viernes, 16 de marzo de 2012

JUEZ DECLARA IMPROCEDENTE EL PROCESO DE CUMPLIMIENTO SOBRE LA SEDE REGIONAL

                                        Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos, el primero empezando de su izquierda.

Como era de esperarse, el Juez Especializado en lo Civil de Cañete Dr. Enrique Amílcar Cárdenas Chancos declaró improcedente el proceso de cumplimiento entablado por Italo Maldonado y el Municipio Provincial de Cañete por la Sede Regional.

Esto era previsible cuando son muy escasos los jueces independientes en este Poder Judicial. Como ya dijimos antes, la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la sede regional fue arbitraria porque no esgrimió argumentos y solo sancionó pretorianamente, yéndose contra sus propios fundamentos recaídos en diversas sentencias. En la STC 3167-2010-PA/TC dice:

“Al reconocerse en los artículos 3º y 43º de la Constitución Política del Perú el Estado Social y Democrático de Derecho, se ha incorporado el principio de interdicción o prohibición de todo poder ejercido en forma arbitraria e injusta. Este principio tiene un doble significado: (i) en un sentido clásico y genérico, la arbitrariedad aparece como el reverso de la justicia y el derecho; (ii) en un sentido moderno y concreto, la arbitrariedad aparece como lo carente de fundamentación objetiva, lo incongruente y contradictorio con la realidad que ha de servir de base a toda decisión. Es decir, como aquello desprendido o ajeno a toda razón de explicarlo”

El principio de interdicción de la arbitrariedad es inherente y esencial de un Estado constitucional democrático y a los principios y valores que la propia Constitución establece; de allí que si bien el Tribunal Constitucional es el máximo intérprete de la Constitucionalidad de las leyes, esto no implica que no se encuentre obligada a respetar los derechos fundamentales, en el marco vinculante del derecho al debido proceso y a la tutela jurisdiccional efectiva (artículo 139° de la Constitución).

En su STC 04117-2010-PA/TC, el TC señaló que la norma “está sujeta a controversias dispares”, que “es posible interpretar que es una norma cuya finalidad es la constitución o fijación inicial de la sede institucional, pero también es posible interpretarla como una norma que faculta la modificación de la sede institucional anteriormente fijada, atendiendo al criterio de mayor número poblacional, deviniendo en poco clara”. Este mismo razonamiento se hizo el Dr. Jacinto Cama en el fundamento 12º al observar sobre el literal c) del precedente y en el fundamento 14º centró el análisis en “si ambas (interpretaciones) resultan aceptables razonablemente”, pasando a desbrozar sus argumentos y concluir en el fundamento 20º en: “De lo antes expuesto, podemos concluir que la postura de la parte demandada respecto de la presunta temporalidad de la norma y la afectación al principio de irretroactividad de la norma NO SE MUESTRA RAZONABLEMENTE ACEPTABLE; como si sucede con la interpretación de la parte demandante; por ello podemos concluir que EL MANDATO CONTENIDO EN EL ARTICULO 32º ES CLARO, ES DECIR, SIN INTERPRETACIONES DISPARES”.

¿Podíamos aceptar una sentencia que no argumenta, que no motiva su resolución, pese a tener al frente una sentencia que sí lo hizo? NO, ERA ARBITRARIA.

Por más poder que tenga el TC estuvo obligado constitucionalmente a argumentar su decisión, más aún que estuvo cuestionando una sentencia que si tenía argumentos. El Tribunal Constitucional no puede hacer un uso desmedido de su poder.

César Landa decía en una entrevista a Palestra que “Un juez podría cuestionar una sentencia arbitraria del Tribunal Constitucional bajo este principio, cuando vea que haya argumentación, motivación ni justificación suficiente, además, que pueda demostrar que viola la Constitución y/o la Convención Americana de Derechos Humanos; que son parámetros de control con que cuenta el juez nacional para hacer cumplir una sentencia”

En este razonamiento lógico debió ir el Juez Civil Enrique Amilcar Cardenas Chancos y exigir que la decisión del TC responda a criterios de racionalidad y que no sean arbitrarias; pero esto no ha sido así, hoy declaró improcedente la demanda de proceso de cumplimiento, obedeciendo a pie juntillas el “mandato” del TC.

Defensoría advierte que tres distritos de Yauyos permanecen aislados por lluvias


Lima, mar. 16 (ANDINA).

La Defensoría del Pueblo advirtió hoy que los distritos de Lincha, Cacra y Hongos, situados en la provincia limeña de Yauyos, se encuentran aislados desde el 8 de febrero debido a las fuertes lluvias que provocaron la caída de huaicos.

El jefe de la Oficina Defensorial de Lima Sur, Percy Tapia Vargas, informó que debido a ello los pobladores deben caminar hasta 29 kilómetros en busca de alimentos, siendo los más afectados los niños y adultos mayores.

Señaló que esta situación fue verificada por la Defensoría del Pueblo durante una reciente visita a la zona, en la cual pudo verificar que las vías de acceso se encuentran obstaculizadas.

Tapia agregó que producto de este problema, el centro de salud no cuenta con las medicinas necesarias para tratar a las personas que presenten alguna complicación, a lo cual se suma la inoperatividad de la ambulancia.

La educación de los niños también es afectada ante la suspensión del inicio de clases por las continuas lluvias, que podrían provocar el desembalse de las lagunas Tupe, Colonia y Yauyos, advirtió el representante de la Defensoría del Pueblo.

“Si no se toman medidas de inmediato esta situación puede empeorar. La vía nacional Cañete–Yauyos–Chupaca–Huancayo también ha sido afectada en varios tramos, la cosecha de los pobladores está a punto de perderse, lo que perjudicaría la economía de estos moradores”, precisó Tapia Vargas.

El representante de la Defensoría del Pueblo se entrevistó con el alcalde provincial de Yauyos, Diómides Dionisio Inga, quien le precisó que a pesar de encontrarse en estado de emergencia la ayuda es insuficiente.

Indicó que solo cuentan con dos máquinas para la rehabilitación de las vías afectadas

jueves, 15 de marzo de 2012

JAVIER ALVARADO FIRMÓ CONVENIO CON LA RECONOCIDA EMPRESA INTEL PARA MEJORAR LA CALIDAD EDUCATIVA EN LA REGION LIMA



Proyecto piloto se implementará en Cañete y Huaura donde promoverán la investigación de los escolares utilizando la tecnología.


• Región Lima es una de las primeras a nivel nacional en suscribir este convenio con reconocida compañía de microprocesadores.

El Gobierno Regional de Lima suscribió un importante Convenio de Entendimiento con la reconocida Empresa Intel, a través de su programa internacional World Ahead, cuyo objetivo es acelerar el acceso a la tecnología para todas las personas en cualquier lugar del mundo.

El acuerdo consiste en ejecutar un proyecto piloto en la región Lima para mejorar la calidad educativa, por ello se elegirá a un centro educativo en las provincias de Cañete y Huaura para que los escolares a partir del 3ro de secundaria tengan acceso a la tecnología.

En cada plantel educativo Intel implementará gratuitamente un aula con 30 laptops para que los estudiantes sean incentivados a utilizar la tecnología para la investigación. Asimismo, los docentes serán capacitados en el uso de herramientas que faciliten el acceso a contenidos educativos para los estudiantes.

Por su parte, el Gobierno Regional de Lima asumió el compromiso de brindar adecuados ambientes que aseguren la continuidad del programa que promueve Intel a nivel internacional. No obstante, esta región es una de las primeras a nivel nacional que firma un convenio con esta importante compañía de microprocesadores.
“Para nosotros es un paso muy importante firmar este convenio con una de las empresas fabricantes de integrados más grandes del mundo y que va permitir que nuestros jóvenes se integren a la tecnología. A parte de la ejecución de obras físicas, también es importante la formación académica de nuestra población. Gracias amigos de Intel por apoyar a la región Lima”, manifestó el presidente Javier Alvarado, tras la suscripción del entendimiento que se desarrolló en un reconocido hotel de Lima.

Cabe mencionar que Intel eligió suscribir el Convenio de Entendimiento con la región Lima, dado que la actual administración del Gobierno Regional de Lima ha mostrado gran interés por mejorar la calidad de enseñanza en los escolares.

La firma estuvo a cargo del presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado y del Vicepresidente de Sales & Marketing/ GM Intel World Ahead Program, John Edward Davies. Asimismo, estuvieron presentes el gerente de Desarrollo Social, Marcelo Lévano y el director regional de Intel, David Gonzales

Nuevamente en Agenda la Moción de Yehude Simons contra Javier Alvarado. Denuncia fue hecha por Lita Román



Nuevamente está en Agenda del Pleno del Congreso la Moción Nº 1170 presentada por Yehude Simons el 08 de Noviembre del 2011; el jueves pasado también estuvo en Agenda pero el tema no se tocó.

La mencionada moción Nº 1170 fue planteada por el Congresista Yehude Simons ante la denuncia formulada por los "golpistas" Vice Presidenta Regional Lita Román Bustinza y Roger Taboada vocero ncional de Patria Libre (afín al MRTA). Curioso que fuera Simons (ex-MRTA) quien recepcionara tal denuncia.

La denuncia cuestiona diversos hechos:

1) Presuntos actos de corrupción en el uso de recursos públicos pertenecientes al Fondo para Pagos en Efectivo, "sin expresión de motivo o causa e infringieno deberes funcionales".

2) Supuestas anomalías en la Ejecución del Contrato suscrito con la Empresa Constructora de Riego del Vinalopo Sociedad Limitada Sucursal del Perú para la ejecución de la Obra "Construcción de Represa y Canales de Irrigación Laguna de Cancaya", a la cual se "habría entregadoun adelanto de 850,000 nuevos soles, a pesar que la obra se encuenra paralizada".

3) Presumible uso indebido de los recursos de la región a favor de afanes proselitistas donde se estaría involucrando a los bienes y trabajadores del Gobierno Regional de Lima, "así como el cobro de cupos a los trabajadores equivalente al 5% del sueldo".

4) Irregularidades e incumplimiento en la rendición documentada de los recursos asignados dentro de los plazos legales establecidos una vez concluida la actividad materia del cargo económico, por montos que alcanzarían aproximadamente más de un millon de soles.

Como se puede apreciar, estas denuncias caerían por su propio peso, por diversos factores:
a) problema de oportunidad en el tiempo, más de cuatro meses de la denuncia original. Por ejemplo lo de la Represa de Cancaya hace unos dos meses atrás la visitó el Congresista Wilder Ruiz y mencionó que la obra tiene un avance de más allá del 60%;

b) La eficiencia en el gasto y proyectos de inversión del GRL en el 2011, según lo señalado en el portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas; hoy, en el momento del debate, se encuentra en 4º lugar en Proyectos de inversión con 17.4% superando el 15% trimestral que exigió el MEF para para otorgarle incentivos económicos.

c) los famosos "cupos" no son sino los óbolos o cuotas voluntarias que militantes y/o simpatizantes de un partido los hace como parte de su cotización; esto lo hacen todos los partidos políticos y está señalada en la misma Ley de Partidos Políticos como parte de su financiamiento, según el literal a del art. 30 de la Ley Nº
28094;

d) la denuncia tuvo motivaciones políticas de justificar un fracasado golpe regional, e incluso los "golpistas" extrajeron documentación irregularmente de las oficinas del GRL.

Evidentemente acá van a funcionar los lobbys correspondientes; recuérdese que Alvarado por no manejarlos, subestimándolos, se ganó una acusación de la Comisión de Fiscalización del anterior Congreso de la República.


martes, 13 de marzo de 2012

CONGRESISTA ELIAS NO SE DETIENE, AHORA BUSCA DESAPARECER A IEP 20975



Mientras el Presidente Regional Javier Alvarado reafirmaba la defensa de los límites de Cañete y anunciaba la inversión de cerca de 20 millones para diversas obras en la Provincia de Cañete (construcción de las primeras aulas de la Universidad Nacional de Cañete, la infraestructura del Hospital Regional y el techado del coliseo Lolo Fernández) en compañía de congresistas y Alcaldes; el congresista fujimorista José Luis Elías colocaba en la Agenda de la Comisión de Educación “la situación de los Centros Educativos Números 22766 y 20975 de Chincha-Región Ica”.

Ayer lunes 12 de marzo asistió a la Comisión de Educación del Congreso la Ministra del ramo Sra. Patricia Salas O’Brien para exponer once temas previamente agendados, entre los cuáles se encontraba la situación de las dos IEP de Nuevo Ayacucho, la moratoria de la creación de universidades públicas, sobre los textos escolares, la responsabilidad del incendio de almacenes del Ministerio, etc.

Sobre las IEP 22766 Y 20975

El asunto no es nuevo, esto viene de fines de Octubre del año pasado cuando el Director de la IEP 22766 “Luis Cánepa Pachas” envió un documento al Ministerio de Educación para exigir el cierre de la IEP 20975 “Mariscal Andrés Avelino Cáceres” de Nuevo Ayacucho.

Con este antecedente y lo desenvuelto el 25 de Febrero 2012 en Nuevo Ayacucho, el congresista José Luis Elías logró poner en la Agenda de la Comisión de Educación: “La situación de los Centros Educativos Números 22766 y 20975 de Chincha-Región Ica, siendo el caso que ambas instituciones funcionan en un mismo recinto, generando el malestar de alumnos, del personal docente y administrativo” para que sea absuelta por la Ministra Patricia Salas.

Respecto a la “moratoria de creación de universidades públicas”

Ya lo había anunciado Rennan Espinoza, Presidente de la Comisión de Educación del Congreso, que esta semana se empezaba a tratar el tema y la primera invitada a la Comisión fue precisamente la Ministra Patricia Salas quien el 2 de Enero de 2012 a través del Oficio Nº 001.2012.ME.DM manifestó al Presidente del Congreso que “se había iniciado un proceso de diálogo y concertación para la reforma integral de la Educación Superior, la que implicará cambios en la legislación respectiva. Por tal motivo, hemos solicitado a la Comisión de Educación se declare una moratoria en la creación de nuevas universidades hasta cumplir con el proceso” (Pág. 6 del Proyecto de Ley Nº 807/2011-CR).

Evidentemente la Ministra se ha reafirmado en su pedido, cuyo efecto de aprobarse tendrá repercusión en nuestra Universidad porque ni siquiera tiene autorización de funcionamiento provisional, esto de acuerdo al espíritu del numeral II Efecto de la vigencia de la norma sobre la legislación nacional del Proyecto de Ley Nº 807/2011-CR. Hay que tener en cuenta que es la Ministra Salas quien debe nombrar a los dos miembros restantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. La pregunta que nos hacemos, dentro de este contexto, ¿Lo hará?

lunes, 12 de marzo de 2012

JAVIER ALVARADO REAFIRMÓ LA DEFENSA IRRESTRICTA DE LOS LÍMITES DE LA PROVINCIA DE CAÑETE Y REGIÓN LIMA.


Su posición ha sido respaldada por los Congresistas y alcaldes provinciales que han asistido a la XIII Audiencia Pública Descentralizada en Nuevo Ayacucho

El presidente del Gobierno Regional de Lima, Javier Alvarado Gonzales Del Valle, reafirmó enérgicamente su defensa de los límites territoriales del centro Poblado Nuevo Ayacucho, ubicado en Cañete, frente a las intenciones de autoridades de la región Ica y algunos Congresistas que pretenden incluir estos terrenos en territorio iqueño.

Esta posición la reiteró al inicio de la XIII Audiencia Pública Regional Descentralizada en el centro Poblado de Nuevo Ayacucho que ha congregado la presencia de Congresistas, Alcaldes provinciales, distritales, representantes de la sociedad civil organizada y público en general.

Asimismo, la máxima autoridad regional nuevamente lamentó que un grupo de Parlamentarios de la bancada Fujimorista encabezados por el congresista de Ica, José Elías Ávalos, haya presentado una Moción en su contra, al considerarse ofendido por la férrea defensa asumida por Javier Alvarado en defensa de Nuevo Ayacucho como territorio cañetano.

Además, El presidente Alvarado señaló que el tema viene siendo utilizado políticamente incluso con propuestas de formar Comisiones Investigadoras en el Congreso de la República, con la finalidad de desestabilizar su gestión al frente del Gobierno Regional de Lima.

“Que presenten una, dos, tres o todas las Mociones que deseen. Siempre estaré al frente defendiendo cada metro cuadrado del territorio de la región Lima. Es un compromiso que siempre he asumido y, hoy más que nunca, en calidad de presidente regional”, manifestó Javier Alvarado Gonzales Del Valle.

Respaldado

Dicha posición tuvo el respaldo de los Congresistas electos por la región Lima, Wilder Ruiz y Elard Melgar, siendo este último quien presentará una Moción en contra del congresista Iqueño y sus colegas de bancada, quienes publicaron una censura hacia el presidente regional y alcaldesa cañetana al considerarse agraviados por la autoridades de Lima provincias.

Luego, los Legisladores se ofrecieron a ejecutar una labor articulada por la defensa de los límites territoriales de Cañete y buscar el desarrollo de la región de Lima.

A su turno, los alcaldes provinciales de Huaura y Barranca, respectivamente, expresaron su solidaridad con la autoridad regional, municipal y sobre todo con el pueblo de Cañete porque vienen siendo víctimas de las pretensiones expansionistas de Ica.

En otro momento, Javier Alvarado indicó el Gobierno Regional de Lima continuará con el apoyo a las conexiones de servicios básicos domiciliarias en Nuevo Ayacucho. Asimismo, recordó que en su gestión como alcalde de Cañete ejecutó la construcción del tanque de agua potable más grande de esa provincia.

(NOTA DEL GRL)

SE CAYÓ EL TRIBUTO CONFISCATORIO DE LA MPC

Ayer domingo salió publicado en El Peruano la Ordenanza Nº 08-2012-MPC de fecha 8 de Marzo de 2012, que deroga la Ordenanza Nº 029-2011-MPC que aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del Ejercicio 2012.

Se menciona en la Ordenanza que el Informe Nº 12-2012-GSP-MPC plantea la “necesidad de revisar la Ordenanza 029-2011-MPC respecto del incremento”; asimismo se señala el Informe Legal Nº 101-2012-AJ-MPC de fecha 07 de Marzo de 2012 quien opina por la derogación a través de otra ordenanza y prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 01-2011-MPC.

Lo que llama la atención es que no se dice porque se deroga, que es lo mínimo que debió señalarse dentro de los considerandos de la Ordenanza publicada ayer y vigente a partir de hoy lunes 12 de Marzo.

En el Derecho Constitucional Tributario se señala quienes tienen la potestad tributaria y los límites a esa potestad, siempre respetándose los principios constitucionales tributarios: de Reserva de Ley, de Igualdad, de no confiscatoriedad y de respeto a los derechos fundamentales de la persona.

Lo quela Ordenanza Nº 029-2012-MPC violaba era el principio de No Confiscatoriedad, señalando este principio que los tributos no pueden exceder la capacidad contributiva del contribuyente. En Actualidad Empresarial Nº 80, la Dra. Carmen Robles dice que: “la potestad tributaria que ejerce el Estado no debe convertirse en un arma que podría llegar a ser destructiva de la economía de las familias y de la sociedad, en el caso que exceda los límites más allá de los cuáles los habitantes de un país no están dispuestos a tolerar su carga”.

El estado no se puede apropiar de los bienes del contribuyente al aplicar un gravamen, para ello el monto de la alícuota debe ser razonable.

El Tribunal Constitucional (TC)en la STC N.° 0041-2004-AI/TC, en su fundamento 30, hace una análisis respecto a la razonabilidad que se debe aplicar en el tributo sobre el Serenazgo: “No pareciera, pues, que justificar el costo o mantenimiento del servicio en mayor medida por costos indirectos, como por ejemplo remuneraciones, o incluso tomar en cuenta dietas de regidores –como en algunos casos se ha hecho- logre este objetivo; resulta más razonable la justificación basada en el valor y mantenimiento de la maquinaria e insumos empleados, así como la frecuencia en la prestación del servicio”.

Esta observancia al precedente vinculante del TC no la hace la MPC en su informe técnico del costo del servicio de serenazgo (http://www.municanete.gob.pe/pdf/OM/anexo03_029-2011-MPC.pdf ), pues utiliza todos los factores que recaen en el costo del servicio por igual, véase la Estructura de costos para el cálculo de la tasa de arbitrios de serenazgo de 2012. Nos hacemos una pregunta bien sencilla ¿La MPC debe asumir parte de esos costos?, por ejemplo el de remuneraciones al personal de Serenazgo; mi opinión es que si, y a esto apunta el TC en su fundamento 30.

Esperemos que para el próximo año se elabore con tiempo los informes técnicos y de acuerdo a los precedentes vinculantes del TC (STC Nº 0041-2004-AI/TC y STC Nº 00053-2004-PI/TC). Hoy por mandato legal se prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 01-2011-MPC, así como se compensará a los contribuyentes que hicieron los pagos en exceso. Esto se ajusta legalmente.

domingo, 11 de marzo de 2012

SORPRESAS EN EL DICTAMEN APROBADO SOBRE LA SEDE REGIONAL

Ya decíamos el miércoles que había que esperar cual era el Dictamen del Proyecto de Ley 516/2011-CR, para dar una opinión responsable y no nos equivocamos; pero sí nos hemos llevado tremenda sorpresa al saber que quienes nos debieron defender en su momento no lo hicieron y hoy ellos mismos (como Boabdil), lloran lo que no pudieron hacer en su momento.

Esta situación engorrosa que señalamos tangencialmente no es la única si consideramos que el tema está desde el 10 de Noviembre de 2011 en que se presentó el proyecto. El predictamen desde el 10 de Enero para debatirlo en la Comisión; pero no se debatió porque les faltó tiempo y como hubo receso del Congreso recién sesionó el martes, estando señalada en la web del Congreso desde el 28 de febrero. Y todo esto sin que nadie dijera nada.

SORPRESAS QUE DA EL DICTAMEN

Lo que llama a indignación es conocer que la Municipalidad Provincial de Cañete y el Gobierno Regional de Lima supieron del debate, les pidieron su opinión y estos no lo hicieron. A ellos se les envió los oficios P.O. Nº 147-2011/2012-CDRGLMGE/CR y P.O. Nº 148-2011/2012-CDRGLMGE/CR de acuerdo a lo que se señala en el Dictamen del Proyecto de Ley Nº 516/2011-CR. Esto es lo que menciona el congresista Pedro Spadaro Philipps, en su carta virtual donde hace conocer que retira su firma a favor del proyecto y se abstiene, llamando la atención de las autoridades para que haya una mejor coordinación.

Se nos ha vendido que la Municipalidad Provincial siempre ha estado coordinando con los congresistas afines, que se les envía documentación; pero la realidad es que no lo han hecho, mientras quienes sí lo hicieron fueron la Municipalidad Provincial de Huaura, la de Canta y la de Barranca, además de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros con un texto diferente al del proyecto. Del Gobierno Regional de Lima seguramente hicieron mutis para no generarse problemas con las provincias enfrentadas, aunque pudieron haber dicho que respetaban lo que dice el art. 32 de la ley de Bases de Descentralización.

ANÁLISIS DEL DICTAMEN

Parte el análisis por observar el “ligero” cambio poblacional a favor de Cañete y lo señalado en la sentencia del Tribunal Constitucional (Exp. 04117-2010-PA/TC) que “es necesario analizar y contar previamente con informe” del INEI y que la “norma legal está sujeto a interpretaciones dispares”, aspectos que hemos cuestionado reiteradamente; luego se menciona:

a) que “la organización e instalación de gobiernos regionales en los actuales departamentos constituye la fase inicial de un proceso de regionalización”.

b) se refiere parcialmente a los cambios poblacionales, pero no señala que cada vez Cañete tiene más población que Huaura como lo dice el mismo INEI; recogiendo erróneamente la ratio legis de la Ley 27795, confundiendo traslado de sede por cumplimiento de la ley con el traslado por acuerdo de los consejeros; y,

c) considera adicionalmente, que el traslado de la sede implica un conjunto de costos directos e indirectos, aunque al final dice que esos costos pueden ser asumidos.

Lo que se puede observar es que si se va a “precisar y aclarar lo señalado en el art. 32 de la Ley de Bases de descentralización” como dice el Dictamen, este debió argumentar porque Huacho es Sede Regional y no Cañete.

Al final concluyen con el TEXTO SUSTITUTORIO siguiente:

“ARTÍCULO 32º.- Sede Regional

Mientras dure el proceso de integración y conformación de regiones, la sede del gobierno regional es la capital del departamento respectivo; y en el caso del departamento de Lima, la sede del gobierno regional es la ciudad de Huacho.”

El dictamen se aprobó por mayoría, la aprobaron 8 congresistas de 14. Lo que señala evidentemente que el dictamen no ha sido convincente.

¿QUÉ HACER?

La aprobación por mayoría y no por unanimidad tiene sus consecuencias al momento del debate en el Pleno. Un dictamen por unanimidad no requiere mayor debate porque se presume que todas las bancadas están de acuerdo y solo intervienen los representantes de cada bancada por un tiempo limitado; sin embargo un acuerdo por mayoría lleva a mayor debate en el Pleno tanto en el número de participantes como en el tiempo que dispone cada uno.

Ahora con una actitud de diálogo de Pedro Spadaro se abre la posibilidad de bloquear el dictamen del Proyecto Nº 516/2011-CR, por ser un dictamen parcializado, orientado por opiniones de alcaldes del norte de la región y no sentar posición del espíritu de la norma del art. 32 de la Ley de bases de descentralización.

Se exige a nuestras autoridades responsabilidad, seriedad y oportunidad en asuntos de suma importancia para nosotros. Además del tema de la Sede Regional:

1) está el de los límites donde no se hace nada por desarchivar el Proyecto de Ley Nº 10861/2003-PE que se basa en el Informe Técnico Nº 001-2004-PCM/DNTDT, siendo una cuestión muy sencilla;

2) en el asunto de la derivación de las aguas del Río Cañete hacia la “región Ica”, el congresista Zerillo ha presentado el Proyecto de Ley Nº 831/2011-CR el 22 de febrero de 2012, en el que pide la derogación del art. 1, numeral 2, inciso q) de la Ley Nº 29777, que es la pertinente y conflictiva con nosotros, además que el 09 de Noviembre de 2011 la Comisión Agraria del Congreso pidió que la Autoridad Nacional del Agua hiciera consulta a los pueblos de Huancavelica e Ica en un plazo de 60 días hábiles (que ya concluyó) y no se dijo que lo hicieran también en Cañete. Nuestras autoridades ni siquiera conocen de esto.

3) en el asunto de la Universidad, el lunes se debatirá en la Comisiñon de Educación el proyecto de Ley que busca establecer una moratoria de 5 años para la creación de nuevas universidades, la que tendría repercusión en nuestra Universidad porque no tiene licencia de funcionamiento provisional, no tiene completa su comisión organizadora y quien debe de nombrarlo es la misma persona quien pide que la moratoria sea de 10 años, es decir la Ministra de Educación. Basta ver el numeral II Efecto de la vigencia de la norma sobre la legislación nacional del Proyecto de Ley Nº 807/2011-CR para entender lo que decimos.

Esperamos que la reunión en Nuevo Ayacucho sea la propicia para acordar que congresista va asumir el desarchivamiento del proyecto de ley mencionado. Qué congresista va a exigir que se haga consulta sobre la ley 29777 también acá en Cañete; qué congresistas defenderán que nuestra Universidad no sea tocada por la moratoria; y Pedro Spadaro sea quien lleve nuestra posición en el asunto de la Sede Regional. Son cosas prácticas y puntuales