lunes, 19 de julio de 2010

El canciller y el gas

Por Humberto Campodónico

Las recientes declaraciones de José Antonio García Belaunde sobre la necesidad de renegociar el contrato Camisea, lo que ha sido dispuesto por el DS 039 2010 EM, indican que, definitivamente, este tema ya se ha puesto en los primeros lugares de la agenda nacional, de cara a las elecciones del próximo año.

Dijo el canciller: “El contrato se va a renegociar para evitar que haya una diferencia entre la regalía que pagamos los peruanos y la que se paga cuando se exporta. No tiene ningún sentido que subsidiemos la exportación del gas”. Ciertamente. El gas en el Perú paga regalías sobre un precio promedio de US$ 2.50 / MMBTU, mientras que el que se exporta a México las paga sobre un precio de US$ 0.51/MMBTU, cinco veces menor. Agregó que “nadie se puede escandalizar pues en todas partes del mundo se renegocia un contrato, y eso no llama a escándalo”. Ciertamente. Dice la Sunat que “desde 1992 hasta el 2002 se firmaron 257 convenios, de los cuales 175 son originales y los 82 restantes son convenios modificatorios de los primeros” (1). Desde esa fecha ha habido nuevos convenios y, también, muchas nuevas renegociaciones. Esta sería una más y, claro, eso no tiene por qué escandalizar a nadie.

La lección más general es que puede haber cosas que están mal en los contratos y el hecho de que se pida su revisión o su renegociación no convierte a los críticos en “malos peruanos”, en “antisistema” o en gente con “intereses electoreros”. En este caso se trata de las regalías. Pero, digámoslo claramente: ese no es el problema principal de los contratos de Camisea. Si así fuera, podría pensarse que una vez renegociadas las regalías, entonces, colorín colorado, este cuento se habría acabado.

No. El tema principal es que primero debe garantizarse el abastecimiento del mercado interno y, solo después, se puede pensar en exportar (con una regalía adecuada para el Estado). Pero en el Perú el mercado interno está desabastecido, pues 4 TCF –el 47% de las reservas probadas de gas– están inmovilizados por 18 años, como garantía del contrato de exportación a México.

Eso es lo que impide que el consorcio Camisea abastezca de gas a los peruanos, cuyos pedidos no atendidos suman cerca de 700 millones de pies cúbicos diarios (ver La República, 13/7/10). Este aspecto, el más importante, no está solucionado. El gobierno dice que hay “un montón de reservas de gas”, pero la cuestión es que solo las reservas probadas se pueden comercializar. Y, repetimos, el 47% está inmovilizada.

Esto debería hacer reflexionar al presidente de la Sociedad Nacional de Industrias (cuyos miembros son, justamente, los usuarios más importantes del gas), Pedro Olaechea, que, hasta hace poco, criticaba, con justicia, la exportación. Pero, a principios de junio, cambió de posición y dijo que “las críticas a la exportación llevan al caos y ahuyentan la inversión extranjera” (ver Camisea, industriales y el “antisistema”, www.cristaldemira.com, 5/6/10).

Esa misma crítica, a todas luces infundada, se les atribuye a los gobiernos regionales del sur, que plantean que el gasoducto andino utilice las reservas del Lote 88 (que tiene precios regulados), algo que no se puede materializar por la “inmovilización” antes mencionada. Esto se podría solucionar si el gobierno exige que Repsol cumpla con su ofrecimiento de exportar los 2 TCF de reservas probadas del Lote 57, en sustitución de los 2 TCF del Lote 88 que están inmovilizados. Pero no lo hace, posición que debe modificar.

Para terminar, el quid del asunto es que la exportación se da porque hubo una renegociación ilegal del contrato del Lote 88 en el 2006. Es eso lo que hay que anular para volver al contrato del 2000. Esta debiera ser la segunda renegociación, que venga inmediatamente después de la renegociación de las regalías que propone ahora el gobierno con el DS 039. Ahora sabemos que algunas cosas que parece que están bien pueden no estarlo y deben ser renegociadas. Que este sea el primer paso.

(1) Estimación de los efectos de los convenios de la estabilidad tributaria sobre la recaudación, setiembre 2002, http://www.sunat.gob.pe/publicaciones/index.html

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