lunes, 13 de agosto de 2012

CONGRESISTA DANIEL MORA PRESIDE COMISIÓN DE EDUCACIÓN JUVENTUD Y DEPORTE



El congresista Daniel Mora Zevallos (AP), elegido el lunes 13 presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Educación para el periodo legislativo 2012-2013, sostuvo que es importante cuidar la calidad del estudiante desde la etapa básica- inicial y dotar a los colegios públicos de infraestructura y áreas de investigación.

“La educación es lo único que puede sacar a los países del subdesarrollo. No se ha hecho énfasis, por ejemplo, en la educación física en los colegios. Se necesita 62 millones de soles anuales para capacitar a profesores de educación física, como también es necesario la educación técnica”, comentó el congresista en su discurso de agradecimiento al haber sido designado presidente de la comisión ordinaria. Lo acompañan en la nueva directiva los congresistas Julio Rosas Huaranga (GPF) como vicepresidente; y Leonidas Huayama Neyra (NGP), como secretario.

Mora Zevallos fue elegido por unanimidad y en votación a mano alzada. La propuesta la hizo la legisladora María López Córdova (GPF).

En sus palabras de agradecimiento, el presidente electo agradeció el voto de confianza de sus colegas y anunció su predisposición “para trabajar en equipo y buscar la calidad educativa en todos los niveles porque es la única forma de dar igualdad de oportunidad a todos los peruanos”.

Expresó su deseo de lograr un mayor desarrollo de la educación pública que ha sido ampliamente superada por la privada, incluyendo la universitaria. “La educación pública debe ser igual o superior que la privada. Debemos desarrollar la calidad del estudiante. Nosotros no tenemos un sistema que lo permita”.

En este aspecto dijo que es necesario aprobar leyes importantes más que el número de proyectos presentados. En la comisión anterior se presentó 114 iniciativas legislativas. 70 están con dictamen y cinco de ellas se convirtieron en leyes. Los dictámenes que quedaron en el Pleno del Congreso serán revisados por la nueva comisión, informó su presidente.

Sobre el proyecto de ley de reforma magisterial enviado por el Poder Ejecutivo, comentó que es una buena iniciativa, “sumamente importante…lo que ha habido es falta de comunicación, pero me parece positivo”, remarcó Daniel Mora.

Las sesiones de la Comisión de Educación, Juventud y Deportes se realizarán los días lunes desde las 9 de la mañana.

Los integrantes de la Comisión de Educación son: Leonidas Huayama, Cristóbal Llatas, Eduardo Nayap, Sergio Tejada, Julia Teves, Cenaida Uribe, María López, Julio Rosas, Jesús Hurtado, José Elías, Gian Carlo Vacchelli, Daniel Mora, Rennán Espinoza, Richard Acuña, Alberto Beingolea Yonhy Lescano, Vicente Zeballos, Luciana León

Los accesitarios: Elsa Anicama, Jaime Valencia, Doris Oseda, Martha Chávez, Julio Gagó, Ángel Neyra, Antonio Medina, Aurelia Tan, Eduardo Cabrera, María del Pilar Cordero, Tito Valle, Víctor Crisólogo, Casio Huaire, Luis Galarreta, Jorge Rimarachín.

DENUNCIAN QUE SOBREVALORARON OBRAS DE RECONSTRUCCIÓN DEL SUR DEL PAÍS



El presidente de la Región Ica y los alcaldes de Pisco y Chincha serán citados de grado o fuerza por la Comisión Investigadora de la Reconstrucción de las Zonas Afectadas por el Terremoto del 15 de agosto del 2007, informó el titular de ese grupo de trabajo, congresista Rogelio Canches Guzmán (NGP), en sesión que dirigió en el edificio Víctor Raúl Haya de la Torre.

Explicó que esta decisión se adoptó después de que esas autoridades se mostraron renuentes a informar y entregar documentos relacionados a la reconstrucción de las localidades afectadas por el fenómeno telúrico, lo cual afecta considerablemente a las investigaciones que se están realizando.

Lo que es más grave, dijo, es que la renuencia de estas autoridades es manifiesta no obstante que hay denuncias de diferentes irregularidades sobre el mal manejo por varios millones de soles.

Canches señaló que, entre diferentes anomalías cometidas, está que el bono de seis mil soles se ha entregado a personas que ni siquiera residen en la zona afectada. Señaló que se hay un informe de que los bonos debieron haber sido entregados a 61 mil damnificados, pero solo se han entregado a 28 mil personas. Anotó que 33 mil personas afectadas tienen las tarjetas pero no se les había entregado nada.

Puntualizó que otra irregularidad ha sido cometida en la reconstrucción general del cementerio de Pisco, cuyas obras han quedado inconclusas a pesar de que se ha entregado la partida presupuestal correspondiente. Señaló que lo más condenable es que se ha edificado un velatorio dentro del camposanto y que está funcionando como un comedor administrado por particulares.

Canches, un tanto contrariado, consideró que un 30% de los presupuestos asignados para diferentes obras de reconstrucción “se lo han robado”. Indicó que todas las obras han sido sobrevaloradas. Dijo que sólo en cuatro obras se ha sobrevalorado por más de dos millones y medio “y no sabemos a cuánto se llegará ese supuesto delito financiero cuando se concluya con las investigaciones a las más de 940 obras proyectadas”.

“Es necesario que esto se esclarezca para que los peruanos sepan quiénes han traficado con el dolor de un pueblo. Por ello, todas las autoridades y funcionarios del Estado tendrán que venir para que respondan y expliquen la responsabilidad que tuvieron en el proceso de reconstrucción. Es preciso tener en cuenta que más de dos mil millones de soles se entregó para la reconstrucción de la zona afectada”, expresó

RALEADA MARCHA DE CHUISTAS AL CNM FAVORECE A DRA. LUZ ROQUE




Hace unos pocos días atrás se conoció de una raleada marcha de chuistas y personas utilizadas políticamente, en el frontis del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) para pedir la no ratificación de la Dra. Luz Roque, Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete. Evidentemente el objetivo político de los convocantes a la marcha es buscar de una y otra forma presionar al Poder Judicial de Cañete para que encarcele a Javier Alvarado en el proceso conocido como “caso Telefónica-Lunahuaná”.

PROCESO DE RATIFICACIÓN DE JUECES ES MANDATO CONSTITUCIONAL

Los procesos de Ratificación de jueces es un mandato constitucional establecido en el numeral 2 del art. 154º de la Constitución Política del Perú. Proceso que debe ser cada 7 años y es independiente de las medidas disciplinarias.

En la doctrina hay debate sobre si debe o no existir el proceso de ratificación: Domingo García Belaúnde señala que “desde el punto de vista estricto de un Estado de Derecho democrático, […] una ratificación no debería existir”; Francisco Eguiguren Praeli dice que “la institución de las ratificaciones es antipática”, “las ratificaciones no serían necesarias si existiera un sistema efectivo de control y sanción disciplinaria” que en rigor no debería de existir; sin embargo Abraham Siles Vallejo cree que “la periódica recertificación de jueces y fiscales mediante los procesos de ratificación no debiera existir en ninguna circunstancia, y que se erige en una amenaza sobre la independencia de la magistratura y da pie a la arbitrariedad”

En el devenir histórico se muestra que la institución de la ratificación ha servido habitualmente para proceder a sacar jueces con la intención de apartar del camino a magistrados considerados molestos u opositores al régimen de turno. Curiosamente hoy se habla que el Poder Judicial es el más corrupto de la historia republicana; sin embargo eso mismo se decía al final del gobierno de Leguía, Federico More era de la opinión que el poder judicial debía ser totalmente disuelto, decía que: “no debe quedar en su puesto ni uno, aunque entre los nombrados por el despotismo haya gente competente y honorable”.

La naturaleza de la función ratificatoria, fue concebida en un primer momento como de “expresión de confianza”, pero a consideración de la Ley de la Carrera Judicial (Ley 29277) el contenido de la ratificación es el de “evaluación de desempeño”. Hay que recordar que a través de esta Ley se buscó introducir como función del CNM una evaluación parcial a los 3 años y medio, lo que el Tribunal Constitucional en la STC 0006-2009-PI/TC declaró inconstitucional.

Otro aspecto medular de la sentencia del TC es acerca de las variables que toma en cuenta el CNM al momento de evaluar a los jueces, el TC señaló en su fundamento 60, que el CNM debe observar la calidad del nivel académico, de las actividades curriculares, de las publicaciones, de las sentencias y no centrar “mecánicamente” en cantidades o colocar a todas en un mismo nivel. Por ejemplo una maestría en la PUCP o en San Marcos debe tener mayor peso de aquellas que otorgan universidades cuestionadas.

Este es el marco conceptual que nos debe guiar al momento de observar un caso concreto.

RALEADA MARCHA DE CHUISTAS FAVORECE A DRA. LUZ ROQUE

Sí, no leyó mal, la marcha convocada por personajes políticos ligados a Nelson Chui (incluído Roger Taboada entre ellos) hacia las puertas del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) favorecería a la aún actual Presidenta del Poder Judicial de Cañete, Dra. Luz Roque.

Como sabemos, los magistrados Vivas Sierra y Roque Montecillos están siendo evaluados en el proceso de ratificación de jueces.

Lo que tenemos hasta hoy es que ambos fueron no ratificados en primera instancia, Vivas Sierra por unanimidad y Roque Montecillos por mayoría. Ambos presentaron sus recursos extraordinarios, de los cuáles el de Vivas Sierra ya lo declararon infundado el 07 de Junio 2012 y publicado en El Peruano el 24 de Julio 2012, por consiguiente no fue ratificado y dejó de ser juez superior de la Corte Judicial de Cañete. El recurso de la Dra. Roque ya han debido haberlo resuelto en junio; pero aún no lo publican (tener en cuenta que no fue ratificada en primera instancia el 29 de marzo, igual que Vivas Sierra, y respetando los plazos que señalan los arts. 43º y 46º del Reglamento de Evaluación y Ratificación)

Es casi una certeza que no ratifiquen a la Dra. Roque, toda vez que ella fue parte de la Sala Civil que declaró fundada la demanda de amparo 370-2005, que dispuso que se permita el uso de la via peatonal y vehicular a la playa de Chepeconde. Resolución cuestionada por la empresa Los Pajaritos y otros.

El TC declaró fundada la demanda de amparo contra amparo, ordenando a la Sala Civil dejar sin efecto la sentencia y disponiendo que se emita nueva resolución de acuerdo a lo señalado por el TC. El meollo del asunto fue que la Sala Civil requirió informe al Instituto Nacional de Cultura sobre si existía o no restos arqueológicos en la vía de acceso a la playa, pedido que la Sala al hacer una inspección ocular en el mismo lugar de los hechos no lo consideró necesario, y aquí radicó su error al no prescindir formalmente del informe del INC.

Hasta aquí no había demasiado problema, al margen de las discrepancias si el TC actuó bien o mal; el problema comenzó a agudizarse cuando la Dra. Roque pidió la nulidad de la Sentencia del TC (pedido que no contempla el Código Procesal Constitucional), lo que el colegiado constitucional declaró improcedente el 08 de julio de 2009. Pero lo que “colmó la paciencia” de los miembros del TC fue el pedido de “precisión” que solicitaron todos los miembros de la Sala Civil el 27 de mayo 2010 (un año después de la Sentencia del amparo contra amparo). La posición del TC fue lapidaria: el TC “expresa su profunda extrañeza por el actuar manifiestamente dilatorio de los peticionantes a efecto de impedir el real cumplimiento de lo resuelto… Agrava la situación el hecho que éste actuar dilatorio viene derivado del profundo desconocimiento constitucional sobre la figura jurisprudencial del amparo contra amparo” y pidió que el CNM “disponga las acciones correctivas conducentes a rectificar la conducta manifiestamente dilatoria mostrada por los jueces demandados”.

Al Dr. Vivas Sierra le encararon principalmente este asunto para no ratificarlo, por lo que extraemos que la misma suerte ha corrido la Dra. Roque, solo es cuestión de tiempo la publicación en El Peruano.

Esta es la razón fundamental por el cual decimos que la marcha de los simpatizantes de Nelson Chui le favorecen a Roque Montecillos, toda vez que en el supuesto (negado y raro) que no hay aún resolución del recurso extraordinario, correrán traslado a la Dra. Roque de las imputaciones que han hecho los marchantes y ella tendría la inmejorable oportunidad de presentar documentación del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que la obligaron a hacer los cambios respectivos en la Sala Penal y Sala Civil, demostrando así el carácter político de la raleada marcha.

¿Qué haría el CNM?, tiene dos opciones: 1) no hacer caso al pedido de los marchantes, toda vez que la participación ciudadana solo tiene 15 días de plazo luego de la Convocatoria de Evaluación y Ratificación, para presentar alguna documentación (debidamente sustentada) de acuerdo al art. 15º del Reglamento; y, 2) si hace oidos a los reclamantes, deberá correr traslado a la Dra. Roque como parte del debido proceso para contradecirla. Esta opción es la que no debería optar el CNM pues traería abajo su decisión por estar extensamente fuera del plazo establecido para decidir sobre el recurso extraordinario (ante decisión de no ratificación en la primera instancia, el magistrado tiene 5 dias hábiles para presentar su recurso extraordinario; una vez recibido el recurso, el CNM tiene hasta cinco días para decidir, plazo que ya se excedió).

Políticamente hablando, nos hacemos un pregunta: ¿los convocantes de la marcha sabían lo que hemos escrito? siendo razonables, diríamos que si, pues no quepa en el entendimiento la falta de tino, la falta de capacidad, la falta de raciocinio sobre aspectos elementales de una Convocatoria a ratificación, basta leer lo que está publicado en la web del CNM. Entonces, queda claro que el objetivo político no es presionar al CNM para que emita ya la susodicha resolución, sino el de presionar al Juez que ve la causa de Alvarado y asimismo a los jueces superiores de la Sala Penal (uno de los cuáles está por pasar el proceso de ratificación). Es indudable la afectación a la independencia que deben tener los magistrados al momento de decidir.

HABRÁ CAMBIOS EN LA CONFORMACIÓN DE LA SALA PENAL

Como hemos dicho, desde que conocimos en Junio los argumentos de la no ratificación de los dos jueces superiores de la Corte Superior de Cañete, la Dra. Roque no va a ser ratificada y esto trae en consecuencia movimiento en la conformación de la Sala Penal.

De los jueces superiores titulares podemos deducir que el Dr. Paredes será el nuevo Presidente de la Corte Superior, toda vez que la Dra. Rueda como se encuentra presidiendo el Jurado Electoral no puede asumirlo; el Dr. Duran iría a la ODECMA por ser juez superior titular y podría regresar el Dr. Polanco a conformar la Sala Penal Liquidadora. No somos pitonisos al señalar los movimientos a darse, sino que es una deducción sustentada en razonables criterios y no en argumentos fantasiosos y mal intencionados como hacen algunos.

domingo, 12 de agosto de 2012

ADIOS LONDRES 2012. EN LA COPA PERÚ CLASIFICÓ EL WALTER ORMEÑO.





               ESTRELLAS DEL DEPORTE


                               La Voz de los Campeones


Por: Alberto Ramos “Ramitos”


Con clausura espectacular, concluyeron los Juegos Olímpicos de Londres 2012 y Estados Unidos fue el mejor, acumuló un total de 104 medallas de las cuales 46 fueron de oro, 29 de Plata y 29 de Bronce, en segundo lugar quedó China, el tercer lugar lo ocupó Gran Bretaña, país organizador……Las próximas Olimpiadas se realizarán en Brasil en el año 2016. Perú no figuró en el cuadro medallero.

Con goleada de 5 a 1 sobre Juan Aurich de Chiclayo, concluyó la participación de Sporting Cristal en la primera parte del Campeonato Profesional 2012. Inti Gas puso al borde de la baja l Sport Boys del Callao al ganarle por 4 a 1. Después del medio día del lunes debe establecerse el fixture de la segunda fase del campeonato, la liguilla de los pares y de los Impares.

Culminó la primera fase de la Etapa Departamental de la Copa Perú con goleada del Walter Ormeño. El partido de ayer como ya se había pronosticado, resultó demasiado fácil para el cuadro campeón Cañetano….. 10 a 0 fue el resultado final del partido frente Social Amauta de Huarochirí…. Walter Ormeño clasificó directo en su llave…..Más de 3000 personas asistieron al Estadio Oscar Ramos de Imperial, la mayoría hinchas del cuadro Ormeñista, salieron satisfechos por la tremenda goleada, que solo es superada por el l9 a 1 que perdió un equipo Yauyino hace 3 años.

Los otros equipos Cañetanos también clasificaron en forma directa en sus respectivas llaves: San Lorenzo de Porocoha perdió 3 a 1 ante River Plate de Canchacalla - Huarochirí y Estudiantes Mina Condestable empató 1 a 1 con Juntud Santa Ana de Barranca. Los otros resultados: Venus 1 Ciclista Lima 1; Deportivo Huracán 1 Nicolás de Piérola 1; Juventud Barranco 1 Unión Galpón 1; Social Muniocipal Yauyos 1 Los Tilos 1; Deportivo Municipal 0 San Nicolás 1 (en penales ganó Municipal 4 a 1); Unión Huaral 2 Santa Rosa La Quincha 0; Unión Minas 1 DIM de Miraflores 1.

Droga encontrada en un camión en Pucusana tenía como destino Asia



Valor del clorhidrato de cocaína era de 20 millones de dólares


El director Antidrogas de la Policía, Walter Sánchez, dijo que la droga incautada en un camión en Pucusana tenía como destino final Asia donde estaría valorada en 20 millones de dólares. Asimismo, con la operación denominada Huaylas permitió capturar al presunto cabecilla de la organización criminal Amarildo Montero López.

Los 250 kilos de cocaína incautados iban camuflados en una plataforma del vehículo. Asimismo, se realizó la prueba para determinar que el material incautado era droga con presencia de los fiscales de crimen organizado. Sánchez dijo que el director de la policía, Raúl Salazar, está comprometido con la lucha contra el narcotráfico.

viernes, 10 de agosto de 2012

Por la destitución: familiares de víctimas de Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri presentan cargos contra la "sala Villa Stein"



Autor(a): Cruz Silva Del Carpio


El día de ayer, 8 de agosto, los familiares de las víctimas de los crímenes de Barrios Altos, los campesinos de El Santa y el periodista Pedro Yauri, asesinados por el Destacamento Colina, junto con sus abogados, presentaron formalmente el pedido de destitución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia presidida por el juez Javier Villa Stein. Esto, a raíz de la sentencia del 20 de julio de 2012 y la posterior “aclaración” de los “fundamentos adicionales” de tres de los jueces en el Recurso de Nulidad Nº 4104-2010 LIMA. Con ello, la víctimas buscan que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) haga efectiva la responsabilidad por las faltas muy graves en que los magistrados incurrieron con el fallo

Este es el ámbito de la responsabilidad disciplinaria que la Constitución y la ley (como la Ley de la Carrera Judicial Nº 29277 y la Ley Orgánica del CNM Nº 26397) disponen cuando los jueces y fiscales incumplen con sus deberes funcionales. A diferencia del campo jurisdiccional, donde el MINJUS ha presentado ya una demanda de amparo para evitar en algo los efectos nocivos de la sentencia, y del campo político, donde congresistas han señalado que presentarán una denuncia constitucional en contra de la Sala, el campo disciplinario busca hacer respetar los deberes judiciales y los derechos de los ciudadanos en materia de administración de justicia. Deberes y derechos mínimos que están protegidos y son exigibles no sólo por nuestra Constitución y la ley sino también por la Convención Americana de Derechos Humanos y diversos fallos del Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos: La imparcialidad judicial y la motivación fundada en derecho de las resoluciones (parte del derecho al debido proceso).

No es - como se ha pretendido indicar - una cacería, un ensañamiento o una vulneración de la independencia del juez cuyas sentencias no gustan. Aquí no se está evaluando posturas ni interpretaciones jurídicas, se está analizando si el fallo ha sido expedido teniendo en cuenta el ordenamiento jurídico y se ha cumplido con los deberes funcionales, sin interpretar nada. De esta forma, el pedido de destitución ha señalado las faltas muy graves en que los jueces han incurrido al administrar justicia sobre la consideración del carácter de Lesa Humanidad, la rebaja de las penas al Destacamento Colina, el cambio de la teoría mediata a la teoría de la coautoría de responsabilidad penal y la formación de los votos en la sentencia.

Que la sentencia se haya valido del dato falso y de instituciones proscritas por el derecho (como la Obediencia Debida); no haya motivado por qué se separa de parte del ordenamiento jurídico que integran las sentencias del Tribunal Constitucional o de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; no haya sustentado cómo el derecho al plazo razonable no es afectado sin hacer un análisis de la actividad procesal de los procesados; no haya explicado cómo reduce las condenas sin analizar la existencia de agravantes (por cierto, inexistentes) según indica la ley; no haya motivado por qué hace a un lado el derecho de la Presunción de Inocencia de las víctimas al deslindar directamente que eran “terroristas” o por qué hace a un lado el principio de Congruencia Procesal, así como los derechos de la igualdad en la aplicación de la ley y la seguridad jurídica al separarse de otra sentencia que se ha pronunciado sobre los mismos hechos (el caso Fujimori); hace incurrir al fallo en la “indebida motivación” e incluso la inexistencia de la motivación, de acuerdo a la tipificación de las violaciones a este derecho que ha hecho el Tribunal Constitucional (caso Llamoja Flores). Otras evidentes contradicciones en el fallo de la Sala y del juez Villa Stein llevan a la siguiente conclusión: Hay parcialidad y arbitrariedad en la sentencia, así lo niegue el juez Villa Stein (ver algunas de sus declaraciones aquí y aquí).

Por si fuera poco, la contradicción posterior a raíz de la postura de tres jueces sobre el carácter de lesa humanidad (y que es otra vulneración a la debida motivación que exige coherencia interna), hace inexplicable cómo la presunta “postura minoritaria” de Villa Stein y Pariona Pastrana aparece como si fuera unánime dentro del cuerpo principal de la sentencia. Es más, ¿no se debió llamar a otro juez para que opine este tema? El artículo 141º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que “En las Salas de la Corte Suprema, cuatro votos conformes hacen resolución.” Entonces, ¿qué pasó?

A esto, se suma la conocida y grave ausencia de imparcialidad judicial del juez Villa Stein contra las víctimas y sus abogados quien, para no creerlo, ha fungido de abogado de los procesados en plena audiencia de Vista de la Causa del caso, haciendo que la abogada de Rodríguez Zabalbeascoa vaya de pedir que se confirme la condena - tal como pidió el mismo procesado - a pedir la absolución o dando argumentos de defensa que el mismo procesado Rivero Lazo no había señalado en los once años de juicio (ver audiencia).

Como se aprecia, no es un tema de interpretación. Se exige que la sentencia esté debidamente motivada teniendo en cuenta el ordenamiento jurídico que nos rige. También que se respete la otra garantía y derecho constitucional: la imparcialidad. Ni más ni menos. La Independencia judicial, contrario a lo que algunos creen, va de la mano con la Responsabilidad judicial. Es hora de que los jueces sean responsables de sus fallos y que el CNM sancione de acuerdo a la gravedad de los mismos.

La sentencia de la Sala Villa Stein tiene más de una razón para la destitución de sus autores y no sólo por haber vulnerado la debida motivación e imparcialidad. De acuerdo a los artículos 50º y 51º de la Ley de la Carrera Judicial, el CNM deberá tener en cuenta que los denunciados son jueces Supremos; que el caso de la sentencia es de derechos humanos, uno muy paradigmático que en los años más duros de impunidad en la región le abrió la puerta a los procesos de judicialización; que se ha vulnerado los dos deberes judiciales estructuradores de la legitimidad de todo sistema de justicia; que se ha terminado vulnerando otros derechos constitucionales (como la seguridad jurídica, presunción de inocencia, igualdad ante la ley, verdad); que su actuación temeraria ha significado un duro golpe a la legitimidad de nuestra justicia tal como lo han visibilizado los pronunciamientos de la Defensoría del Pueblo, WOLA, Amnistía Internacional-Perú, Idehpucp e incluso el propio ex secretario de la CIDH Santiago Cantón; y que la sentencia ya ha surgido efectos en la liberación irregular de uno de los procesados. Por si fuera poco, estamos ad portas de una fuerte reprimenda internacional: la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha citado al Estado peruano y a los peticionarios del caso Barrios Altos para el 27 de agosto, a causa del fallo de la Sala Villa Stein… algo que pone en aprietos desde ya al Estado que, por un lado, ha emitido este fallo y por otro, ha presentado una demanda de amparo contra el mismo.

Teniendo en cuenta que el sistema de justicia tiene como razón de ser la dignidad del ciudadano, es preciso hacer aquí una mención. La Constitución obliga a los jueces a respetar, como deber y derecho fundamental, el principio de la presunción de inocencia. Por eso mismo, resulta inaceptable para nuestra democracia que la Corte Suprema emita un fallo donde, sin sentencia judicial de por medio, deslinda directamente que las víctimas de los casos Barrios Altos el Santa y Pedro Yauri eran terroristas. Ahí, la gravedad del fallo no sólo está en la vulneración de la mencionada presunción, además, transciende lo jurídico, vulnera la dignidad de las víctimas y entra a fondo en una grave estigmatización que mueve aún más la polarización en una materia tan sensible e importante para el país. Lo hace sin tener en cuenta que otra sala de la misma suprema (la Sala San Martín, caso Fujimori), en un proceso sobre los mismos hechos, dijo sobre la base de la actividad probatoria que desplegó: “No existe la menor información consistente de órganos policiales, de inteligencia o del Ministerio Público –menos sentencias judiciales- que de una u otra manera permitan sostener, siquiera a nivel de sospecha razonable, que algunas de las víctimas de Barrios Altos o de La Cantuta participaron en los dos grandes atentados, precedentes de los hechos en su agravio, o que militaron o estén vinculados al PCP-SL” (fj.840, referencia 1239). ¿Qué actividad probatoria desplegó la Sala Villa Stein, para decir lo contrario? Ninguna.

Por todo ello, los familiares de las víctimas y sus abogados han pedido que su denuncia se acumule con la investigación preliminar, ya abierta por el CNM; se les abra procedimiento disciplinario; se les suspenda preventivamente en el cargo para evitar nuevas irregularidades ante la evidencia de las actuales y, finalmente, se les destituya. Ya antes el CNM ha destituido a toda una sala de la Suprema (el caso BECOM), por lo que esperamos que la actual composición cumpla también esta vez con su deber y recomponga en algo la legitimidad y el perfil de la magistratura suprema que, irresponsablemente, ha quedado por los suelos.

domingo, 5 de agosto de 2012

COPA PERU: CAÑETE SACA VENTAJA. WALTER ORMEÑO GOLEÓ DE VISITA.




                          ESTRELLAS DEL DEPORTE
                 La Voz de los Campeones

Por:   Alberto Ramos “Ramitos”  


Se  jugó la primera fecha de  la Etapa Departamental de la Copa Perú y mientras  la mayoría de resultados  fueron bastante ajustados,  los tres equipos cañetanos sumaron  13  goles  a favor  por 2 en contra, ganaron los  9 puntos en  juego, Walter Ormeño Goleo 6 a 0 , San Lorenzo de Porococha  gano 4 a 0  y Estudiantes Mina Condestable ganó 3 a 2, buenos resultados en la primera fecha.

Buena asistencia de Público para presenciar el doblete  jugado en el estadio Municipal de Mala….. A primera  hora  San Lorenzo de Porococha  ganó jugando de  local por 4 a 0 al campeón Huarochirano, River Plate Canchacalla.

El partido de  fondo a las 3.30 de la tarde, lo jugó Estudiantes Mina Condestable, que casi termina empatando el partido….  En el último  minuto de  juego dio cuenta de su antagonista  Juventud Santa Ana,  Campeón Provincial de Barranca  por  3 a 2.

Walter Ormeño,  el Campeón Cañetano jugó en Chosica,  frente al sub Campeón de Huarochirí  Deportivo Amauta… Todo el  mundo pensó en un partido difícil, considerando que el Ormeño recién  incorpora nuevos  jugadores y el partido era de  visitante.   Sin embargo el triunfo fue  amplio y contundente,   6 para Walter Ormeño  y  0  para Social Amauta de Huarochiri,  demuestra una gran superioridad.

Otros resultados: Nicolás de Piérola cayó 1 a 0 ante Deportivo Huracán;  Unión Galpón empató 1 a 1 con Juventud Barranco; Los Tilos ganó 1 a 0 a Social Municipal Yauyos; San Nicolás que representa a Oyón cayó 1 a 0  ante Deportivo Municipal de Lima;  Ciclista Lima gano 1 a 0 Venus de Huacho; Santa Rosa La Quincha gano a Unión Huaral 2 a 1  y el sábado DIM ganó 4 a 1 a Minas San Vicente.