jueves, 8 de abril de 2010

Sentencias del TC que sacan roncha a más de uno

En los últimos días los medios de comunicación de Cañete, tanto los radiales, televisivos y los blogs, están comentando respecto a dos sentencias del Tribunal Constitucional: una referida al tema de la Sede Regional y la otra referida a la demolición del mercado municipal de San Vicente.

Lo que se puede observar es que hay un apresuramiento en "ganar" la iniciativa, en decir primero la primicia, y eso hace que cometan errores sustanciales y de forma respecto a lo que el Tribunal quiere decir en sus resoluciones.


En el PRIMER CASO, sobre la improcedencia del recurso de queja interpuesto por el alcalde Huachano Pedro Zurita, además de no copiar bien partes de la sentencia, también se observa que se está cayendo en triunfalismos chauvinistas, claro está que como cañetano en busca de situaciones que le reconforten el alma ante tanta inmundicia, cualquier situación contraria a los huachanos se salta como un gran triunfo; y eso, no puede ser así, porque ciega al entendimiento, ciega a la razón. El asunto concreto es que se declaró improcedente un recurso que desde el inicio nació muerto y fue interpuesto por quienes en vez de poner la razón por delante pusieron sus apetitos electoreros y cayeron en el pozo que cavaron con sigilo.

Indudablemente esta resolución del Tribunal Constitucional no afecta en nada al proceso de amparo que viene llevando adelante el Gobierno Regional de Lima; más aún, tomando en cuenta la fundamentación, hecha por el Juez del 1° Juzgado Especializado en lo Civil de Huaura, para otorgar la medida cautelar que suspendió el traslado de la sede, me atrevo a decir que el Juez va a declarar fundada la demanda de amparo, por consiguiente se apelará e irá a la Sala Civil de la Corte Superior de Huaura y allí se resolverá el contencioso, pues quedan dos alternativas:

1.- que declare fundado el amparo, allí se termina todo y adiós a la sede.
2.- que declare infundada, entonces el GRL interpondrá un recurso de agravio constitucional, que será admitida y allí recién el Tribunal Constitucional emitirá su posición sobre el fondo del asunto, sobre a quién le corresponde la sede.

Como podemos apreciar falta mucho pan por rebanar, por tanto no caer en triunfalismos y a cruzar los dedos.


En el SEGUNDO CASO, en un blog se dice "TC ORDENA DETENER LA DEMOLICIÓN", en otro se dice: "TC DA LA RAZÓN A COMERCIANTES" y eso no es lo que dice la resolución del 17 de marzo de 2010 del Expediente 03115-2009-PA/TC, pues lo que señala la resolución es que los magistrados del TC no comparten el criterio de los jueces ordinarios de la Corte Superior de Justicia de Cañete que el proceso vaya al proceso contencioso administrativo, sino que por el riesgo de la demolición y el plazo de ejecución del mismo se configura una tutela de urgencia "que solo el proceso de amparo puede conceder, EN CASO SE DEMUESTRE LA AMENAZA O AFECTACIÓN DE LOS DERECHOS ALEGADOS...", por tanto manda que se admita el amparo y se discuta ante el Juez de Cañete si los comerciantes tienen o no la razón, como lo dicen los fundamentos 4 y 5 de la mencionada resolución.

Por consiguiente, ni ordenó detener la demolición, ni les dió la razón a los comerciantes, lo que está diciendo es que se discuta en el proceso de amparo si los comerciantes tienen o no la razón.

De lo dicho, si bien un triunfo periodístico es ganar la primicia y por eso nuestros periodistas y comunicadores cañetanos se desvelan todos los días, eso no debe significar que se cambie el sentido de la información, pues los receptores de ella se forman un juicio diferente que podría traer consigo muy serias consecuencias, que sacarán roncha a más de uno y a veces hasta por gusto, como a una desatinada candidata que gira sus posiciones como el péndulo de un reloj.

miércoles, 7 de abril de 2010

¿SEDE REGIONAL SE ACERCA A CAÑETE?: PISEMOS TIERRA.




A continuación la noticia propalada por el blog Primera Línea:


SEDE REGIONAL SE ACERCA A CAÑETE

Se hizo justicia. El Tribunal Constitucional de la República declaró improcedente el recurso de queja presentado por el Gobierno Regional de Lima contra al fallo judicial de la Corte Superior de Justicia de Cañete que ordenó el traslado de la Sede Regional a la ciudad de San Vicente en cumplimiento con el artículo 32 de la Ley de Bases de la Descentralización.


La información la hizo pública el regidor de la comuna provincial, Percy Alcalá Mateó, tras indicar que se esta a la espera de la notificación oficial para iniciar las acciones correspondientes y se cumpla con el traslado legal de la Sede Regional de Huaura hacía Cañete.


Si bien este un logró importante para los intereses de la provincia de Cañete, dijo, aun esta pendiente resolver la acción de amparo presentado por el Gobierno Regional de Lima en la Corte Superior de Justicia de Huaura, donde se les concedió una medida cautelar que en breve quedaría sin efecto, debido al falló otorgado por el Tribunal Constitucional a favor de Cañete.

“Estamos actuando con calma y sin desesperarse porque siempre supimos que Cañete tenía la razón y lo que se ha logrado en este tema es justicia”, continuó diciendo.


Sobre la edificación de la nueva infraestructura que se viene construyendo en la ciudad de Huacho y cuyo letrero dice “que la sede ya es una realidad a favor de los huachanos”, Alcalá Mateo, manifestó que la gestión Chui Mejía solo le queda cambiar la denominación del proyecto por tres simple palabras “Sub Sede Regional”.


De otro lado, Alcalá Mateó, hizo un llamado especial a la candidata de la agrupación política “La Familia”, Rufina Lévano Quispe, para que luego de conocer este fallo del Tribunal Constitucional promueva durante esta campaña electoral el respeto a la ley y exija el cambio de la Sede Regional hacia la provincia de Cañete y no se conforme simplemente con ser la porta voz de Nelson Chui que quiere la instalación de una Unidad Ejecutora en la ciudad de San Vicente.

“Respetamos la posición de todos, pero como ciudadanos orgullosos de haber nacido en esta hermosa tierra llamada Cañete, sabremos defender nuestros derechos”, acotó.



PISEMOS TIERRA:


En primer lugar, han declarado improcedente un recurso de queja (según dice la noticia, hay que esperar la resolución). Este recurso de queja solo se presenta cuando la Corte Superior declara improcedente un recurso de agravio constitucional; seamos más explícitos: el Gobierno Regional de Lima (Nelson Chui) ante la sentencia confirmatoria de la Corte Superior de Cañete que ratifica que Cañete es la Sede Regional presentó un recurso de agravio constitucional y evidentemente ese recurso es improcedente pues solo procede cuando hay sentencia denegatoria, pero en el caso ambas sentencias (ante Juzgado que despacha el Dr. Jacinto Cama y la Sala Superior) han sido estimatorias y contra ello no procede dicho recurso de agravio.
Ante este traspiés del Gobierno Regional ellos han optado por presentar un recurso de queja ante el Tribunal Constitucional , el cual , como era de esperarse, les ha sido adverso. Evidentemente el Tribunal Constitucional está aplicando lo sancionado en el expediente 03908-2007-PA/TC, del caso Provías.


Con esto, ¿podemos celebrar?, de ninguna manera, hay dos procesos constitucionales en Huacho: uno es el proceso de amparo que aún no ha sido resuelto por el Juez Constitucional de Huacho y que si aceptó la medida cautelar e hizo suspender el traslado de la sede. El otro es un proceso de cumplimiento (Exp. 2009-01722) que fue declarado fundado y estableció que el Gobierno regional de Lima "emita la resolución administrativa correspondiente que establezca que la sede del Gobierno Regional de Lima desde el 01 de enero del 2003 ha sido la ciudad de Huacho", este proceso está en la Sala Mixta Transitoria del distrito judicial de Huaura.


Dicho lo anterior, ¿podemos celebrar?, de ninguna manera, falta mucho pan por rebanar, y será un tema de debate entre los candidatos regionales.


EDGARD CAMA.



NOTA: Como decíamos anoche, y hoy al tener a la vista la Resolución del Tribunal Constitucional del Expediente N° 00269-2009-Q/TC (gracias a la cortesía del Blog Buenos Días Cañete) nos reafirmamos en lo dicho, con la sola salvedad que quien presentó el recurso fue Pedro Zurita y no el Gobierno Regional.

La posición en discordia del magistrado Beaumont Callirgos no es respecto al fondo del asunto sino a un problema de forma, él considera que debería proceder el recurso de queja y el TC debería ver el fondo del asunto por "economía procesal", pues de todas maneras se tendrá que examinarlo a través de otro proceso constitucional, es decir a través de un proceso de amparo (que ya se está viendo en el 1° Juzgado Especializado en lo Civil de Huaura que despacha el Dr. Manuel Jara Chumbes), por esta razón, de la "economía procesal", es que los doctores Baumont y Landa se opusieron al cambio de precedente constitucional en el caso Provías, por tanto Beaumont, én esta resolución de queja, lo que está siendo es ser coherente con su posición ya señalada anteriormente.

A continuación la referida resolución:

TC Improcedencia Del Recurso de Queja

¡¡ NO FUMAR Y NO BEBER EN LOS ESTADIOS !! ¡¡ SI AL DEPORTE !!

ESTRELLAS DEL DEPORTE
La Voz de los Campeones


POR: Alberto Ramos “ Ramitos”

Perú, hermoso país latinoamericano al sur del Ecuador, de clima variado y benigno, con su costa, sierra y selva que constituyen sus tres regiones naturales bien marcadas e inamovibles; país en donde el ciudadano goza de todas la libertades que la ley peruana le otorga. Podría decir también, Perú, tierra de acontecimientos inesperados y de acciones irresponsable que ponen en peligro el bienestar de los demás, ante la ausencia de autoridades que generalmente no está cuando su presencia resultaría acertadísima en ciertas circunstancias.

Con lo último, se podría sintetizar el transcurrir cotidiano de la vida de una gran parte de los ciudadanos de nuestro País, incluyendo a nuestra Provincia de Cañete que sigue cada día, introduciéndose más, en el camino que nos lleva rumbo al descontrol y el desgobierno que casi siempre hacemos gala, como si fuera un mérito actuar de esta manera, porque todo lo que se hace resulta muy poco para enderezar el camino.

La prohibición de fumar en los lugares públicos y ahora en lugares cerrados bajo techo, hacen renacer esperanzas teóricas para mejorar nuestro estado y desaparecer feas costumbres arraigadas en personas que no miden consecuencias ni les interesan su bienestar menos el de los demás. Sin embargo para que funcione y surta sus efectos, deben ejecutarse acciones coordinadas y previamente analizadas profundamente, para que a los infractores se les aplique el rigor de la ley producto de una reglamentación Especial, que permita la evaluación de los hechos y la adopción de sanciones previstas en Reglamentos aprobados, cosa que no se da hasta ahora o usted, conoce que a alguien en esta Provincia se le hubiera sancionado por fumar fuera de los lugares permitidos, letra muerta que no se cumple.

Así como existen disposiciones que prohíben fumar en lugares públicos, también las hay para prohibir el consumo de licor en recintos deportivos y en la vía Pública. Existe la ley de Seguridad y Tranquilidad Pública en Espectáculos Deportivos Nº 26830. La Municipalidad Provincial, promulgó la Ordenanza Municipal Nº 033-2006-MPC, de fecha 23 de Octubre del 2006, norma que rige sobre este tema para el desarrollo de las actividades deportivas y establece una serie de pautas que deben ejecutarse, generándose los tramites desde el área responsable de la Municipalidad, establece multas, incluso ha establecido un capitulo especial para realizar los “operativos” que concluyen con la eliminación del licor decomisado.

Entonces, si existen todos estos instrumentos legales para ordenar el desorden y si se hubieran aplicado a cabalidad, hubiera sido muy complicado para cualquier vecino empezar a desarrollar violencia en lugares en donde la multitud se contagia fácilmente por culpa de unos cuantos, atribuyendo pretextos para su pésima reacción, alimentado por el desequilibrio emocional que produce la ingesta de licor en las actividades deportivas dentro del estadio Roberto Yáñez, como se vio el domingo pasado y muchas otras negras tardes de ingratos recuerdo en la Copa Perú.

Leamos las normas, no sólo las miremos, dejemos de ignorarlas y entenderemos que si existe manera de controlar estos problemas, todo está escrito, ha sido tratado en su oportunidad, la Ordenanza Municipal está aprobada y publicada, es decir en plena vigencia. Esta semana puede ser el inicio de la gran recuperación del orden que todos queremos, si se utilizan la normatividad que está dada y no aplicada.


Estrellas del Deporte “La Voz de los Campeones” - Radio “Activa” 107.1 F.M.

Programación regular: Lunes, Miércoles y Viernes de 7.00 pm. a 8.00 pm.
Transmisiones de eventos deportivos: Todos los Domingos de 3.00 pm. a 6.00 pm.

martes, 6 de abril de 2010

Hoy, mi Padre diría: " MESSI es MESSI "




Que tal Messi, que tales goles, si el fútbol fuera tan simple yo sería futbolista; pero no, solo llegué a arquero. Disgresión aparte, recuerdo mucho una noche que iba a jugar Boca Junior, los de Fox Sport estaban entrevistando a Maradona, sobre si ganaba Boca y el "pelusa" muy sonriente dijo una célebre frase: "BOCA ES BOCA"; ese día al Boca le clavaron seis goles, y a partir de ese momento cada vez que jugaba Boca, mi padre decía: ¡¡ BOCA ES BOCA !!. Todos sonreíamos en casa.

Hoy, se hubiera rendido ante Messi y, sentado en su sofá, exclamaría: ¡¡ MESSI ES MESSI !!

lunes, 5 de abril de 2010

¡¡ NO A LA MANIPULACIÓN POLÍTICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL !!


A raíz del conflicto entre el Tribunal Constitucional (TC) y el Poder Ejecutivo (Gobierno), en círculos políticos, sociales y académicos se ha abierto un debate sobre si el TC puede ejercer control constitucional sobre políticas de gobierno, sobre si el TC debe tener límites, sobre si el TC es el intérprete Supremo de la Constitución; pero como veremos más adelante este debate es en realidad un viejo debate sobre quien tiene el control absoluto del poder.

La jurisdicción constitucional viene desde 1610 cuando el Juez inglés Edward Coke afirmó que el derecho natural estaba por encima de las prerrogativas del Rey, sentando las bases de lo que en el futuro sería el llamado control constitucional; más, después de casi doscientos años, va a ser el Juez norteamericano Jhon Marshall, en el célebre caso Marbury vs. Madison de 1803, quien va a sentar el principio que los jueces pueden controlar la constitucionalidad de las leyes. Mientras tanto en Europa tras el proyecto de Hans Kelsen (1918), Austria va a crear el TC para efectos del control constitucional, pero entre vueltas y revueltas es recién después de 1945 que los TC adquieran mayor relevancia, marchando de la mano con la real protección de los derechos humanos.

Entrando al gran debate realizado por los 30 del siglo XX, Kelsen hizo público “La garantía jurisdiccional de la Constitución”, señalando la necesidad de la existencia de un control constitucional y que este debía recaer en un tribunal ad-hoc, fuera del poder judicial y sin dependencia alguna de los demás poderes; siendo contestado por Carl Schmitt quien decía que con los tribunales constitucionales, la justicia se politizaba, y que, además, el guardián de la Constitución era el Presidente del Reich, este debate se ha ido desarrollando más en círculos académicos, quedando Schmitt sólo en las gavetas; pero “existe el problema del control constitucional de las leyes, y en general, de los actos del Ejecutivo y del Legislativo y a veces también del judicial” como bien dice García Belaúnde, centrando en cual es el órgano que debe tener a su cargo ese control constitucional.

En el Perú se adoptó el control difuso y el control concentrado de la constitución, cogiendo experiencias norteamericana como europeas, siendo el Tribunal Constitucional el órgano de control concentrado y los jueces ordinarios quienes hacen el control difuso de las leyes, hoy ampliado por el TC al sector administrativo; por lo que podríamos sancionar que en el Perú, como es costumbre, tiene un sistema híbrido o dual de control constitucional.

Para entender que órgano es el Tribunal Constitucional (TC), recordemos lo que Alexander Hamilton, secretario de George Washington, escribió en El Federalista:
“La interpretación de la leyes es propia y peculiarmente de la incumbencia de los Tribunales. Una Constitución es de hecho una Ley Fundamental y así debe ser considerada por los jueces. A ellos pertenece, por lo tanto, determinar su significado, así como de cualquier ley que provenga del cuerpo legislativo. […]”

Nos está diciendo que los jueces (caso norteamericano) son los que interpretan y determinan el significado de las leyes acorde con la Constitución; pero jueces o TC ejercen ¿sólo una función estrictamente jurisdiccional? Indudablemente que no, lo que debemos tener bien claro es que el Tribunal Constitucional es un órgano político, que la misma elección de sus miembros es un acuerdo político de las fuerzas políticas en el Congreso y sus componentes variarán de acuerdo a que facción de la burguesía se encuentre en el poder; el mexicano Jorge Carpizo en “El Tribunal Constitucional y sus límites” dice que “las facultades del TC señaladas expresamente por la ley son de naturaleza política”, y que “es fácil constatar que la labor del TC constituye por esencia una función política, enmarcada dentro de la Constitución … “; Peter Haberle considera al TC como un tribunal social, es decir, como el tribunal de la sociedad.

Considero, y voy más allá, que el TC se ha constituído como cabeza ideológica y política del Estado Constitucional, numerosas sentencias así lo reafirman (por ejemplo: amplió el control difuso al sector administrativo; cogiendo la técnica del prospective overruling ha dado marchas y contramarchas en diferentes sentencias; ha dado origen al derecho a la verdad); ante la debilidad de los partidos políticos, es el TC quien pasa a asumir ese rol y en cada sentencia se esfuerza por darle contenido ideológico y político a sus decisiones. Jorge Carpizo dice que “ (…) el TC como órgano del poder participa de los equilibrios y de los pesos y contrapesos que existen entre los propios órganos del poder para que ninguno abuse de este”, es quien maneja la cuadriga del poder dándole sustento a la existencia misma del Estado Constitucional.

Y es desde esta perspectiva que el TC ordenó, a través de la sentencia del expediente 03116-2009-AA/TC, al ejecutivo inaplicar el art. 2 del Decreto Supremo 158-2007-EFE que rebajó los aranceles del 12 al 0%, reponiéndolo a su estado anterior de la violación, al 12%, por afectar el derecho a la igualdad ante la ley; ¿puede hacer esto el TC? Si puede, pues el ejecutivo violó derechos fundamentales de empresas nacionales favoreciendo a empresas extranjeras, que bajo el criterio de “abaratamiento del cemento” en la realidad de los hechos, esto nunca se produjo.


¡¡ Pero es una política de Gobierno !! decía el ejecutivo, si pues, si lo es, ¿y por ser tal, está exento de control constitucional?, indudablemente que no y allí viene lo que dice Carpizo que el “TC participa de los equilibrios y de los pesos y contrapesos” para que no abusen del poder.

Y ante el cuestionamiento del ejecutivo al TC, de amenazarlo con recortarle funciones, “limitándolo”, hoy estamos observando un retroceso en las pretensiones del Ejecutivo, por lo pronto ha salido el Ministro de Justicia García Toma a decir que está bien lo que dice la Ley Orgánica del TC y que no es necesario ningún proyecto de limitarlo, el Partido Aprista también ha salido a decir a través de sus dirigentes que no tienen la intención de modificar la Ley Orgánica, quedando solos el Primer Ministro Velásquez Quesquén en este desatinado proyecto y el bloque fujimorista con Rolando Souza a la cabeza, quien ha presentado el Proyecto de Ley N° 03930-2009-CR el 23 de Marzo 2010. Por otro lado han salido dos magistrados del TC (apristas) a decir que si se han presentado excesos y que es necesario evaluar un control del mismo.

Pero ¿cómo se ha logrado este cambio vertiginoso de posiciones?, ¿habrá sido el publicitado almuerzo entre miembros del TC con Ministros de Estado, dentro de ellos Velásquez Quesquén y Mercedes Araoz?, en política no hay que ser ingenuos, el acuerdo es partidario y el retroceso obedecería a transacciones de futuras sentencias del TC y ante el fracazo de sus posiciones por querer maniatarlo.

Más la cosa no queda allí, ya está en Comisión de Constitución el proyecto de ley fujimorista, cuya médula es modificar el art. 1 de la Ley Orgánica del TC, es decir quitarle al TC el carácter de ser “el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad” y solo decir que es “el órgano de control e interpretación de la Constitución”, posición descabellada toda vez que el TC es el supremo intérprete de la Constitución, él es quien resuelve en última instancia los procesos constitucionales y sus límites sólo son los establecidos por las cláusulas pétreas que están en la Constitución; además hay que entender que el TC no puede ir más allá del poder constituyente siendo un poder constituído, que está en posición jerárquica superior al poder jurisdiccional, esto en referencia al proyecto que pone al mismo nivel el control difuso que hacen los jueces (que es para el caso concreto que se ventila) con el control concentrado que realiza el Tribunal Constitucional.

Hago una pregunta, y coincidiendo con el magistrado Landa, sobre ¿quién controla al TC? es el poder constituyente y la sociedad misma; y, observando el peligro que el TC “en lugar de convertirse en la autoconciencia de la ley fundamental, se transforme en la conciencia arbitraria de la Constitución o en un órgano dependiente del gobierno de turno”. Asistimos, pues, a quien tiene el control absoluto del poder y la necesidad de un TC que equilibre y sea él quien maneje los pesos y contrapesos para que ningún órgano de poder abuse de él.




NR:
A pedido expreso de amigos abogados he unido los dos últimos artículos en referencia al Tribunal Constitucional; asimismo, adjunto un escrito de Aurelio Pastor sobre el tema: http://www.correoperu.com.pe/correo/columnistas.php?txtEdi_id=4&txtSecci_parent=&txtSecci_id=84&txtNota_id=322702

sábado, 3 de abril de 2010

El cuy es el nuevo elemento en la oferta culinaria de Lunahuaná



En el valle de Lunahuaná, al sur de Lima, una pareja de esposos tiene 800 cuyes. Obviamente, no se tratan de sus mascotas, por más tiernos que estos animalitos se vean.

Ellos crían cuyes para luego venderlos deshuesados. Así, hasta el más reticente a comer esta carne por su presentación clásica –con cabeza y todo- ya no podrá ponerle muchos peros.

Y para inspirar a la gente a comprar esta carne, Manuel Sánchez y su esposa, como lo muestra el reportaje de Buenos Días Perú, han creado recetas que le dan un nuevo nivel a tan peruano insumo.

NUEVAS RECETAS
Ellos han aprovechado las maravillas que ofrece Lunahuaná –pisco, vino, camarones – y han creado platos que se alejan del tradicional cuy.

Un enrollado de cuy con salsa de uvas borgoña, o el piscuy, la carne marinada en pisco y luego cocinado como chicharrón, milanesa de cuy, bruchetas de cuy.

Para lograr estas nuevas presentaciones, ellos han desarrollado una técnica propia para deshuesar al escurridizo animalito. Manuel Sánchez cuenta que, en un principio, se demoraban una hora por cada cuy. Hoy en 15 minutos tienen una especie de milanesa, sin huesos, ni patas, ni cabeza.

CUY PARA TURISTAS
La periodista le ofreció un poco de este cuy trozado a un turista italiano y una turista belga que estaban a punto de hacer canotaje en Lunahuaná. Ambos quedaron gratamente sorprendidos y no mostraron ninguna clase de rechazo contra el pequeño roedor.
El plan de Manuel Sánchez es incluir a los platos de cuy en la oferta turística de Lunahuaná y, para ello, en vez de educar a los turistas sobre el cuy, lo deshuesa y se los presenta de manera que para ellos no sea algo de otro mundo.

Hay que recordar que en otros países, este animal es una mascota, así que abrirles la mente a los extranjeros puede ser complicado y Sánchez ha tomado un eficiente atajo gastronómico.
(El Comercio)

viernes, 2 de abril de 2010

JNE demanda no usar Internet para hacer "guerra sucia" contra candidatos


Una exhortación a los partidos y ciudadanos para que no utilicen Internet como medio para realizar una “guerra sucia” que perjudique a los candidatos que participarán en los próximos comicios, formuló hoy Ulises Montoya, integrante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).


El magistrado advirtió que Internet ofrece herramientas para descalificar y difamar a candidatos a través de envíos masivos de correos electrónicos o videos que se pueden colgar en Youtube.

“Existen diversas modalidades como programas de envío de correos electrónicos masivos o bombardeo de email , que envían 100 mil correos y comienzan a disparar automáticamente. Detectar a los responsables de estos casos es difícil”, anotó.


En ese sentido, pidió a las agrupaciones políticas y ciudadanos no aprovechar el anonimato que permite la red para fomentar una campaña de agravios. Recordó que Internet es un medio de comunicación que no está regulado.


El magistrado sostuvo que estudia una propuesta para que el JNE establezca en el Pacto Ético Electoral un acápite donde las agrupaciones políticas se comprometan a no utilizar Internet como medio para descalificar a los candidatos en competencia


(Peru21)


NR: y hay quienes utilizan los foros para denigrar candidatos, tanto foristas ciudadanos como comunicadores y/o periodistas; si bien es cierto hay la libertad de expresión, pero se confunde la labor de un periodista (bregar por que LA NOTICIA sea la más veraz posible) con un publicista a sueldo de determinado candidato.

jueves, 1 de abril de 2010

El Precariado: nueva condición infrasalarial en Europa


LA CUESTIÓN SOCIAL


Por: Ignacio Ramonet (Le Monde Diplomatique, abril 2010)



Bajo el lema "¡Alto a la miseria!", la Unión Europea (UE) ha declarado 2010 "Año de la pobreza y de la exclusión social". Y es que ya hay, en la Europa de los Veintisiete, unos 85 millones de pobres (1)... Un europeo de cada seis sobrevive en la penuria (2). Y la situación se sigue degradando a medida que se extiende la onda expansiva de la crisis. La cuestión social vuelve a colocarse en el corazón del debate. La ira popular se manifiesta contra los Planes de austeridad en Grecia, Portugal, España, Irlanda, etc. Las huelgas y las protestas violentas se multiplican. Muchos ciudadanos expresan también un rechazo a la oferta política (crece la abstención y el voto en blanco) o una adhesión a diversos fanatismos (sube la extrema derecha y la xenofobia). Porque la pobreza y la desesperación social ponen en crisis al propio sistema democrático. ¿Asisteremos a una explosiva primavera del descontento europeo?

En España, el 20% de la población, o sea unos diez millones de personas, se hallan ya en la pobreza (3). Con casos particularmente indignantes como el de los hijos de extracomunitarios (más de la mitad de ellos viven en la indigencia), y el de las "personas sin hogar", nivel máximo de exclusión social (4). Hay más de 30.000 personas sin hogar (en Europa, cerca de medio millón). Centenares de ellas, cada invierno, mueren en la calle...



¿Quiénes son esos pobres de hoy? Campesinos explotados por las grandes distribuidoras, jubilados aislados, mujeres solas con hijos, jóvenes con empleos basura, parejas con hijos viviendo con un único sueldo, y obviamente la gran cohorte de activos que la crisis acaba de dejar sin empleo. Jamás hubo en la UE tantos parados: 23 millones (cinco más que hace un año). Lo peor es que la violencia del desempleo golpea sobre todo a los menores de 25 años. En materia de paro juvenil, España ostenta la tasa más catastrófica de Europa: 44,5% (la media europea: 20%).

Si la cuestión social se plantea hoy de modo tan espinoso es porque coincide con la crisis del Estado de bienestar. Desde los años 1970, con el auge de la globalización económica, salimos del capitalismo industrial para adentrarnos en una era de capitalismo salvaje cuya dinámica profunda es la desocialización , la destrucción del contrato social. Por eso se están respetando tan poco los conceptos de solidaridad y de justicia social.

La transformación principal se ha producido en el ámbito de la organización del trabajo. El estatuto profesional de los asalariados se ha degradado. En un contexto caracterizado por el desempleo masivo, la precariedad deja de ser un "mal momento transitorio" mientras se encuentra un empleo fijo, y se convierte en un estado permanente. Lo que el sociólogo francés Robert Castel llama: el "precariado" (5), una nueva condición infrasalarial que se ha extendido por toda Europa. En Portugal, por ejemplo, un asalariado de cada cinco tiene ya un contrato llamado "recibo verde". Aunque trabaje desde hace años en la misma oficina o la misma fábrica, con horarios fijos, su patrón es un simple cliente al que factura un servicio y quien puede, de la noche a la mañana, sin ninguna indemnización, romper el contrato.

Semejante degradación del estatuto de asalariado agrava las desigualdades porque excluye de hecho a un número cada vez mayor de personas (sobre todo jóvenes) del sistema de proteccion del Estado de bienestar. Las aísla, las margina, las rompe. ¿Cuántos suicidios de trabajadores en su lugar mismo de trabajo? Abandonados a sí mismos, en feroz competencia de todos contra todos, los individuos viven en una especie de jungla. Lo cual desconcierta a muchos sindicatos, otrora poderosos, y tentados hoy de colaborar con las patronales.

La eficacia económica se ha convertido en la preocupación central de las empresas, que descargan sobre el Estado sus obligaciones de solidaridad. A su vez, el Estado desvía estos imperativos hacia las Organizaciones no gubernamentales (ONG) o las redes humanitarias privadas. De ese modo, lo económico y lo social se van alejando permanentemente el uno del otro. Y el contraste entre los dos resulta cada vez más escandaloso.

Por ejemplo, en España, mientras el número de parados alcanzaba en 2009 la cifra de 4,5 millones (3,1 millones en 2008), las empresas cotizadas en Bolsa repartían 32.300 millones de euros a sus accionistas (19% más que en 2008). El año pasado, los beneficios de los diez principales bancos europeos superaron los 50.000 millones de euros... En un continente castigado por la peor recesión desde 1929... ¿Cómo es posible? Porque a partir de la crisis del otoño de 2008, los Bancos centrales prestaron masivamente, con tipos de interés minimos, a la banca privada. Ésta utilizó ese dinero barato para prestar a su vez, con tipos más elevados, a las famlias, a las empresas... y a los propios Estados. Así ganó esas millonadas. Ahora, la deuda soberana alcanza niveles excepcionales en varios países -Grecia, Irlanda, Portugal, España...- cuyos gobiernos han tenido que imponer drásticos Planes de austeridad a sus ciudadanos para satisfacer las exigencias de los actores financieros... causantes de la crisis del 2008. Una desvergüenza que exaspera y enfurece a millones de asalariados europeos.

Los ricos siguen enriqueciéndose mientras crece el número de personas sin empleo o en la precaridad, con un poder adquisitivo más reducido, en condiciones de trabajo degradadas, soportando la violencia física y simbólica de unas relaciones sociales endurecidas en una sociedad cada vez menos cohesionada. ¿Cuánto aguantará el hastío popular? ¿Acaso no advirtió el propio Fondo Monetario Internacional (FMI), el pasado 17 de marzo, que si no se reforma el sistema financiero "habrá revuelta social"?


Notas:

(1) Es "pobre" la personas que vive con menos del 50% de la Renta media disponible neta (Rdn) del país correspondiente. En España, el ingreso medio mensual se sitúa en torno a los mil euros.
(2) Cf. The Social Situation in the European Union 2007 , Bruselas, 2008 (http://ec.europa.eu/ employment_social/spsi/reports_social_situation_fr.htm).
(3) Léase Informe de la Inclusion social en España , Fundació Un sol mon, Caixa Catalunya, Barcelona, 2008.
(4) Consúltese: www.enredpsh.org
(5) Robert Castel, La Metamorfosis de la cuestión social , Paidós, Barcelona, 1997