lunes, 11 de enero de 2010

¿Buscando legitimidad de los Gobiernos Regionales?

Hoy un poco despejado de las labores académicas y a la buena presión de amigos, retomo los escritos en el blog y que contribuya al análisis de esta coyuntura electoral de dos años, que evidentemente será muy fuerte y donde la guerra sucia ya ha iniciado su caminar.
El Gobierno aprista ha cambiado las reglas de juego, se modifica la ley de elecciones regionales Nº 27683 a través de la ley 29470; cogiendo como argumento la legitimidad de sus autoridades va a modificar la elección de presidentes y vicepresidentes, pues si ninguno llega a obtener el 30% de los votos válidos (votos a alguno de los candidatos y no considera a los blancos ni a los nulos) se pasa a una segunda vuelta dentro de los 30 días siguientes de la proclamación de los resultados oficiales, evidentemente esto está dirigido para garantizar que los candidatos apristas entren al ballotage (a la 2da. vuelta) y mover de todo en función de ganar las regiones, fin clave del aprismo de hoy en función de "manejar" sus presupuestos.
Otra modificación interesante es que cada provincia como distrito electoral nombra a sus consejeros regionales, creándose la posibilidad de elegir a un presidente regional sin mayoría en el Consejo Regional generándose falta de legitimidad, lo que precisamente es el fin de la norma.
El argumento de la legitimidad, esgrimido para modificar la ley 27683, era para el caso de la elección de gobiernos municipales, pues producto de su bajísimo respaldo electorero a los meses de asumida la gestión municipal ya se iniciaba demandas de revocatorias que incluso se han dado hasta faltando un año para el término de la gestión, lo que evidentemente produce ingobernabilidad, que es caldo de cultivo para la corrupción. Lo que decimos es que a la Ley de Elecciones Municipales se le debió dar la segunda vuelta a los candidatos que no pasaban la valla del 30% de los votos emitidos (que si contempla a los votos blancos y nulos) y no de los votos válidos, otorgándose la legitimidad necesaria.

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