El día de ayer se ha publicado en el diario oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 114-2010-EF-15 del Ministerio de Economía y Finanzas en la cual se determina la Modificación de los Índices de Distribución del Fondo de Desarrollo Económico de Camisea (FOCAM) a ser aplicados a las Universidades Públicas.
De acuerdo al art. 4 de la ley 28451 se establece los porcentajes de distribución de la FOCAM para los gobiernos regionales, locales y universidades nacionales de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica y Lima (a excepción de Lima Metropolitana); asimismo por el art. 4 del Decreto Supremo 042-2005-EF se establece los porcentajes y criterios de distribución de la FOCAM, y por el art. 5 se establece que la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) proporciona la relación de Universidades; pero ocurrió que la ANR había remitido la relación de las siguientes Universidades: San Cristóbal de Huamanga, Huancavelica, San Luis Gonzaga y José Faustino Sánchez Carrión a través del oficio N° 063-2010-SE-DGPU/DE, excluyendo a la Universidad Nacional de Cañete. Otorgándose a cada uno un índice de 0.25 del total del FOCAM.
Posteriormente mediante Oficio N° 250-2010-DGPE-DE-ANR de fecha 23 de Febrero del 2010 la ANR rectificó e incluyó dentro de la relación de universidades a LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE, motivando que el Ministerio de Economía y Finanzas modifique y establezca el nuevo índice de distribución del fondo, que se considera debe ser el 0.2 del total del FOCAM.
El nuevo índice aparecerá en el anexo 2 de la siguiente dirección:
De acuerdo al art. 4 de la ley 28451 se establece los porcentajes de distribución de la FOCAM para los gobiernos regionales, locales y universidades nacionales de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica y Lima (a excepción de Lima Metropolitana); asimismo por el art. 4 del Decreto Supremo 042-2005-EF se establece los porcentajes y criterios de distribución de la FOCAM, y por el art. 5 se establece que la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) proporciona la relación de Universidades; pero ocurrió que la ANR había remitido la relación de las siguientes Universidades: San Cristóbal de Huamanga, Huancavelica, San Luis Gonzaga y José Faustino Sánchez Carrión a través del oficio N° 063-2010-SE-DGPU/DE, excluyendo a la Universidad Nacional de Cañete. Otorgándose a cada uno un índice de 0.25 del total del FOCAM.
Posteriormente mediante Oficio N° 250-2010-DGPE-DE-ANR de fecha 23 de Febrero del 2010 la ANR rectificó e incluyó dentro de la relación de universidades a LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE, motivando que el Ministerio de Economía y Finanzas modifique y establezca el nuevo índice de distribución del fondo, que se considera debe ser el 0.2 del total del FOCAM.
El nuevo índice aparecerá en el anexo 2 de la siguiente dirección:
Copia de Anexo Modificatoria Universidades2010
Evidentemente esta noticia es muy grata para nosotros, toda vez que ya se viene aplicando la Ley 29488, Ley de creación de la Universidad Nacional de Cañete, esto implica que estamos ad portas de que se publique los nombres de la Comisión Organizadora de nuestra Universidad.
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