lunes, 23 de agosto de 2010

JNE resolvió: Álex Kouri no postulará a la Alcaldía de Lima

Aunque el Jurado Nacional de Elecciones había anunciado que podría tomarse hasta 72 horas para resolver la tacha presentada contra la candidatura de Álex Kouri a la Alcaldía de Lima, por su conocido problema de domicilio a la hora de su inscripción, la noticia se conoció cerca a las 9:30 de esta mañana.

La resolución 1531-2010-JNE, con fecha 20 de agosto (día de la audiencia del plena del JNE en que fue visto el caso) determina, de forma unánime, confirmar la resolución del Jurado Electoral Especial – Lima Centro, que ya el 11 de este mes había declarado fundada la tacha contra Kouri presentada por el ciudadano Alberto Espinoza Najarro.

LOS ARGUMENTOS DEL JNE
El décimo fundamento de la decisión del JNE indica que, según el Código Civil, el domicilio múltiple se define sobre la base de ser el lugar donde “la persona tiene ocupaciones habituales”: “Al respecto, la Real Academia de la Lengua Española define a la ocupación en su cuarta acepción como aquello ‘que se hace’, padece o posee ‘con continuación’ o por hábito, por lo que la ocupación habitual es a juicio de este Colegiado aquella actividad o entretenimiento que se hace con continuidad”.

En su siguiente párrafo, el documento continúa con la definición de “domicilio fiscal”, según el Código Tributario, como el “lugar fijado dentro del territorio nacional para todo efecto tributario, aunque ello no implica que la persona tenga una ocupación habitual en el domicilio consignado como fiscal”. Así, sigue la resolución, “resultaría irrazonable aceptar que un candidato cuyo domicilio siempre figuró en el departamento de Piura, fijo su domicilio fiscal en el departamento de Tacna y por ende, se le tenga domiciliado en este último”.

Finalmente, se señala en la lista de argumentos, Kouri no ha alegado haber realizado labor docente en la provincia de Lima, única excepción a su ex cargo de presidente regional; además, tampoco ha acreditado ocupación habitual en Lima, por ende no cumple con el requisito de haber domiciliado por dos años continuos en la provincia.

EN JUEGO, CASI UN 25% DE LOS VOTOS
Sin duda, la salida del ex titular del gobierno regional del Callao configurará un nuevo panorama electoral. En la última encuesta de IPSOS-Apoyo de El Comercio, Kouri Bumachar tenía 24% de las preferencias electorales, a ocho puntos porcentuales de la candidata Lourdes Flores Nano, que lidera el sondeo.

Susana Villarán y Humberto Lay, en la encuesta realizada entre el 11 y 13 de agosto, empataban en el tercer lugar con casi 9%. Los votos de Kouri podrían redirigirse ahora a algunos de los candidatos que se ubicaban en lugares expectantes, incluidos Luis Iberico y Fernando Andrade. Yvonne Frayssinet, otrora candidata de Kouri a teniente alcaldesa y actualmente cabeza de la lista de Cambio Radical por la tacha, tendrá que librar una dura batalla hacia el sillón municipal.


JNE TACHA A KOURY

sábado, 21 de agosto de 2010

Pena de muerte: la necesidad de una adecuada y eficiente política criminal


Abraham García Chávarri
Abogado constitucionalista y profesor del Departamento de Derecho


Reflexión acerca de las propuestas sobre la pena de muerte y el oportunismo político en nuestro país.

Basta un breve ejercicio de memoria para observar que, cada cierto tiempo, con ocasión de algún suceso trágico, muy lamentable —como el que ahora aqueja, por ejemplo, a la familia de la niña Romina Cornejo— se discute en la escena pública la necesidad, no solo de incrementar los años de restricción de la libertad hasta extremos de casi cadena perpetua sino, sobre todo,de incluir nuevos supuestos para la aplicación de la pena de muerte en nuestro ordenamiento penal. ¿Cómo hacer frente, entonces, a problemas como el de la seguridad ciudadana y la delincuencia organizada dentro de las pautas que se le exigen a un Estado Constitucional, con obligaciones internacionales en materia de protección de derechos humanos que no puede eludir?

Las campañas electorales por la Presidencia de la República y las representaciones al Congreso son perfecta oportunidad para escuchar a los candidatos plantear soluciones efectistas para una opinión pública no tan informada, propuestas que terminan siendo constitucionalmente inviables o internacionalmente muy complicadas de poder concretar. Al inicio de este Gobierno, por citar un caso, distintos grupos políticos, bajo diferentes razones, presentaron proyectos de reforma de la Constitución con la finalidad de incluir determinados delitos muy graves como nuevos supuestos para la aplicación de la pena de muerte. Como era de esperarse, ninguno de ellos ha prosperado.

Y es que, al menos en el ámbito de la protección regional de los derechos humanos del cual el Perú es parte, no hay discusión abierta. La Corte Interamericana ha precisado en su conocida Opinión Consultiva 3/83 que el Pacto de San José, asumido por nuestro país, “prohíbe absolutamente la extensión de la pena de muerte y que, en consecuencia, no puede el Gobierno de un Estado parte aplicar la pena de muerte a delitos para los cuales no estaba contemplada anteriormente en su legislación interna”. Así, salvo que decidamos denunciar ese tratado internacional y renunciar a la competencia contenciosa de la Corte, dentro de un procedimiento por demás dilatado, debemos cumplir con las obligaciones que, de modo soberano, nos hemos impuesto.

Por su parte, el Tribunal Constitucional, en el caso Marcelino Tineo Silva y más de 5000 ciudadanos, ha exhortado al Congreso de la República para que adecue la legislación antiterrorista y reemplace el régimen de la cadena perpetua de acuerdo con ciertas exigencias constitucionales de rehabilitación penitenciaria, dignidad y libertad. Es decir, ha señalado que no resultaría constitucionalmente admisible la existencia de penas como el de la restricción de la libertad indefinida o perpetua si nuestro régimen penitenciario postula la resocialización y reinserción del penado en la sociedad.

Además de ello, si bien actualmente se está criticando la actuación de algunos jueces demasiado permisivos al conceder penas bastante benignas, el régimen de los beneficios penitenciarios pasa también por la necesidad de una mejor labor legislativa, pues es el Congreso quien normativamente ha establecido ese sistema. Una revisión en este ámbito es impostergable, máxime si vemos que los delincuentes tienen un número absolutamente irrazonable de ingresos y salidas. La resocialización y la rehabilitación suenan aquí absurdas.

En suma, la población percibe que este problema, que es estructural, no tiene las salidas que demanda, y eso, acaso lo más peligroso, es que contribuye después a promover la idea común de que un régimen autoritario, poco democrático, resulta más efectivo. Una revisión de nuestro sistema de política criminal que no sea ingenua, una interpretación restrictiva y un análisis muy riguroso para la concesión de beneficios penitenciarios, son tareas que, de forma conjunta, las instituciones que conforman nuestro sistema de justicia no pueden evadir. Esa es la tarea que el pueblo les reclama.

LO DIJIMOS AYER: EL PROBLEMA EN CAMISEA ES EL CONTRATO LEY


CAMISEA: ES LA HORA DE LOS JURISTAS





Por Humberto Campodónico

Ayer dijimos que el DS-053-2010-EM era clave pues ponía en el centro de la discusión política nacional que las reservas del Lote 88 debían ser para el mercado interno y no para la exportación, en la medida que provienen de “regalos de Dios” que dejó la Shell. También porque la renegociación del contrato del Lote 88 en el 2006 fue ilegal. Y porque la soberanía nacional sobre los recursos naturales y la garantía del suministro de energía en el largo plazo no son negociables.

Estos argumentos ya han ganado “ciudadanía”. Hoy, debido a la movilización y al apoyo de algunos medios de comunicación (entre ellos, La República), analistas, colegios profesionales, universidades, gobiernos regionales, locales y otros estamentos de la sociedad civil, la mayoría de la población ya sabe que la exportación de Camisea le afecta directamente y, por ello, la rechaza.
Pero hay que seguir avanzando pues se están ganando batallas, pero aún no la guerra. Y para eso, entre otros elementos, se necesita que destacados constitucionalistas y juristas analicen los instrumentos legales que permitan la recuperación de las reservas naturales. Los técnicos, los políticos y los economistas han cumplido un importantísimo rol en todo este proceso. Pero ahora más que nunca se requiere apoyo legal. O sea, zapatero a tus zapatos.

Así, sería importante que los juristas se pronuncien sobre el contrato celebrado entre Transportadora de Gas del Perú (TGP) y el gobierno, que en su Cláusula 9.6 establece que TGP solo puede transportar gas del Lote 88 por un plazo de 10 años a partir de la operación comercial (2004). Como el consorcio exportador Perú LNG va a exportar gas del Lote 56, ¿puede o no TGP transportarlo?
El estudio Payet, Rey y Cauvi, ante una consulta de Osinergmin, contestó que esto no era posible. Frente a esto, el Ministerio de Energía y Minas recurrió a otro estudio de abogados, que argumentó lo contrario. ¿Qué opinan frente a esto los juristas?

Otro ejemplo: los accionistas mayoritarios del consorcio Camisea (Hunt Oil, Repsol y SK), dueño de los Lotes 88 y 56, son también mayoritarios en el consorcio exportador Perú LNG. Esto quiere decir que las utilidades de esos lotes han financiado el proyecto exportador. Por lo tanto, ambos proyectos están vinculados y la Sunat debiera considerarlos como uno solo.

Pero no es eso lo que sucede. Para los fines tributarios se considera a Perú LNG como independiente (lo que sería el caso si es que fuera una empresa nueva, distinta a las que explotan el Lote 88 y el Lote 56). Esto no es correcto. Pero la argumentación, legal y sólida corresponde a la Sunat y los tributaristas. Al término de la distancia.

Otrosí: si los proyectos están vinculados, entonces no se puede considerar que la rentabilidad de Perú LNG depende únicamente de la exportación de gas, ya que –como socios mayoritarios del Lote 88– también venden gas en el mercado interno y, sobre todo, los líquidos del Lote 88 y 56 que representan el 80% de los ingresos. Si esto es así, entonces el precio de venta en boca de pozo en Camisea no debiera ser el Henry Hub menos los costos incurridos (el “netback”, que es la causa del precio vil de la exportación y, por tanto, de las regalías), sino que ese precio debiera estar en función de la rentabilidad de todo el proyecto. Por tanto, este sería mucho más alto.

Estos elementos legales ayudarán –a partir de los logros ya obtenidos, como el DS-053-2010– a empujar el carro de una renegociación exitosa, de un lado, impidiendo que el actual gobierno vuelva a las “mecidas” y se la “patee” al próximo gobierno y, de otro, desbaratando los argumentos de Perú LNG y sus lobbies, que ya comenzaron la campaña mediática para que se respete la “santidad de los contratos”.

Ojo, no olvidemos que la Constitución de Fujimori de 1993 blinda los contratos-ley (Art. 62), lo que implica tener los mejores elementos jurídicos para ganar la batalla legal en los tribunales internacionales, si esto fuera necesario. Hay, hermanos abogados, muchísimo que hacer.

viernes, 20 de agosto de 2010

Lote 88: Vuelve al Perú el “regalo de Dios”

Por: Humberto Campodónico

El DS-053-2010-EM, publicado ayer, constituye un importante triunfo de la población peruana, que desde hace años venía luchando para que el gas del Lote 88 –uno de los “regalos de Dios” que nos dejó la Shell- no sea exportado y sea destinado, única y exclusivamente, al mercado interno.

Las reservas del Lote 88 fueron descubiertas por Shell en 1983, habiendo invertido US$ 210 millones. En 1987-88, no sea llegó a ningún acuerdo con el primer gobierno de García, por lo que las reservas descubiertas revirtieron gratis al Estado.

Diez años después, bajo Fujimori, Shell volvió al Lote 88 e invirtió US$ 246 millones, pero tampoco llegó a un acuerdo, por lo que, otra vez, dichas reservas revirtieron gratis. Así, el Perú se hizo de 6 billones de pies cúbicos (TCF, en inglés) de reservas de gas y una inversión total de US$ 456 millones (www.cristaldemira.com, 6/7/09).

En febrero del 2000, en una nueva licitación, el Consorcio Camisea (formado por Pluspetrol, Hunt Oil, y SK –después llegaron Sonatrach y Repsol-) ganó la buena pro del Lote 88, que fue otorgada finalmente en diciembre del 2000. Las leyes vigentes disponían que el abastecimiento del mercado interno estuviera garantizado por un horizonte permanente de 20 años lo que, en los hechos, impedía su exportación.

Pero, bajo Toledo, el Congreso promulgó la Ley 28552 en julio del 2005 y eliminó el “horizonte permanente”, sustituyéndolo por una cláusula que establecía que el abastecimiento al mercado interno “solo tenía que durar 20 años”, premisa que, en los hechos, era la primera luz verde para exportar las reservas del Lote 88.

En noviembre se promulgó el DS-050-2005-EM, que autorizó a Perupetro a renegociar el contrato (haciendo mención expresa a la Ley 28552). En su Art. 1 se dice que Perupetro puede negociar una cláusula modificatoria para autorizar la exportación de gas natural, garantizando el abastecimiento del mercado interno solo por 20 años.

En enero concluyó la renegociación, lo que se ratificó con el DS-006-2006 EM (10/1/06). Así, el “regalo de Dios” –donde los contratistas no invirtieron ni un dólar en la exploración de riesgo para encontrarlo- se destinaba a la exportación, lo que constituyó uno de los despojos más grandes y audaces (en el peor sentido de la palabra) de la historia del Perú.

El DS aprobado ayer deroga el infame DS-050-2005-EM y autoriza a Perupetro a volver a renegociar con el Consorcio Camisea. En los hechos, esto significa volver al contrato de diciembre del 2000, algo que hemos sostenido incansablemente en esta columna.

Queda claro que el gobierno ha dado marcha atrás en su posición de “defensa irrestricta” del contrato renegociado del 2006, lo cual está muy bien porque el propio Alan García dijo el 28 de julio del 2009: “el Ministerio Público y el Poder Judicial deberán investigar por qué antes, sacrificando y entregando el mercado nacional, se cambiaron las leyes con normas de menor jerarquía lo que constituye un delito”.

Dos cosas finales: el DS-053-2010 dice que se deberá respetar el Art. 62 de la Constitución”, que establece que los “contratos-ley” solo pueden ser renegociados si hay acuerdo entre las partes. Esto puede llevar al fracaso si el Consorcio Camisea se niega a renegociar (la figura de una renegociación delictiva en el 2006 hubiera abierto un camino distinto). Segundo, la renegociación no debe durar más de dos meses, que es el mismo plazo en el cual se llegó a un acuerdo –aunque ilegal– hace 5 años.

La soberanía nacional y la seguridad energética del Perú en el largo plazo no son negociables. Ni una sola molécula de gas del Lote 88 debe salir del Perú. Lo mismo debe suceder con el gas del Lote 56 (otro “regalo de Dios” que nos dejó la Shell), tema de un próximo artículo.




REDACCIÓN
Si bien es cierto, la vuelta del Lote 88 en su totalidad al mercado interno, era un pedido y exigencia a gritos, la pregunta que salta ahora es la siguiente: ¿puede un Decreto Supremo ir en contrato de un contrato que tiene la forma de Contrato Ley?, la Constitución en su art. 62 dice que los Contratos Ley tienen estabilidad jurídica, financiera, es decir NO SE TOCAN salvo acuerdo bilateral, y la pregunta que se harán los inversionistas es ¿y donde queda la estabilidad jurídica? Queda la palabra en el consorcio si acepta o no, y si no acepta simplemente no pasó nada. todo queda igual.

Pedro Pablo Kuczinsky ha dicho que ese decreto supremo no afecta en nada porque el Contrato es un Contrato Ley y razón no le falta, así están las reglas de juego constitucionalmente hablando.
Pero un Contrato nacido de una violación de las normas internas ¿es válido?, evidentemente que no, ese contrato se basó en la disposición de una norma de rango inferior (decreto supremo) que modificó a una norma de rango superior (ley).

ESTO ES LO QUE SE DEBE HACER PARA PRESIONAR AL CONSORCIO DE PERULNG, y tendremos realmente el lote 88 solo para consumo interno.

lunes, 16 de agosto de 2010

Hilaria Supa Huamán y la Comisión de Educación del Congreso


Federico Infante Lembcke Ph.D.

El 10 de Agosto de 2010 la congresista indígena, cuzqueña, quechua hablante, autodidacta y nacionalista Hilaria Supa Huamán asumió la Presidencia de la Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deporte del Congreso de la República.

Previamente varios congresistas de diversas bancadas, como por ejemplo, Mauricio Mulder (PAP), Carlos Raffo (GF), Wilder Calderón (PAP), Carlos Bruce (AP), entre otros, habían expresado sus reparos, dudas o abierto rechazo a esta posibilidad, arguyendo que Hilaria Supa no reuniría las condiciones para presidir la Comisión de Educación, no tendría la especialización en este campo, por decir lo menos. Todos se han preocupado en expresar que no hay un tinte racista sino “técnico” en sus expresiones.

Hay varias entradas argumentativas válidas para sustentar el porqué Hilaria reúne los requisitos para presidir la Comisión de Educación. Desde la perspectiva de los derechos ciudadanos y humanos, desde una mirada multicultural, desde la teoría de la inclusión social, entre otros.

Quisiera fundamentar el porqué creo que ella reúne los pergaminos requeridos para presidir dicha comisión, desde la perspectiva de la educación como quehacer fundamental para el desarrollo de los seres humanos.

Todas las corrientes educativas vigentes plantean la necesidad de entender la educación de manera integral, sistémica, holística, global y continúa.

La corriente pedagógica más difundida y conocida en el Perú, plantea “el enfoque por competencias… tiene que ver con el desarrollo y educación para la vida personal; así como la autorrealización de los niños y jóvenes. Este enfoque no tiene que ver con ser competitivo, sino con la capacidad para recuperar los conocimientos y experiencias, aprender en equipo, logrando una adecuada y enriquecedora interacción con los otros, con el contexto social y ecológico”.

Indudablemente en este proceso de recuperar los conocimientos y experiencias Hilaria Supa ha jugado y sigue jugando un rol importante en rescatar los cultivos ancestrales, el conocimiento de la historia y la defensa de las costumbres de la provincia de Anta; para aprender en equipo, los peruanos podemos afirmar que somos herederos, a través de ciudadanos como Hilaria, de experiencias de trabajo comunal (Ayni) y de reciprocidad en las comunidades campesinas y nativas; en la búsqueda de una adecuada y enriquecedora interacción con los demás, este aspecto ha sido expresado por parte de Hilaria en la denuncia de las esterilizaciones forzosas de las campesinas y su labor de dirigente campesina; y, por último, el valorar el contexto social y ecológico, se ha expresado de parte de Hilaria, en su esfuerzo por promover la alfabetización de las campesinas, la defensa del medio ambiente y la tierra.

Desde un enfoque por competencias, Hilaria Supa Huamán reuniría las competencias básicas para ejercer la Presidencia de la Comisión de Educación.

Podríamos ahondar en la aproximación por competencias del proceso de aprendizaje citando dos definiciones complementarias que dicen:

“Las competencias deben entenderse desde un enfoque sistémico como actuaciones integrales para resolver problemas del contexto con base en el proyecto ético de vida (Tobón, Pimienta y García Fraile, 2010)…

Las competencias son un conjunto articulado y dinámico de conocimientos, habilidades, actitudes y valores que toman parte activa en el desempeño responsable y eficaz de las actividades cotidianas dentro de un contexto determinado. (Vázquez Valerio Francisco Javier) ISBN: 968-7854-90- 1” .

La educación por competencias es entendida por la combinación de conocimientos (en el caso de Hilaria, de la civilización andino amazónica), desarrollo de habilidades (como la capacidad de escuchar, ponerse en el lugar del otro), haber internalizado algunas actitudes (como la responsabilidad) y ser portador de valores, (como la honestidad).

Se educa, por ende, siendo modelo de conducta para uno mismo y los demás y pudiendo resolver creativamente problemas y dificultades.

Creemos que Hilaria es un ejemplo de una persona portadora de valores, que vive en función de ciertos principios, poseedora de saberes de la civilización andino amazónica y con un claro proyecto ético de vida.


¿Cuáles son las principales competencias para la vida? Son cuatro:

§ Tener capacidad de decidir y actuar con juicio crítico.

§ Actuar con tolerancia hacia la diversidad cultural.

§ Manifestar una conciencia de pertenencia a la cultura.

§ Combatir la discriminación y el fanatismo.


Me parece que Hilaria tiene estas competencias para la vida y que algunos de sus colegas congresistas adolecen de estas competencias y muchas más.

La Comisión de Educación abarca muchas esferas que su actual Presidenta no conoce y no tiene porque conocer, pero para ello su partido, el PNP, ha puesto a su disposición los colegas congresistas, asesores y técnicos correspondientes que le brindarán el soporte técnico y político que requiera.

Tengamos en cuenta que en el 2003, mucho antes de ser congresista, Hilaria inauguró la Casa “Mosoq Pakari” (Casa del Saber) en Huayllaccocha, demostrando su genuino interés por la educación y cultura en el Perú

Una marca dañada


Por Humberto Campodónico

Si bien muchos de los efectos del Consenso de Washington (CdW) están todavía presentes en las economías de los países de la Región, la mayoría de analistas está de acuerdo en considerar que su “reinado” tuvo corta duración: fueron 10 años que van desde 1989-90 (al final de la “década perdida” por la crisis de la deuda externa) hasta 1998-99, años en que se desata la crisis asiática, seguida de la crisis rusa y brasileña (1998-99).

Eso mismo dice un reciente informe (1) de Nancy Birdsall (ex vicepresidenta ejecutiva del BID), Augusto de la Torre (economista jefe del Banco Mundial, América Latina) y Felipe Valencia Caicedo (consultor del Banco Mundial). Afirman que los logros del CdW (liberalización y desregulación de los mercados y privatizaciones) se concentran en las políticas macroeconómicas. Así se resalta que se controló casi completamente la inflación, a través de políticas en las que los bancos centrales tuvieron una marcada importancia porque se eliminó el financiamiento monetario de los déficits fiscales (cayó la “maquinita”).

También se logró reducir la tendencia crónica a los desequilibrios fiscales, para lo cual ayudó mucho la reducción de la deuda externa en el marco del Plan Brady. Así, el déficit promedio del sector público pasó de 2.4% del PBI en 1980-89 a casi cero (0) en el periodo 1990-95. En ese mismo lapso la deuda externa del sector público cayó del 60 al 40% del PBI. Pero donde casi no hubo avances fue en materia de reforma tributaria, pues esta sigue siendo, en promedio, una de las más bajas del mundo, con el agravante de que tiene un sesgo marcado hacia la predominancia de los impuestos indirectos. ¿Por qué “se cayó” el CdW? Los autores pasan revista a lo que consideran los argumentos más importantes:

1) los que dicen que el programa económico era impecable y que el problema estuvo en la forma de implementarlo.

2) Los que dicen que el programa estaba errado porque, de un lado, su comprensión del proceso de los lazos entre las reformas económicas y sus impactos era muy simplista y, de otro, porque la secuencia de las reformas estuvo errada (por ejemplo, la apertura financiera no debía preceder a la comercial, pero eso fue lo que sucedió).

3) Que todas las reformas incluidas en el paquete eran necesarias, pero que no estaban incluidas todas aquellas que eran necesarias. Así, la reforma se aplicó de manera incompleta.

¿Cuál fue el efecto del Cdw sobre el crecimiento? Dicen que si bien los primeros estudios afirman que las reformas elevaron el crecimiento en 2% del PBI a principios de los 90, otros estudios, como el de Lora y Panizza (en el 2000), demuestran que los reformas solo aumentaron el crecimiento en 0.6% del PBI, comparando 1997-99 contra 1985-87.

El texto es concluyente en resaltar los efectos negativos del CdW sobre la equidad, pues dice que ésta para nada fue tomada en cuenta en el decálogo inicial. Afirman que “la alta desigualdad en la distribución de los ingresos no solo reduce el impacto del crecimiento en la reducción de la pobreza, sino que también puede contribuir al bajo crecimiento, lo que a su vez hace más difícil reducir la desigualdad”. Así, “el efecto total de las reformas en la distribución del ingreso fue neutral –en el mejor de los casos– y malo –en el peor de los casos–”.

Los autores terminan diciendo que cuando la Región entraba al nuevo milenio el CdW estaba desacreditado. Hoy en los países en desarrollo, incluida América Latina, “el matrimonio del Estado y los mercados está fuertemente enraizado, en momentos en que la economía global sufre fuertes shocks. Así, los límites y beneficios del rol del Estado en una economía global estarán otra vez en la agenda y, claro está, con un mayor sentido de urgencia”. Lástima que en el Perú –a diferencia de toda América Latina– todavía siga vigente el vetusto y obsoleto Consenso de Washington.

(1) “El Consenso de Washington: evaluando una marca dañada”, Center for Global Development, www.cgdev.org, mayo del 2010. Este documento forma parte del “Manual de economía para América Latina”, compilado por José Antonio Ocampo y Jaime Ros, de próxima publicación por Oxford University Press.

Irán construirá planta de enriquecimiento de uranio


Irán construirá una tercera planta para enriquecer uranio. Así lo comunicó este lunes Ali Akbar Salehi, director del organismo atómico de Irán. El funcionario iraní dijo que las obras comenzarán durante el primer semestre del 2011.

El proceso de enriquecimiento de uranio ha generado una crisis entre Irán y las potencias occidentales. Sobre todo EEUU e Israel sostienen que el gobierno iraní quiere fabricar armas atómicas. Sin embargo, Teherán sostiene que su programa nuclear es para obtener energía. El uranio un poco enriquecido es utilizado para generar energía eléctrica, pero si se procesa más se obtiene material para armas atómicas.

Corea del Sur y EEUU comienzan maniobras militares "Ulchi Freedom Guardian"


Corea del Sur y Estados Unidos comenzaron este lunes los ejercicios militares conjuntos llamados "Ulchi Freedom Guardian", que durarán hasta el 26 de agosto, en la parte meridional de la Península Coreana, según informó el Estado Mayor Conjunto surcoreano.

Las maniobras militares anuales a gran escala se llevan a cabo con el objetivo de mantener la seguridad y la postura de defensa conjunta de los dos países, de acuerdo a la misma fuente.

Los ejercicios de este año, basados en computadoras, están diseñados para concentrarse en la gestión de crisis frente a provocaciones asimétricas locales, indicó el Estado Mayor Conjunto.

Aproximadamente 56.000 soldados surcoreanos y 30.000 efectivos militares estadounidenses tomarán parte de los simulacros, incluidos unos 3.000 soldados que se encuentran en Estados Unidos, utilizando redes de ordenadores, añadió.

Además, el Comando de las Fuerzas Combinadas de Corea del Sur y EEUU también realizarán unos ejercicios antiterroristas durante el mencionado periodo, en preparación de la cumbre del Grupo de los Veinte (G-20), de dos días de duración y programada para el próximo mes de noviembre en Seúl, así informó la prensa local.

Estas maniobras contarán con la participación de unos 400.000 soldados y oficiales procedentes de cuatro mil oficinas de las agencias gubernamentales a nivel tanto central como regional, revelaron fuentes militares en declaraciones recogidas por la agencia de noticias Yonhap.

Desde el año 1975, Corea del Sur y EE.UU. celebraban anualmente los ejercicios militares conjuntos llamados "Ulchi Focus Lens" y en 2009 cambiaron el nombre a "Ulchi Freedom Guardian", lo cual significa que las maniobras militares son dirigidas principalmente por las tropas surcoreanas. El enemigo imaginario de estos ejercicios militares conjuntos es la República Popular Democrática de Corea (RPDC). Lo más llamativo de los ejercicios de este año es que esta vez EE.UU. envía un número dos veces mayor, comparado con su escala anterior, de tropas. En los próximos meses ambos países llevarán a cabo más ejercicios militares en las aguas tanto del Este como del Oeste de la Península Coreana. El vocero del Pentágono de EE.UU., Geoff Morreli indicó el pasado 5 de agosto que el portaviones estadounidense George Washington también participará en las maniobras militares en el Mar Amarillo, aunque no mencionó una fecha específica.

Los ejercicios militares "Ulchi Freedom Guardian" constituyen una importante parte de una serie de maniobras militares conjuntas que han sido y serán puestas en marcha entre Corea de Sur y EE.UU. El vocero del Departamento de Defensa de EE.UU., Geoff Morreli afirmó el pasado 5 de agosto que los dos países estaban preparándose para una serie de ejercicios militares navales y aéreos, todos los cuales correspondían al hundimiento del buque "Cheonan" de Corea del Sur, con el fin de atemorizar a la RPDC, y reiterar que EE.UU. y Corea del Sur no permitirían nuevos casos similares al de "Cheonan".

Por su parte, la RPDC emitió su severas advertencias con respecto a las maniobras militares conjuntas entre Corea del Sur y EE.UU.. El portavoz del Estado Mayor General del Ejército Popular de la RPDC señaló el domingo en Pyongyang que, vistos tanto por la escala, el contenido como la naturaleza, los ejercicios militares Corea de Sur-EE.UU. son un "ensayo integral ante guerras" y el "ensayo para la guerra nuclear". El pasado 24 de julio, un portavoz del Comité de Defensa Nacional de la RPDC anunció que el país "aumentará su disuasión nuclear" para corresponder a los ejercicios militares surcoreano-estadounidenses.

La prensa de Corea del Sur indicó que tras el accidente del buque "Cheonan", son muy frecuentes los ejercicios militares conjuntos entre Corea del Sur y EE.UU. o los ejercicios realizado solamente por Corea del Sur, y la RPDC también emitió varias advertencias severas. Todo esto significa un reto más arduo para la paz y la estabilidad de la región. La RPDC disparó más de 100 proyectiles de artillería hacia las aguas de la costa occidental de la Península Coreana el pasado 10 de agosto, día en que terminaron precisamente las maniobras militares de Corea del Sur. Si bien no hubo víctimas, provocó una situación más intensa en la Península Coreana