado 10 de diciembre, cuando el “gabinete multicolor” de Salomón Lerner fue remplazado por el “gabinete negro” de Óscar Valdés, que merece tal nombre por los 16 muertos y los cientos de heridos que dejan como saldo estos 7 meses de pretender solucionar los conflictos sociales a balazos. Pero hoy el encono es mucho mayor, nadie va a devolver la vida a quienes cayeron y establecer un diálogo franco y constructivo va a ser una empresa más difícil.

Ayudaría al diálogo tener una visión más equilibrada de lo que está sucediendo en la región convulsionada. Es valioso el testimonio de Paul E. Maquet, periodista de Radicales Libres, que presenta sus impresiones luego de una permanencia de 10 días en Cajamarca, 3 de ellos bajo el estado de emergencia (“Pinceladas de Cajamarca”, La Mula, http://bit.ly/N7XXl3). Es asimismo muy importante el testimonio de Gustavo Gorriti, sobre las rondas campesinas de Bambamarca, que según sus líderes agrupan a 50 mil campesinos: “Conozco bien a las organizaciones ronderas de Bambamarca, los he visto cooperar estrechamente con la Policía en asuntos de seguridad ciudadana, y los líderes con quienes he tratado han estado entre la gente más responsable, austera y honesta que he conocido en organizaciones populares ... se trataba y se trata de gente racional y dialogante en todo sentido ... pocas veces he visto la avidez de conocimiento y la disposición a hablar y negociar como entre esos dirigentes y miembros de las rondas. A condición, por supuesto, de que se les hable con honestidad y con respeto, cosa que no solo merecen sino se les debe”. (“Sobre la captura de Marco Arana”, IDL Reporteros, http://bit.ly/MbeK69

Las cinco modalidades de estafa telefónica más usadas


El coronel PNP Segundo Portocarrero, jefe de la División de Estafas de la Dirincri, dio en entrevista en vivo con elcomercio.pe, algunos consejos para evitar la estafas telefónicas y enumeró las cinco modalidades recurrentes.

1. La del familiar detenido:
Llama un supuesto policía o del Ministerio Público indicando que el familiar ha sido detenido por cualquier razón y que se necesita dinero para ponerlo en libertad o iniciar el trámite.

2. La del familiar accidentado:
Buscan a alguien se haga pasar por el familiar quien llama llorando para avisar que ha sufrido un accidente. Inmediatamente después, una persona que finge ser policía toma la llamada y le dice a la víctima que debe abonar una cantidad en una cuenta para la atención hospitalaria.

3. La del impuesto aduanero:
Llaman de la aduana indicando que un supuesto familiar proveniente del exterior necesita dinero para pagar el trámite y sacar los objetos de valor que ha traído. Igualmente, se pide que se deposite el dinero en una cuenta de ahorros.

4. El cuento del bono económico:
Las víctimas son principalmente jubilados y personas de la tercera edad. Una carta membretada llega al domicilio indicando que ha ganado un bono económico y que debe aportar cierta cantidad de dinero para acelerar el trámite.

5. Del jefe a la empleada:
El supuesto dueño de la casa llama a la trabajadora del hogar pidiéndole que junte algunos objetos de valor de la casa (cámara de fotos, joyas, relojes, etc.) y que los lleve a una dirección. Cuando la trabajadora llega al punto acordado, es asaltada u otra persona recibe los objetos a nombre del dueño de la casa, pues este “está ocupado”.

En la mayoría de los casos, los estafadores piden un depósito de dinero en una cuenta de ahorros. La División de Estafas de la Dirincri aconseja no depositar dinero en ninguno de los casos, y llamar a los teléfonos de denuncias de la entidad: el 4318179, 972631932 o rpm #972631932

jueves, 5 de julio de 2012

JNE VACA NUEVE REGIDORES POR EJERCER FUNCIONES QUE NO LES COMPETEN

Pertenecen al Concejo Provincial de San Martín (San Martín)

Autoridades se excedieron de su facultad normativa y fiscalizadora al cesar a gerente municipal sin demostrar la falta imputada


El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió por mayoría dejar sin efecto las credenciales otorgadas a nueve de los 11 regidores del Concejo Provincial de San Martín (departamento de San Martín), por ejercer funciones fuera de su competencia, al cesar al gerente municipal Ricardo Zelaya Moreno.

El Supremo Tribunal Electoral señaló que los referidos regidores incurrieron en la causal de vacancia prevista en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades, porque se excedieron de su facultad normativa y fiscalizadora al cesar al funcionario sin realizar un procedimiento sancionador previo que demuestre la comisión de su falta grave.

Según el colegiado, si bien el concejo tiene la posibilidad de cesar al gerente municipal por falta grave, el hecho de que esta facultad haya sido ejercida fuera de los cauces reglamentarios correctos configuró un abuso de derecho, “desembocando en un ejercicio de competencias que le está asignado al alcalde y no al concejo municipal”.

Los regidores vacados son Mario Humberto Mainetto Razzeto, Luis Armando García Saavedra, Carlos Enrique Guzmán Ruiz, Astorgia del Rosario Tuanama Linarez, Juan Carlos Arce Vásquez, José Luis Navarro Salas, Karol Ivett Paredes Fonseca, Rosa Agustina Paredes Piña y Julián Vásquez Ramírez.

Asimismo, el JNE convocó a nueve candidatos no proclamados para que asuman el cargo de regidores, en reemplazo de las autoridades destituidas

martes, 3 de julio de 2012

ROP CANCELA INSCRIPCIÓN DE 12 PARTIDOS POLÍTICOS



Por no superar valla electoral o no participar en elecciones generales 2011

Medida es adoptada en cumplimiento de la Ley de Partidos Políticos y de la jurisprudencia dictada por el organismo electoral

El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) canceló la inscripción de 12 partidos políticos por no cumplir con los requisitos establecidos por la Ley de Partidos Políticos, informó Fernando Rodríguez Patrón, director del órgano registral.


En conferencia de prensa, explicó que el artículo 13 de la referida norma señala que el ROP cancela la inscripción de un partido al cumplirse un año de concluido el último proceso de elección general, sino hubiese superado la valla electoral del 5% de los votos válidos emitidos en todo el país (834,987 votos) o hubiese alcanzado el mínimo de seis escaños requeridos para acceder al Congreso.

Las organizaciones que fueron excluidas por no superar la valla electoral son: Despertar Nacional, Adelante, Fuerza Nacional, Justicia, Tecnología, Ecología (Juste), Descentralista Fuerza Social y Cambio Radical.

Las otras seis agrupaciones, refirió Rodríguez Patrón, fueron canceladas por no participar en las pasadas elecciones generales, en concordancia con las Resoluciones 323-2011, 324-2011, 368-2011 y 369-2011, emitidas por el JNE durante las Elecciones Regionales y Municipales de 2010.

En esta condición se encuentran la Agrupación Independiente Si Cumple, el Frente Popular Agrícola FIA del Perú (Frepap), Nueva Mayoría, Participación Popular, Renovación Nacional y Movimiento Nueva Izquierda.

En tanto, el partido Fonavistas del Perú, organización que tampoco cumplió con las exigencias señaladas, pidió por iniciativa propia su cancelación el 2 de noviembre de 2011.

Efectuado el retiro de las agrupaciones señaladas, quedan vigentes en el ROP 16 partidos políticos, los cuales obtuvieron la cantidad de votos requeridos en la elección presidencial, congresal o del Parlamento Andino, lograron el número de escaños necesarios al Congreso o se inscribieron recientemente.

Se trata del Partido Nacionalista Peruano, Fuerza 2011, Partido Humanista Peruano, Partido Popular Cristiano, Restauración Nacional, Alianza para el Progreso, Perú Posible, Somos Perú, Acción Popular, Solidaridad Nacional, Cambio 90, Siempre Unidos, Todos por el Perú, Unión por el Perú, el Partido Aprista Peruano y Tierra y Dignidad

SE VEIA VENIR. DECLARAN FUNDADA HABEAS CORPUS INTERPUESTO POR LA DRA. LILIANA TORRES.




Hace pocas horas el Juez Constitucional de Chincha, del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, acaba de declarar fundado el Habeas Corpus (HC) presentado por la Dra. Liliana Torres en contra de los señores jueces superiores de la Sala Penal Liquidadora de Cañete.

Era un grito a leguas. Un grito de liberación que exigía la norma y es que en Derecho Penal rige un principio fundamental y ese es el principio de legalidad. No se podía consentir tamaña arbitrariedad.

Hasta aquí hay que diferenciar dos cosas, una cosa es el habeas corpus y otra es el proceso judicial. Se presentó el HC porque la orden de detención decretada por la Sala Penal Liquidadora era inconstitucional, ilegal y arbitraria. En estricto era violatoria del principio de legalidad y en el país rige la interdicción de la arbitrariedad.

De la sentencia se extrae que los vocales se reafirmaron en lo sancionado. Dicen que ellos sabían que la Dra. Torres tenía comparecencia simple, que el certificado de Salud no les generó convicción, que en el juicio oral se les requirió que si faltaban a la audiencia se les iba a revocar la comparecencia por el mandato de detención y que la ley los faculta a ellos a tomar dicha medida.

Citando a Jhon Winthrop: “la libertad es el fin y meta de la autoridad sin la cual este no podría subsistir”, el Juez comienza a desbrozar sus argumentos, observando dos puntos de análisis: la objetividad en la comparecencia simple y el certificado de salud y ambos los engloba dentro de una debida motivación.

El Juez en el punto 8.4 hace un razonamiento bien sencillo y didáctico: si tienes una medida restrictiva de comparecencia simple (art. 143º), la consecuencia de su incumplimiento es la conducción compulsiva (art. 144º, 1er Párrafo); Si tienes como medida restrictiva una comparecencia con restricciones, la consecuencia de su incumplimiento es revocar y dictar mandato de detención (art. 144º, 2do. Párrafo). En el caso concreto no se aplicó lo que determina la ley.

Y para el análisis de la debida motivación parte por lo que señala el Tribunal Constitucional español: “es una exigencia formal de las sentencias, en cuanto deben expresar las razones de hecho y de derecho que las fundamentan, es decir el proceso lógico jurídico que conduce a la decisión o fallo”. Siguiendo con lo que el Tribunal Constitucional peruano dice que “la motivación de una decisión no solo consiste en expresar la norma legal en la que se ampara, sino fundamentalmente en exponer suficientemente las razones de hecho y el sustento jurídico que justifican la decisión tomada”.

A continuación enjuicia como la Sala Penal liquidadora motiva su decisión de no aceptar el certificado de salud señalando que el juicio que hace es ambiguo, sin sustento suficiente, además de no tener congruencia en la motivación de la decisión y falta de motivación interna en el razonamiento. Respecto a la orden de detención señala que el juicio de la Sala está dentro de lo que se conoce como motivación aparente, es decir se ampara en supuestos que no tienen sustento.

El Juez Constitucional falla declarando fundada la demanda interpuesta por la Dra. Liliana Torres Castillo, declarando nula la resolución contenida en el acta de audiencia de juicio oral de fecha 07 de junio del 2012, disponiendo que la Sala Penal Liquidadora curse los oficios respectivos en el día comunicando el cese inmediato de las órdenes de ubicación y captura contra la Dra. Torres. Oficios que llegaron en las primeras horas de la noche a la Jefatura de la Policía Nacional en Cañete.

Con esto concluye una primera etapa en el Habeas Corpus, será decisión de los vocales si apelan o no la decisión, es su derecho constitucional; pero es bien complicada la situación de ellos toda vez que han transgredido abiertamente lo que dice la ley, hasta una posible falsedad ideológica porque una cosa dicen en el juicio oral (que la Dra. Torres tiene restricciones, lo que no es cierto) y otra es la que manifiestan en sus descargos respectivos. En fin, son ellos los que toman sus decisiones.

Declarado fundado el Habeas Corpus, se constituye en una razón más para justificar la inasistencia al Consejo Regional del 31 de Mayo, dejando sin piso al posible acuerdo del Consejo Regional del 21 de Junio último, que en pocas horas se sabrá cuál es el tenor oficial de la resolución.

Sobre el proceso judicial, como hemos dicho anteriormente este se “quebró”, por consiguiente apersonada la Dra. Torres al proceso, el órgano jurisdiccional determinará que Sala se encargará del nuevo juicio oral, al cual concurrirán todas las personas involucradas en el litigio, obviamente conservando su condición jurídica emanada de la sentencia del 07 de junio.

domingo, 1 de julio de 2012

DEBATE sobre Inasistencia Justificada. Consejo Regional debe integrar requerimiento al anterior Acuerdo.



Acaba de hacerse pública un artículo de Vicente Sánchez, en la que desde su óptica busca contradecir nuestros argumentos expresados en un artículo publicado el 26 de Junio, cuando opinamos sobre la inasistencia justificada de la Dra. Liliana Torres al Consejo Regional. Por la trascendencia del asunto nos permitimos ampliar nuestros argumentos.

En un primer momento Vicente Sánchez refiere que hablamos “con tono tan categórico que suena más a auto convencimiento que a la realidad”, que nos escudamos en el Derecho “para decir que solo yo tengo la verdad y que los análisis jurídicos de los demás no valen porque tienen motivaciones políticas”. Sepa Ud. que siempre nuestras opiniones han sido claras, con sustento, nunca se ha basado en ficciones o situaciones jaladas de los cabellos. La fortaleza que le sorprende viene de la política, de la política entendida como lucha de clases por el poder, no la politiquería vacía, fatua y banal.

Vicente Sánchez, en los párrafos 9º, 10º y 12º de su artículo, confirma nuestra posición de que el Acuerdo del Consejo Regional Nº 080-2012-CR/GRL justificó la inasistencia de la Dra. Torres a la sesión del 31 de mayo último. La discrepancia versa sobre si es válido o no el ACR 080-2012.

Para nosotros es válido porque partimos en concebir que los consejeros regionales actuaron de buena fe y no con malicia subrepticia. Si para el Consejo Regional le fue suficiente el mail enviado, a sabiendas que es público el proceso judicial que tiene la Consejera Regional Dra. Liliana Torres, para nosotros eso es suficiente, toda vez que lo que es público no necesita ser demostrado.

La fundamentación que hicimos, en el artículo, tiene sustento jurídico. En el análisis de las normas pertinentes al caso, se hizo un razonamiento jurídico de cuál es la razón de la norma y observar las diferencias entre el art. 14º y 37º del RICR. Obvio que una trata sobre las asistencias al Pleno y otro a Comisiones, el fondo era diferenciar ambas normas y ver que, haciendo una interpretación sistemática, en un caso (art. 14º) la norma tiene un margen amplio de discrecionalidad, a más que en ella no hay una definición de cuando se debe considerar justificado, solo dice que “si no se justifica por escrito…, se consideran injustificadas”. En cambio el art. 37º, es mayor la restricción tanto en el plazo como en el contenido, pues se pide que la justificación sea documentada y acreditada.

El Diccionario de la Lengua Española señala que “Injustificado”(1) es un adjetivo que expresa lo “no justificado”; ahora veamos lo que se señala respecto a “Justificar”: “Probar algo con razones convincentes, testigos o documentos”(2). Con estos dos conceptos y no siendo necesario realizar un mayor análisis conceptual, se concluye que “para que un hecho o acto se encuentre justificado, este debe ser acreditado y/o demostrado mediante razones, testigos o documentos lo suficientemente convincentes para confirmar la veracidad de aquellos”(3).

De lo anterior se extrae que se puede justificar con razones suficientemente convincentes y eso es lo que señalamos en el cuarto párrafo de este artículo.

Devis Echandía (4) dice que la libertad probatoria tiene dos aspectos: “Libertad de medios y libertad de objeto”. El primero se refiere a que no debe haber limitación legal acerca de los medios probatorios y el segundo se refiere que puede probarse todo hecho que tenga relación con el proceso y que las partes puedan intervenir en la práctica. Por su parte Montero Aroca (5) dice que los medios informáticos pueden ser considerados fuente de prueba, como objeto de prueba y como medio probatorio.

Hoy es legal el uso del correo electrónico (arts. 163 y 164 del Código Procesal Civil), al que se le considera un documento electrónico, que es una nueva forma o modalidad de documento escrito, pues, contiene un mensaje convencional. Por tanto utilizable como medio de prueba.

Así que acá no hablamos cosas en el aire. Más aún teniendo en cuenta que hoy en pleno proceso de aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, se viene dejando de lado a la escrituralidad del viejo código para dar paso a la oralidad (utilización de medios audiovisuales e informáticos).

Si se asume una interpretación literal y los consejeros consideran que debe haber un nuevo acuerdo, ellos están facultados para hacerlo; pero a la vez obligados a modificar el ACR 80-2012, integrando otorgar el plazo respectivo (de siete días hábiles) para que se entregue el escrito correspondiente de justificación. Así lo establecen las normas pertinentes del debido procedimiento establecidas en la Ley del Procedimientos Administrativos General, Ley 27444; acorde con los principios constitucionales del debido proceso y el derecho a la defensa.

En este asunto los hechos son concretos, ni yo soy Harry Potter, ni Vicente Sánchez es el aprendiz de Lord Voldemort. Acá hablamos de Derecho y de Política y esto es real, no ficción. Esperamos que lo que determine el Consejo Regional, esté apegada al Derecho y no a la interpretación antojadiza de tufo político partidaria.

SOBRE EL HABEAS CORPUS
En unas horas el Juez Constitucional de Chincha debería estar entregando la sentencia del HC presentado. Estamos atentos.

(*)
(1) DICCIONARIO DE LA LENGUA ESPAÑOLA. 20º Ed.: España: Real Academia Española: 2001: p. 866
(2) Id. p. 902
(3) Voto en singular de los doctores José Humberto Pereira Rivarola y José Luis Velarde Urdanivia, en la Resolución Nº 050-2012-JNE.
(4) DEVIS ECHANDIA, Humberto. Teoría General de la prueba judicial. 4ª Ed. T.1. Medellin: Dike: 1993: p.131
(5) MONTERO AROCA, Juan. La prueba en el proceso civil. 4ª Ed. Madrid: Thompson-Civitas: 1998: p.137